This graph shows how many times the word ______ has been mentioned throughout the history of the program.
Como el sistema público de pensiones está en crisis, el gobierno español pretende tapar
algunos agujeros apropiándose del ahorro jubilatorio de los futuros abogados de España. Veámoslo.
Existen esencialmente dos sistemas a través de los cuales podemos prepararnos para la jubilación.
El primero, el sistema de reparto, y el segundo, el sistema de capitalización. El sistema de
reparto se basa en el principio redistributivo, normalmente de carácter coactivo. Te pago yo
a ti hoy a cambio de que él me pague a mí mañana. Y en cambio, el sistema de capitalización se
fundamenta en la libertad y en la responsabilidad de cada individuo de ahorrar a lo largo de su
vida profesional para constituir un patrimonio del que poder vivir cuando se jubile. En España,
el sistema que por desgracia rige para la mayoría de españoles es el sistema público de reparto,
sin embargo, existen ciertos colectivos profesionales que todavía hoy disfrutan de la libertad de poder
acogerse a un sistema privado de capitalización. Por ejemplo, uno de esos colectivos profesionales
son los abogados. Desde 1996, los nuevos abogados pueden decidir si se dan de alta al régimen especial
de trabajadores autónomos, al RETA, a la seguridad social pública para los autónomos, o si quieren
cotizar para su jubilación a través de la mutualidad de la abogacía. Y ahorrando y cotizando a través de
la mutualidad de la abogacía, lo que hacen, en el fondo, es invertir en un sistema de capitalización
individual. Es decir, que con las cotizaciones que los abogados pagan voluntariamente a la
mutualidad, estando, por tanto, eximidos de cotizar al RETA, lo que hace la mutualidad es adquirir activos
financieros a nombre del mutualista. Y la pensión futura de ese mutualista se paga a través de los
activos acumulados durante su vida profesional. Cualquier abogado, por consiguiente, puede escoger
de manera libre entre el sistema público de reparto o un sistema privado de capitalización. Y si escoge el
sistema privado de capitalización, tendrá todas las ventajas que caracterizan a este sistema, pero
también todas las responsabilidades que este sistema lleva aparejado. Por ejemplo, el abogado que se dé de
alta al sistema de previsión social de la mutualidad de la abogacía tendrá que determinar periódicamente
cuánto quiere cotizar para componer esa cartera de activos a partir de los cuales cobrará su pensión
una vez se jubile. Y si ese abogado libremente escoge efectuar aportaciones periódicas muy bajas
a ese plan de previsión social de la mutualidad de la abogacía, aun cuando el rendimiento, aun cuando
la rentabilidad promedio de sus inversiones sea moderadamente decente en torno al promedio
histórico, la pensión que puede terminar cobrando en el futuro debido a esas bajas aportaciones
efectuadas, puede ser insuficiente en relación con las expectativas que tenían. Así las cosas,
en la actualidad hay 210.000 personas inscritas en la mutualidad de la abogacía y de ellas 60.000
han escogido cotizar a través del plan de previsión social de la mutualidad de la abogacía. Es decir,
han escogido preparar su jubilación a través del plan de capitalización individual que les posibilita
la mutualidad de la abogacía. Tan es así que hoy el volumen de activos gestionados por la mutualidad
de la abogacía, la masa patrimonial del conjunto de sus planes de ahorro de capitalización supera
los 10.000 millones de euros. Pues bien, durante los últimos meses una minoría de esos 60.000
abogados no sólo inscritos a la mutualidad de la abogacía sino que han decidido voluntariamente que
la mutualidad de la abogacía gestione y capitalice su ahorro de cara a la jubilación, una minoría de
esos 60.000 mutualistas, menos del 5% de todos ellos, alrededor de 2.500-2.400 personas, durante
los últimos meses se han estado organizando y quejando públicamente debido a que las pensiones
que van a percibir una vez alcanzada la jubilación van a ser insuficientes para cubrir sus expectativas.
¿Y qué solicitan estos 2.000-2.500 abogados que estaban inscritos voluntariamente al sistema de
previsión social de la mutualidad de la abogacía y que debido a no haber efectuado aportaciones
suficientes a su plan personal privado de pensiones ahora mismo se encuentran con que van a cobrar una
pensión que consideran demasiado baja? Pues lo que están solicitando es un rescate público. Lo que están
solicitando es poder dar el salto ahora al sistema público de pensiones con condiciones de jubilación
mejoradas con respecto a las que tendrían si cobraran la pensión derivada del ahorro capitalizado y
acumulado en sus cuentas privadas de capitalización. Pero el punto verdaderamente criticable ni siquiera
es que estos 2.000-2.500 mutualistas estén reclamando en estos momentos un rescate público.
Tiene sentido que se articule una pasarela del sistema privado al sistema público siempre que
no sea en perjuicio patrimonial del sistema público, es decir, de todos aquellos que han cotizado
forzosamente al sistema público de reparto de pensiones. No, lo verdaderamente criticable no es esto.
Lo verdaderamente criticable es que el gobierno, aprovechando que el pisuerga pasa por Valladolid,
es decir, aprovechando que una minoría de abogados inscritos al sistema de previsión social de la
mutualidad de la abogacía están reclamando un rescate público porque juzgan que sus pensiones
futuras van a ser insuficientes como consecuencia de que no han ahorrado lo suficiente durante su vida
profesional. El gobierno, aprovechando esta coyuntura, pretende eliminar la autonomía de la
que hasta el momento disfrutaban los abogados y otros colectivos profesionales de cotizar a través
de un sistema privado de pensiones y obligarlos a todos ellos a tener que acogerse sí o sí al sistema
público de reparto, concretamente a través del régimen especial para trabajadores autónomos. Es decir,
que lo que quiere el gobierno es que a partir de 2027 los nuevos abogados sí o sí coticen a través de
la seguridad social. ¿Y por qué quiere esto el gobierno? Pues por lo mismo que ha subido
recientemente las cotizaciones a los trabajadores autónomos. Porque la seguridad social española,
el sistema público de reparto está en números rojos. Y para compensar algo esos números rojos,
tiene que captar nuevos cotizantes a los que les va a cobrar hoy una cotización a cambio de
prometerles en las próximas décadas una pensión que no les va a poder pagar en las condiciones que
les está prometiendo hoy. Pero de momento coge el dinero y corre. Coge las cotizaciones sociales a la
seguridad social, tapa unos agujeros hoy, tapa parte de los agujeros financieros hoy de la seguridad
social y el gobernante que venga detrás en 2040 o 2050 que arree. Ese ya se encontrará con un agujero
todavía mayor. Pero ese no es un problema que vaya a afectar a los gobernantes actuales,
que son los que tienen que gestionar la cada vez más delicada situación financiera de la seguridad
social ya en la actualidad. En pocas palabras, la falta de responsabilidad financiera de una minoría
de abogados inscritos voluntariamente al régimen de previsión social de capitalización individual
suministrado por la mutualidad de la abogacía está brindando al gobierno español la oportunidad
de oro para nacionalizar de facto el ahorro de todos los futuros abogados de España. En lugar de
permitir, como hasta ahora, que esos abogados, si así lo quieren, gestionen a través de la mutualidad
su propio ahorro personal, la ruidosa minoría organizada de abogados que quieren ser rescatados
por el Estado está legitimando en medios de comunicación y ante la opinión pública el que
el gobierno se anexione coactivamente el ahorro previsional futuro de los nuevos abogados. Está
legitimando al gobierno para privar a los futuros abogados del derecho que han tenido hasta ahora de
escoger entre un sistema público de reparto y un sistema privado de capitalización. Y lo que como
ciudadanos libres y responsables deberíamos reclamarle al gobierno no es que elimine, erradique
las escasas parcelas de libertad que en lo previsional siguen subsistiendo en España, sino que
posibilite la extensión de esa crucial libertad con responsabilidad para escoger entre el sistema
público de reparto de pensiones y el sistema privado de capitalización de pensiones, no sólo a los
abogados, sino al conjunto de los trabajadores españoles.