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Juan Ramón Rallo

Laissez faire, laissez passer. Laissez faire, laissez passer.

Transcribed podcasts: 2280
Time transcribed: 38d 6h 22m 10s

This graph shows how many times the word ______ has been mentioned throughout the history of the program.

Se crea un sindicato de youtubers y algunos y algunas ya están reivindicando derechos
laborales, derechos sociales para los youtubers, similares, convalidables a los que puede tener
un trabajador frente al empresario.
Pero realmente cabe equiparar la relación que existe entre un youtuber y youtube, a
la relación que existe entre un trabajador asalariado y un empresario?
Veámoslo.
En los últimos días un grupo de creadores de contenido en redes sociales se han unido
al sindicato español UGT, Unión General de Trabajadores, para tratar de promover una
especie de sindicato de youtubers, de twitcheros, de instagramers o de tiktokers.
Las finalidades que tendría este sindicato o esta plataforma de creadores no están muy
claras, el video es deliberadamente ambiguo y en algunos momentos, por ejemplo, se habla
de garantizar el pluralismo político en las redes, como si quisieran imponer algún tipo
de legislación, que garantice algún tipo de trato equitativo entre ideologías dentro
de las distintas plataformas, redes sociales segura, en las que prevalezcan los principales
valores de la democracia, de libertad de excursión, en respecto a la diferencia y la pluralidad
ideológica.
Queremos combatir juntos los discursos contarios a los derechos humanos que cada día crecen
más en los redes sociales.
Desde la democracia debemos defendernos de aquellos que destruyen desde el odio.
En otros se habla de que los algoritmos son arbitrarios, no están sometidos a la democracia,
no son transparentes, como sugiriendo que haría falta algún tipo de regulación, del
algoritmo o de la red neuronal, de las redes sociales, de las plataformas que alojan contenido
y la falta de la salencia de protección a los creadores y consumidores frente a los
arbitrarios algoritmos dirigidos por el monopolio de las grandes plataformas.
En otros momentos parecería que lo único que se busca es constituir una plataforma
que agrupe a muchos creadores para que esa plataforma pueda hablar de tú a tú o pueda
tener una interlocución más fluida, más sencilla, con las propias plataformas, de
la que tendría cada uno de los creadores de manera atomizada.
Queremos un reparto justo, una comunicación fluida y…
Otras veces darán a entender que van a ser una especie de lobby para presionar a las
administraciones públicas a que regulen en una determinada dirección que no especifican
cuál, algunas regulaciones si son muy básicas, podrían estar justificadas, otras si son
mucho más intrusivas, desde luego no lo estarían.
Y lograr una adecuada regulación con la administración que nos proteja y os proteja.
En otros momentos parece que lo único que se busca realmente es más dinero, un reparto
más justo de los ingresos publicitarios por el contenido que los creadores suben a estas
plataformas y estas plataformas alojan en sus redes.
Nuestro trabajo debe ser reconocido y valorado como el cimiento que construye la riqueza
de esas grandes plataformas tecnológicas que se sitúan al margen del control democrático.
Queremos un reparto justo, queremos generar un debate y ganarnos la vida con reglas de
los jugos justas, sin depender de los criterios de monetización que no se imponen sin ningún
tipo de consenso ni condiciones dialogadas.
Pero en otros muchos momentos parece que se da a entender o que se quiere aspirar a transformar
la relación que existe entre los creadores de contenido, los youtubers, por ejemplo,
y las plataformas que alojan a esos creadores de contenido, como YouTube, convertir esa relación
en una relación laboral.
Somos trabajadores digitales.
Abrir días de negociación colectivas.
La UGT hoy y ayer, mañana contribuyendo a la lucha por la mejora de las condiciones
de trabajo, en este caso de los nuevos colectivos.
Y es justamente sobre este último punto, sobre esta última posible derivada del vídeo,
sobre la que quiero reflexionar, porque además ha dado la circunstancia de que la amiga de
este canal, Roxana Kramer, se ha sumado a la ola interpretativa del vídeo en esta dirección,
en la dirección de que los youtubers deberían tener derechos sociales frente a YouTube.
En Twitter, Roxana Kramer reaccionó al vídeo escribiendo, youtubers se organizan para
defender sus derechos, Google, dueño de YouTube, se forra de dólares sin pagar derechos sociales
a los youtubers, usando gratis sus computadoras, luces, oficina, llamando los partners cuando
se trata de una empresa capitalista más de las más ricas de la tierra.
Y a su vez, en un posterior intercambio que mantuve con ella, Roxana Kramer añadió
lo siguiente.
Sólo se pide que YouTube se ajuste a las leyes vigentes en el capitalismo, 24 colaboraciones
anuales y que generen más de cierta suma de dólares a YouTube, cierta cantidad de
vistas y de publicidad requieren derechos sociales.
Vamos a reflexionar, por tanto, si los youtubers, y en general los creadores de contenido para
plataformas, pero lo vamos a ejemplificar con el caso de YouTube, vamos a reflexionar
si los youtubers son en realidad trabajadores asalariados de YouTube, una especie de falsos
autónomos sin una relación laboral formal, sin las garantías de derechos laborales de
derechos sociales que protegen teóricamente a los asalariados, o si, en cambio, no son
nada eso y algunos están montando una película muy conveniente a sus intereses ideológicos
y crematísticos.
Antes de empezar, he de aclarar que no estoy diciendo que todos los promotores de este
sindicato, pseudo-sindicato, plataforma de creadores de contenido estén promoviendo
la conversión de las relaciones entre las plataformas y los creadores de contenido
en relaciones asalariadas.
No estoy diciendo que todos lo pretendan o incluso que este sindicato, pseudo-sindicato
lo pretenda, realmente no sabemos muy bien cuál es el objetivo, lo que estoy diciendo
es que una de las posibles interpretaciones, una de las posibles finalidades que puede
llegar a tener este sindicato y que se desprenden del propio vídeo y que incluso algunos
intelectuales alrededor del mismo han identificado como uno de los posibles objetivos del vídeo
SS.
Pero, por supuesto, puede haber gente que esté a favor de esta plataforma que a lo mejor
ve esta idea como un disparate tal como la veo yo.
¿Y por qué es un disparate?
Pues estudiemos cuáles son los requisitos, en derecho del trabajo, para que una relación
entre dos personas sea una relación laboral.
En derecho del trabajo se suele considerar que una relación entre dos personas es una
relación laboral si esa relación está caracterizada por dos notas, dependencia y
ajeneidad.
¿Qué es la dependencia?
Si un individuo se ubica bajo el ámbito organizativo, bajo el ámbito de dirección
de otro individuo, ahí hay una relación de dependencia.
Por mucho que el individuo dependiente tenga una cierta autonomía, esa autonomía está
circunscrita por las directrices generales que le mandata, que le indica el otro individuo.
Por tanto, si una persona recibe órdenes, recibe instrucciones, recibe indicaciones,
si tiene obligaciones concretas de prestación de algún tipo de servicio, si ese individuo
se tiene que coordinar con otros individuos bajo las órdenes, bajo los mandatos del tercero
que los dirige, si tiene algún tipo de horario, si tiene que acudir a algún tipo de centro
de trabajo para desempeñar su labor, todo eso podrían ser indicios de dependencia.
Es decir, podrían estar señalizando que hay un individuo que depende jerárquicamente
de otro a la hora de desempeñar su trabajo.
Creo que en el caso de la relación entre los youtubers y youtube, es evidente que no hay
dependencia o prácticamente no hay nada de dependencia.
YouTube es una plataforma que dice a potencialmente todo el mundo, aquí tenéis una plataforma
por si queréis subir vídeos, yo me encargo de alojar esos vídeos, pero podéis subir
los vídeos que queráis, cuando queráis, desde donde queráis, con el contenido prácticamente
que sea, aunque aquí si hay ciertas directrices generales, muchas de las cuales ni siquiera
son internas de youtube, sino que vienen reguladas por leyes a las que se somete youtube.
Y por tanto, youtube no te está mandando prácticamente nada, estamos más bien ante condiciones de
uso, que ante relaciones de dependencia de graba este tipo de vídeo, grabalo con este
contenido, grabalo y súbelo en este horario, grabalo desde aquí, a youtube todo eso le
resulta irrelevante, más allá de que no se violen ciertas, como digo, directrices
generales de uso.
Creo por tanto que es muy difícil justificar que exista una relación de dependencia laboral
entre el youtuber y youtube, el youtuber desarrolla su actividad cuando quiere, al ritmo que quiere
desde donde quiere y con el contenido y el enfoque que quiere, youtube no se mete en nada
de todo eso.
Vamos ahora con la siguiente característica que sí podría ser más relevante y creo
que es la que en el fondo subyace dentro de estas reivindicaciones, que es la ajeneidad,
que significa ajeneidad, pues que una persona no está trabajando para sí misma, sino
para una persona ajena y la ajeneidad se suele apreciar desde dos perspectivas, la ajeneidad
en los frutos del trabajo y la ajeneidad en los riesgos, que es la ajeneidad en el fruto
del trabajo, si aquel trabajo que estás desempeñando da un fruto del que te apropias tú o del
que se apropia el empresario que te está contratando.
¿Quién es el dueño de ese contenido que has creado?
Pues en el caso que nos ocupa, el dueño eres tú, el dueño de tus vídeos no es youtube,
tú estás alojando tus vídeos en youtube, pero los vídeos son tuyos, son tan tuyos
que youtube no los puede utilizar como a youtube le venga en gana, eres tú quien tiene derecho
sobre ellos, tan es así que puedes coger los vídeos de youtube y subirlos a otra plataforma
y youtube no te va a decir absolutamente nada, no te va a decir estás violando mi derecho
de propiedad privada porque estás cogiendo un material que es mío y lo estás subiendo
en plataformas de la competencia, en absoluto ese contenido es tuyo y si las plataformas
de la competencia admiten que subas vídeo que has subido previamente en otras plataformas,
pues youtube ahí no tiene absolutamente nada que decir, no te puede bloquear en ningún
sentido, por tanto el fruto de tu trabajo que es el vídeo sigue siendo tuyo.
¿Y qué decir de la ajeneidad en los riesgos?
La ajeneidad de los riesgos se refiere a quien soporta los riesgos de esa actividad productiva,
si los riesgos lo soporta el trabajador o lo soporta el empresario.
En una actividad, en una relación laboral típica el empresario se hace cargo de los
gastos necesarios para que el trabajador pueda desempeñar su actividad, incluyendo
claro el gasto de su salario para el mantenimiento del trabajador, para la reposición como dirían
los marxistas de la fuerza de trabajo, a cambio de esos gastos más o menos fijos, de esos
gastos periódicos que tiene que afrontar el empresario para que el trabajador pueda
trabajar, el empresario se queda como hemos visto con el fruto del trabajador, de tal
manera que si ese fruto del trabajo es más valioso que los gastos que ha venido abonando
el empresario en favor del trabajador, pues el empresario ha ganado el dinero.
Y si el fruto del trabajador del que se apropia el empresario es menos valioso que los gastos
que ha desembolsado el empresario, el empresario perderá dinero, es decir, que los riesgos
de esa actividad productiva, de esa actividad profesional, de esa actividad en última instancia
laboral, lo soporta el empresario, a cambio claro también de quedarse con las ganancias
de esa actividad riesgosa si esas ganancias se terminan produciendo.
Los riesgos de la actividad del youtuber son ajenos al propio youtuber, en absoluto.
La propia Roxana en su primer tweet probablemente sin darse cuenta estaba dando un argumento
en contra de que la relación entre el youtuber y youtube fuera una relación laboral, porque
está diciendo que el youtuber se hace cargo de la luz, de los medios materiales para la
grabación, es el youtuber el que invierte su tiempo con un retorno incierto porque
si el vídeo no tiene visitas y no se monetiza lo suficiente pues no va a obtener un retorno
aceptable para el youtuber en función del tiempo que ha destinado a grabar el vídeo,
etc.
Todo eso son notas que no caracterizan la ajeneidad de los riesgos, el youtuber es más bien un
intra empresario que claro que está soportando los riesgos de su actividad, si su actividad
es exitosa ganará dinero y ganará potencialmente mucho dinero, y si su actividad no es exitosa
en el mercado de vídeos en el mercado de la comunicación perderá dinero.
Es verdad que youtube también pone algunos medios materiales a disposición de los youtubers
que esto por cierto Roxana no lo menciona, su tweet es una oda a la demagogia porque
está diciendo youtube se aprovecha de los youtubers que ponen la luz, ponen internet,
ponen el ordenador, si youtube pone toda la infraestructura para alojar gratuitamente
no olvidemos los vídeos de esos youtubers como puede ser lo la propia Roxana, pero bueno
estamos valorando si el hecho de que youtube ponga esos medios materiales constituye una
nota de ajeneidad de los riesgos de los youtubers, hombre evidentemente minora los riesgos de
los youtubers el hecho de que los gastos enormes que supone la infraestructura de youtube sean
internalizados por youtube y no se los traslade a los youtubers, pero aun así hay un reparto
de riesgos que va de la mano del reparto de ingresos.
Porque esa es la cuestión, los partners de youtube son realmente partners, son socios
de youtube porque los ingresos publicitarios se reparten entre ambas partes, de hecho la
mayor parte, la mayor porción de los ingresos publicitarios el 55% van a parar al youtuber
y el otro 45% va a parar a youtube para remunerarle los gastos que asume youtube por la infraestructura
los dos están soportando riesgos si los ingresos publicitarios de los que se apropia youtube
no llegaran a compensar el gasto del mantenimiento de toda esa infraestructura incluyendo las
mejoras continuadas que se introducen a la misma perdería dinero y a su vez si los ingresos
publicitarios que percibe el youtuber, si la porción del pastel que percibe el youtuber
no es suficiente como para compensarle los gastos que tiene que asumir el youtuber pues
el youtuber también puede perder dinero, es decir cada parte en esta relación mutuamente
beneficiosa está asumiendo riesgos para obtener ganancias potenciales, un youtuber
puede ganar muchísimo dinero porque una vez alcanza un volumen de visitas muy grande sus
gastos pueden ser más o menos estables, pueden ser más o menos fijos y sus ingresos van
creciendo ahora claro si sus ingresos son escasos en relación a los gastos fijos que el propio
youtuber está asumiendo pues ahí puede ganar poco dinero o no ganar dinero, insisto ambas
partes entablan una relación mutuamente beneficiosa y ambas partes soportan los riesgos propios
de su contribución relativa a esa entente que ambos están conformando, hay distribución
de ingresos y distribución de riesgos y lo que acaso podría debatirse y quizá desde
el sindicato lo quieran hacer es si ese porcentaje de distribución de ingresos correlaciona bien
con el reparto de los riesgos que se está desarrollando, pero ese es otro debate al
margen de si la relación que existe entre los youtubers y youtube es una relación laboral
o no lo es, de hecho no olvidemos que los propios youtubers en los vídeos que suben
a youtube pueden colocar su propia publicidad en esos vídeos y de esa publicidad que ellos
colocan en sus vídeos que son alojados en youtube, youtube se lleva el cero por ciento,
si los youtubers fueran asalariados de youtube, si los youtubers estuviesen creando un contenido
o un material que es propiedad de youtube para que youtube obtenga lucro por ese material
a cambio claro de remunerarles a los youtubers una determinada cantidad de dinero por los
materiales y por el tiempo que están invirtiendo, entonces la publicidad que consiguieran los
youtubers y que subieran en sus vídeos a youtube en parte al menos sería de youtube
y eso no es así porque el producto no es ajeno al youtuber y el riesgo tampoco, por
hacer una analogía quizá un tanto forzada pero con la que creo que entenderemos exactamente
cuál es la relación entre los youtubers y youtube que no tiene nada que ver con una
relación asalariada, imaginemos que un promotor inmobiliario construye un edificio de viviendas
con el objetivo de ceder cada una de las viviendas el uso de cada una de las viviendas a determinados
famosos del país, como los famosos del país pueden vivir en ese edificio gratis pues ese
edificio se convierte en un punto de referencia donde pasa mucha gente para decir fíjate aquí
vive tal persona o tal otra persona y como pasa mucha gente por ese edificio el promotor
inmobiliario les plantea a los residentes famosos de ese edificio que os parece si colocamos
un cartel delante de las ventanas o delante de las puertas donde residís en los que se
anuncie alguna persona en los que se anuncie alguna empresa y nos repartimos los ingresos
de esa publicidad, los residentes famosos le podrían decir al promotor estoy de acuerdo
nos lo repartimos tú busca los anunciantes y el 55% del dinero que recaudes para mí
y el 45% para ti o los residentes le podrían decir no me interesa no me interesa aquí
que busques publicidad o yo voy a buscar la publicidad por mí mismo y en ninguno de estos
casos el promotor inmobiliario que te está cediendo el uso de una vivienda dentro de
su edificio te podría echar del edificio el promotor te diría vale pues si no quieres
que yo te busque anunciantes para poner un cartel delante de tu puerta o de tu ventana
e ingresar por ese anuncio pues no te los busco buscatelos tú y te quedas con el 100% de lo
que encuentres diríamos que aquí existe una relación asalariada entre el dueño del
edificio y sus residentes pues clarísimamente no y diríamos que no aún cuando existieran
condiciones de uso para recibir en el edificio por ejemplo no puedes armar no puedes montar
fiestas durante la madrugada nada de eso cambiaría que la relación entre el youtuber youtube
entre el residente y el dueño del edificio no fuera una relación asalariada con lo cual
si no es una relación asalariada y roxana cremer dice youtube nos tiene que pagar a los
youtubers derechos sociales youtube dirá vale yo os pago los derechos sociales que
me pidáis pero eso os lo descuento de vuestra parte en el reparto de ingresos publicitarios
que hemos pactado es como si al promotor inmobiliario que nos cede una vivienda dentro de su edificio
le dijéramos y me tienes que pagar también un seguro de salud pues el promotor inmobiliario
te diría buscate otra vivienda que te aloje porque yo ya te estoy cediendo la vivienda
y no sé por qué tengo que pagar el seguro de salud pero vamos que si quieres te lo
pago eso sí te lo deduzco del reparto de ingresos publicitarios que hemos pactado y
si los ingresos publicitarios no son suficientes como para cubrir el coste del seguro entonces
no te cubro nada pero algunos podrían decir pues yo quiero ser asalariado de youtube yo
no quiero correr con los riesgos propios de mi actividad como youtuber yo quiero que youtube
me proporcione unos ingresos fijos se haga cargo también de determinados gastos y determinados
seguros sociales que me protejan frente a los riesgos genéricos de mi actividad por
ejemplo si quedo enfermo pues seguir cobrando un un salario aunque no esté produciendo
y por tanto quiero que la relación de partners de socios entre youtube y los youtubers se
convierta en una relación asalariada bueno cuidado con lo que se desea porque si eso
fuera así los vídeos que subimos a la plataforma de youtube no serían nuestros sino que serían
de youtube a su vez los ingresos que podríamos llegar a percibir por youtube estarían limitados
youtube nos daría bueno pues mil euros mil quinientos dos mil euros al mes y es de subir
equis vídeos cada mes y además con el contenido con las directrices que más o menos yo te
voy a dar porque estás en una relación dependiente yo soy jerárquicamente superior a ti y te
doy instrucciones te doy órdenes de lo que tienes que hacer esa sería una relación
laboral que es la que parece que algunos están buscando que youtube me dé una paguita fija
al margen del éxito o del fracaso que yo tengo como creador de contenido y así puedo
vivir de esto aunque nadie esté viendo una gran cantidad una cantidad significativa de
mis vídeos claro que si eso sucede de manera recurrente sería youtube quien rompiera esa
relación laboral y te despidiera no obstante es perfectamente legítimo que una persona
tenga la aspiración a convertirse en trabajador asalariado de youtube como una persona puede
ser periodista asalariada de un medio de comunicación el problema es que a youtube ese tipo de
relaciones no le interesan youtube no está contratando a nadie como asalariado para que
produzca vídeos dentro de una relación de dependencia con youtube y transfiriéndole
el producto y los riesgos íntegros de esa actividad a youtube por tanto ese trabajo
asalariado podría existir no digo que no pero hoy no existe porque aunque algunos youtubers
que dicen que están siendo muy explotados por youtube y demás les encantaría ser asalariados
de youtube a youtube no le interesa tener asalariados y por tanto no contrata a nadie si algún día
contrata a alguien para eso pues fantástico habrá gente que querrá trabajar de eso y
será una relación mutuamente beneficiosa aquí el problema no está en que se llegue
a crear esta nueva relación si es que a youtube ya los youtubers y algunos youtubers les interesara
aquí el riesgo está en que se pretenda mutar la relación de socios que existe entre youtube
y los youtubers entre todos los youtubers actualmente youtube en una relación asalariada para todos
incluso para aquellos que no quieren que no queremos una relación asalariada con youtube
y por eso este sindicato pseudo sindicato es tan potencialmente peligroso no porque no
pueda llegar a desempeñar algunas funciones que puedan ser valiosas como la de interlocución
con la plataforma para algunos conflictos internos que desde luego pueden existir o
incluso para promover algunos cambios legislativos que puedan llegar a tener sentido no el problema
del sindicato del pseudo sindicato de la plataforma de creadores de contenido de la ugt no es
ese el problema es que se quieran meter a regular el contenido de las plataformas para
excluir a determinados youtubers a determinadas líneas ideológicas y el problema el riesgo
también es en que quieran convertir a todos los youtubers en asalariados de youtube que
quieran laboralizar la relación que el youtuber mantiene con youtube que insisto no es una
relación laboral respecto a este último punto respecto a si somos asalariados o somos
autónomos no existe un conflicto colectivo no existe un conflicto donde todos los youtubers
tengan exactamente los mismos objetivos las mismas finalidades los mismos intereses y por
tanto crear una plataforma un pseudo sindicato que pretenda aspirar a tener una cierta representatividad
de la voluntad de los creadores de contenido es peligroso y es especialmente peligroso si
los objetivos son contrarios a los deseos a los intereses a las preferencias de muchísimos
de esos creadores de contenido básicamente y por resumir asociense a ustedes como quieran
para sus intereses particulares pero a los demás déjennos en paz.