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Con los Pandora Papers ha saltado la libre criminalizadora, al descubierto los negocios
opacos de 600 españoles y 35 líderes internacionales, una investigación global pilotada por el
Consorce Internacional de Periodistas de Investigación que analiza los archivos secretos de los
14 despachos de abogados saca la luz sociedades opacas de políticos, millonarios y artistas
de más de 90 países.
Pero ¿Realmente toda esta gente ha hecho algo malo?
Veámoslo.
El Consorce Internacional de Periodistas de Investigación, liderado en España por el
país y la Sexta, ha tenido acceso a casi 12 millones de archivos procedentes de 14 despachos
de abogados internacionales especializados en la creación de empresas offshore.
Precisamente esos documentos contienen información muy precisa sobre la Constitución de 27.000
sociedades en jurisdicciones extranjeras en favor de 30.000 beneficiarios.
Y la cuestión claro es que parecería que estas personas que han constituido empresas
en jurisdicciones extranjeras, precisamente por haberlo hecho, estén haciendo algo malo,
estén haciendo algo delictivo, estén haciendo algo inmoral.
En su momento, cuando se desblaron los Panamá Papers, ya tuvimos ocasión de asistir a
este tipo de juicios populares que condenaban a cualquier persona que apareciera en estos
papeles por haber constituido una sociedad offshore.
Y como previsiblemente vamos a asistir a la misma caza de brujas, ahora que se han desvelado
los Pandora Papers, conviene separar el grano de la paja.
En primer lugar, constituir una sociedad, una empresa, en una jurisdicción extranjera
es algo perfectamente lícito y perfectamente legal.
Aun cuando esa sociedad que tiene su sede en una jurisdicción extranjera no realice,
no efectúe ninguna de sus actividades en esa jurisdicción extranjera, de la misma manera
que una persona puede residir en un país y tener su centro de actividades económico
en otro país a remoto, una persona jurídica también puede tener su sede en una determinada
jurisdicción y desplegar la totalidad de sus actividades fuera de esa jurisdicción.
¿Por qué alguien querría crear, querría constituir una empresa en una jurisdicción
en la que no desarrolla ninguna de sus actividades centrales?
Porque si estamos hablando, por ejemplo, de una empresa multinacional que tiene sus
actividades dispersas por muchísimos países del planeta y por tanto de una empresa a
la que no se le puede imputar su centro de actividades en ningún lugar geográfico específico,
una forma de coordinar tus actividades dispersas por todo el planeta es ubicar tu sede en alguna
jurisdicción donde no estés operando, si es que esa jurisdicción te proporciona especiales
ventajas regulatorias para coordinar todos tus negocios dispersos por muchos lugares
muy distintos del planeta, con legislaciones muy distintas y muy heterogéneas entre sí,
para coordinarlas al menor coste operativo y jurídico posible desde una determinada
jurisdicción offshore.
Ahora bien, si estamos hablando de una persona física que constituye una sociedad jurídica
que no tiene un carácter de multinacional porque una persona física podría querer constituir
una sociedad en una jurisdicción offshore, bueno, en parte puede ser también por motivos
similares a los anteriores.
Si una persona recibe ingresos de derechos de imagen, de derechos de autor, de muchas
jurisdicciones distintas del planeta, puede tener sentido centralizar esos ingresos y
la gestión de toda esa actividad comercial desde una sede central ubicada en una sociedad
offshore, de la misma manera que tiene sentido hacerlo, para el caso de una multinacional
que opera en países muy distintos, pues una persona física, como el caso de cantantes
o futbolistas, pueden disfrutar de ingresos procedentes de muchos países distintos y pueden
querer gestionarlos y cobrarlos centralizadamente en una determinada jurisdicción offshore.
Pero puede haber más motivos para crear una sociedad offshore.
Imaginemos una persona que no tiene ingresos dispersos en muchas jurisdicciones del planeta
y que, por tanto, no es que cree una sociedad offshore para gestionar centralizadamente todos
esos ingresos.
Imaginemos una persona que tiene un determinado patrimonio financiero y le traspasa ese patrimonio
financiero a una sociedad que se ha constituido en una jurisdicción offshore.
¿Cuál puede ser el motivo para hacer esto?
Puede haber varios.
Uno puede ser la mayor privacidad que confieren muchas de estas jurisdicciones offshore.
En nuestros países es bien conocido que, por ejemplo, el secreto bancario no se respeta
en absoluto.
El gobierno, o más en general la administración del estado, puede pedirle a un banco información
sobre cualquier cliente y los bancos se la otorgan enseguida, sin rechistar, sin ningún
tipo de procedimiento judicial garantista.
Esto para muchas personas puede resultar intolerable y, por tanto, pueden buscar refugio en otras
jurisdicciones que sí son mucho más garantistas a este respecto, es decir, donde los gobiernos
extranjeros no pueden meter sus manazas para obtener información en contra del consentimiento
del titular de esos bienes o sin pasar por el preceptivo procedimiento judicial garantista.
Y a este respecto, muchos dirán, si te vas a esas jurisdicciones es que tienes algo que
ocultar.
Bueno, a lo mejor lo que quieres ocultar es tu simple privacidad, de la misma manera
que, entiendo, nos parecería intolerable que los funcionarios pudiesen fisgonear en
nuestros correos electrónicos o que pudiesen entrar sin orden judicial en nuestros domicilios
cuando les apeteciera, de la misma manera que creo que todos entenderíamos que esto
es intolerable aunque no tengamos nada delictivo que ocultar, simplemente porque usted no tiene
porque meter las narices arbitrariamente donde no le llaman, de la misma manera muchas personas
pueden querer proteger su propiedad del fisgoneo arbitrario de los gobiernos o de los funcionarios
de turno.
Y, a lo mejor, muchas personas que viven en Estados de Derecho más o menos garantistas
siguen sin entender por qué tanto interés en ocultar algo que no tiene porque ser delictivo.
Pero no olvidemos que, en la mayor parte del planeta, las jurisdicciones estatales existentes
no son estados de derecho ejemplares, son estados con un potencial autoritario muy grande.
Y, por tanto, incluso aquellas personas que pueden ser consideradas opositoras políticas
a las que un determinado gobernante quiera hundir para perpetuarse en el poder, pues
esas personas, evidentemente, tienen mucho interés en proteger su patrimonio de las garras
arbitrarias del Estado y de las campañas de descrédito que pueda acometer, que pueda
ejecutar un determinado gobierno haciendo uso de las potestades del Estado.
Por ejemplo, en los Pandora Papers aparece el actual presidente de Ecuador, Guillermo
Lasso.
Entiendo perfectamente que Guillermo Lasso, siendo un opositor del Ecuador correísta,
es decir, de un Estado que estuvo a un paso de convertirse en una República Bananera Bolivariana
como Venezuela, es perfectamente comprensible que un opositor político, un empresario
que es opositor político dentro de ese Estado caudillista tan hostil, busque refugio patrimonial
en jurisdicciones offshore, es decir, en jurisdicciones que queden al margen de ese caudillo al que
pretende expulsar del poder y que, precisamente porque quiere expulsarlo del poder, ese caudillo
estará dispuesto a utilizar todo el poder que le otorga el Estado para aplastar a los
opositores por todos los medios que tenga su alcance.
Y así mismo, y por motivos en el fondo similares, cualquier persona que viva en Estados de Derecho
ejemplares puede tener miedo de que esos Estados de Derecho en el futuro dejen de ser ejemplares,
porque no hay ninguna garantía de que las libertades van a ser siempre respetadas por
el Estado.
Y, por tanto, en prevención de la degeneración institucional que pueda atravesar un país,
una persona puede constituir una sociedad offshore fuera de la sociedad en la que reside
y, por tanto, fuera del control que pueden llegar a ejercer los políticos que gobiernan
en la sociedad en la que él reside.
Pero claro, también es posible que uno quiera crear una sociedad offshore porque sí tiene
algo que ocultar.
La cuestión, desde un punto de vista moral, debería ser que es ese algo que tiene que
ocultar.
Y al respecto, caben dos posibilidades.
Por un lado, que quiera ocultar riqueza obtenida licitamente, es decir, riqueza que en su origen
no tenía ninguna tacha, ninguna mácula, que fue obtenida por medios absolutamente pacíficos
ilegales y que la deposita en una sociedad offshore fuera del conocimiento de las autoridades
extranjeras, para, por ejemplo, que esa riqueza no sea fiscalizada, no sea grabada por los
impuestos que le correspondería pagar en la jurisdicción de origen.
Pero con esto no estoy diciendo que todas las sociedades offshore que se hayan constituido
en jurisdicciones calificadas normalmente como paraísos fiscales, en realidad la traducción
correcta es refugios fiscales, no estoy diciendo que todas esas sociedades estén evadiendo
impuestos, ni mucho menos.
Las sociedades pueden estar radicadas allí y pagar los impuestos que les corresponden
en cada una de las jurisdicciones donde se hayan generado las distintas fuentes de renta.
Por ejemplo, una multinacional puede tener su sede en una jurisdicción offshore, pero
pagar impuesto de sociedades en cada uno de los países donde ha generado su actividad
y, por tanto, repatriar esos beneficios que ya han pagado impuestos a la sociedad offshore
de manera absolutamente legal.
Repito, no estoy diciendo que tener una sociedad offshore en un paraíso fiscal implique evadir
impuestos, aunque, por supuesto, se puede constituir una sociedad offshore en un paraíso fiscal
para evadir impuestos sobre una riqueza que en su origen era lícita, pero que para muchos
se vuelve ilícita o parcialmente ilícita si deja de pagar los impuestos que el Estado
en su jurisdicción, dice que le corresponderían pagar.
Y luego, por supuesto, en la sociedad offshore también se puede ocultar riqueza que tiene
un origen ilícito, riqueza que procede de la extorsión del robo o de la corrupción
política y que, por tanto, de alguna manera hay que blanquear, hay que lavar, ocultándola
en jurisdicciones offshore y luego reinyectándola por diversos mecanismos en la economía formal.
En los Pandora Papers, de hecho, aparecen figuras políticas que quizá hayan obtenido
la riqueza que luego canalizan a través de una sociedad offshore de manera ilícita,
por ejemplo, a través de la corrupción.
No tiene por qué ser así, claro, pueden ser casos de opositores políticos que luego
llegan al poder y que constituyeron en su momento la sociedad offshore para protegerse
de los ataques de los caudillos políticos de turno que querían aplastarlos por todos
los medios.
Pero, claro, también cabe la posibilidad, y eso es lo que hay que investigar, que la
riqueza que posee un político tenga un origen ilícito.
Y si en los Pandora Papers aparecen algunos políticos, algunos amigos de políticos,
algunos familiares de políticos, es que en los Panama Papers estaba repletísimo de políticos.
El listado era inmenso.
Por ejemplo, el presidente ucraniano, el rey de Arabia Saudí, el presidente argentino,
el presidente de los Emiratos Árabes Unidos, el ex presidente de Islandia, el ex presidente
de Sudán, el ex primer ministro de Georgia, de Irak, de Jordania, de Moldavia, de Qatar
y de Ucrania, el ministro de Industria de Argelia, el ministro de petróleo de Angola, el alcalde
de Lanús en Argentina, el presidente del Tribunal de Apelaciones de Boswana, el presidente
del Congreso de los Diputados de Brasil, un ex presidente del Tribunal Supremo de Brasil,
el ministro de Justicia de Camboya, el ministro de Imazdez de la República del Congo, el gobernador
del Banco Central de Ecuador, un ex ministro de Hacienda francés, el ministro de Finanzas
Islandés, el ministro de Sanidad de Malta, un ex ministro de Economía de Palestina,
el director del Centro de Inteligencia de Perú, un antiguo alcalde de Barsovia, el
ministro del Interior de Arabia Saudí, un ex jefe de las Fuerzas Armadas de Venezuela,
el ex director de la empresa pública PDVSA en Venezuela, un ex embajador de Estados
Unidos en Zambia, diputados brasileños, congoleños, húngaros o ingleses.
Y también había amigos y familiares de políticos, un asesor político de los Kisner, el contratista
más cercano a Peña Nieto, la familia del presidente de Azerbaiyán, un cuñado del
presidente de Chino, una hija del ex Premier Chino, una hija de Mubarak, un hijo del ex
presidente de Ghana, la viuda de un ex presidente de Guinea, un hijo de un vicepresidente de
Honduras, un nieto del presidente de Kazajistán, un hijo del primer ministro de Malasia, el
secretario personal de Mohamed VI, varios nietos del primer ministro de Pakistán, un amigo
personal de Putin, un sobrino del presidente de Sudáfrica, un hijo de un ex presidente
de Corea del Sur, una hermana del rey emerito de España, la esposa Darías Cañete, el
padre de David Cameron o el hijo de Kofi Annan.
La gran cuestión que debería ser el principal objeto de investigación periodística cuando
se tiene acceso a los Panama Papers o a los Pandora Papers es dilucidar cuanta de toda
esta riqueza que sorprendentemente está en manos de tantos políticos, de tantos
familiares, de tantos amigos, de políticos, es riqueza que procede del expolio de los
ciudadanos.
Pero por desgracia, los titulares suelen tener un componente mucho más amarillista.
Esta persona tiene una sociedad offshore, algo malo habrá hecho, o esta persona ha
intentado minimizar la carga de impuestos que estaba soportando, qué malvado es, está
privando al estado de recursos esenciales para financiar la sanidad, la educación o
las pensiones.
Cuando a lo mejor solo estaba intentando evitar que su riqueza terminara en el bolsillo de
algunos políticos, caraduras corruptos, como muchos de los que hemos mencionado antes
y que posteriormente ocultan esa riqueza expoliada a sus ciudadanos en otras sociedades offshore.
Sea como fuera ya la luz de lo que acabamos de exponer, creo que deberíamos evitar mezclar
lo todo, creo que deberíamos evitar demonizar, condenar indistintamente a todos los que aparecen
en estos Pandora Papers, porque hay personas que no han hecho nada absolutamente inmoral
ni siquiera ilegal y otros que sí pueden haberlo hecho, de ahí que sea conveniente
distinguir como poco tres categorías de sociedades offshore que figuran en estos Pandora Papers
o en los anteriores Panamá Papers en función del grado de ataque a los derechos individuales
de otras personas.
Por un lado, tendríamos aquellas personas que han obtenido toda su riqueza de manera
licita que han constituido la sociedad offshore por medios absolutamente legales, que incluso
han cumplido sus obligaciones fiscales en aquellas jurisdicciones en las que han de
vengado esas obligaciones fiscales y que tienen una sociedad offshore donde centralizan la
gestión de todo esto.
Ahí no debería haber absolutamente ningún tipo de reproche contra estas personas, sería
tan absurdo reprocharles que tenga una sociedad offshore en una de estas jurisdicciones como
le podríamos reprochar a una persona que sea de origen español y que viva en París.
No se está atacando el derecho individual de nadie ni siquiera se está cometiendo
ninguna ilegalidad.
Un segundo tipo de sociedades offshore serían aquellas cuyo titular ha obtenido toda su
riqueza de manera licita pero que ha creado una sociedad offshore para ocultar esa riqueza
frente a su fisco, es decir, que ha creado una sociedad offshore para evadir, que no eludir,
para evadir el pago de impuestos, para evitar que el estado parasite su riqueza.
Es decir, ha cometido algo ilegal, ilegal según la jurisdicción del estado que ha probado
esas normas, pero bueno, si ha cometido algo inmoral o no dependerá de la perspectiva
ética de cada uno.
Muchos libertarios considerarán que el hecho de que alguien defienda su propiedad por
medios pacíficos, es decir, simplemente ocultando esa propiedad del parásito que se la quiere
arrebatar, no constituye ninguna inmoralidad.
Habrá otros, libertarios o no, que a lo mejor consideran que sí, que es inmoral no pagar
impuestos, porque una persona se puede estar beneficiando de los servicios que le proporciona
al estado, en muchos casos servicios que él no ha pedido ni ha reclamado, pero en cualquier
caso se puede estar beneficiando de los servicios del estado y, por tanto, no pagar impuestos
es aprovecharse de los demás, o simplemente lo sabrá que consideren que, si un político
le dice a alguien que tiene que pagar impuestos, el otro no puede decir más que sí vuana
y pagarlos y, por consiguiente, tratar de evadirse de esa obligación constituye una
afrenta frente al mandato superior de los políticos de disponer de su vida, de su
libertad y de su propiedad.
En todo caso, este segundo tipo de sociedad social está en una zona más gris, han cometido
algo incuestionablemente ilegal, pero no queda claro que hayan cometido algo inmoral, de
hecho, para muchos no han cometido absolutamente nada inmoral y lo que es inmoral es la legislación
que les impone una serie de obligaciones que no deberían existir, pero bueno, ahí puede
haber distintas perspectivas morales y, por tanto, el debate está más abierto.
Pero en tercer lugar, tenemos otro tipo de sociedad offshore donde no debería haber ningún
tipo de debate, que es aquella sociedad offshore que se ha constituido para ocultar riqueza
obtenida ilícitamente, por ejemplo, a través del robo o del expolio.
En ese caso es incuestionable que se ha cometido algo normalmente ilegal, aunque podría ser
que a lo mejor también fuera legal en la jurisdicción del país de origen, pero desde
luego si se ha cometido algo totalmente inmoral, porque para citar, robar, atracar a otros
es inmoral.
En definitiva, no habría que mezclar a los titulares del primer tipo de sociedad offshore
ni probablemente a los titulares del segundo tipo de sociedad offshore con los del tercero,
no habría que mezclarlo blanco ni siquiera lo gris tirando a blanquecino con lo negro
absoluto.
En la prensa verán que todo aparece mezclado, que todos son más o menos lo mismo, que todos
tienen un mismo estatus moral, que lo mismo da haber constituido una sociedad offshore
por medios absolutamente legales y habiendo pagado todos los impuestos en las jurisdicciones
de origen, que haber constituido una sociedad offshore para ocultar la riqueza que ha robado
a tus ciudadanos.
¿Y por qué se mezcla todo?
Pues porque por desgracia, el objetivo último de muchas de estas investigaciones periodísticas
no es dilucidar quién ha robado a quién, sino es más bien desacreditar un tipo de
instrumento jurídico perfectamente lícito como es una sociedad offshore para que no
haya nadie, salvo los políticos que estén al frente del Estado, que pueda escapar del
control del Estado.
Lo que se busca es instalar en el imaginario colectivo que si alguien tiene una sociedad
offshore, algo malo ha de estar haciendo, algo ha de estar oliendo apodrido en dinamarca,
pero en ocasiones lo que huele apodrido son las motivaciones últimas de algunos periodistas
que se muestran duros con las personas honestas y pacíficas y tremendamente serviles con
los políticos autoritarios y corruptos.