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les hablábamos de la polémica, polémica por la expropiación de 56 pisos de
fondos buitre o de bancos en baleares, pero polémica sin duda ilegal, escuchen al
magistrado, Joaquín Bosch, que es que hay muchísima gente que cree que la
propiedad es un derecho fundamental, pero no es cierto, por tanto, si hay criterios
de proporcionalidad en esas situaciones, la medida sería perfectamente
constitucional y más en una situación en la que se puede pondre con el derecho
constitucional a la vivienda ante la contradicción de que haya en multitud de
viviendas vacías y también miles de personas que no tienen un lugar donde
vivir. Hablemos con el profesor de economía, Juan Ramón Rayo, muy buenas
tardes. ¿Qué tal? ¿Cómo estamos? Buenas tardes. Aquí estamos hablando de una
expropiación o de una cesión temporal.
De una expropiación de luso, no de una expropiación de la propiedad, evidentemente
la propiedad sigue siendo de los fondos o de los bancos de los grandes tenedores
de vivienda, pero en la medida en que se vacía de facultades al propietario durante
siete años, sí que podríamos hablar de una expropiación, ya digo, temporal, no
definitiva. ¿Qué mensaje manda a los especuladores y a los fondos buitre
también? Bueno, y a los inversores en general, no, yo creo que...
Perdona que Matisse, estas viviendas no son de pequeños inversores que se han
comprado una segunda residencia con muchísimo esfuerzo, ¿no? Son de bancos y
de fondos buitre. Sí, sí, pero que a veces hablamos de especuladores con una
connotación negativa y puede ser un inversor inmobiliario de un fondo que
invierte en vivienda, no es un fondo que necesariamente especula en vivienda, es un
fondo que invierte para fomentar el desarrollo de viviendas y para colocar
viviendas en alquiler y de esa manera también facilitar un aumento de la
oferta de la vivienda en alquiler. Entonces, al margen de la finalidad con la que
se haga, si especular a corto plazo, si buscar una revalorización a corto plazo o
no, si inversión a gran escala, más de 10 viviendas a largo plazo, el
mensaje que manda a la comunidad inversora es que las islas baleares no
es un lugar seguro para invertir en el mercado inmobiliario y en la medida en
que estas ideas y estas propuestas se terminan extendiendo al resto de España,
que España en sí misma no es un lugar seguro para invertir en inmobiles a largo
plazo, facilitando ya digo el aumento de la oferta y la accesibilidad de la vivienda
para los ciudadanos. Como pones matices en la especulación, me veo obligada a
darte más datos. Estas viviendas llevaban cerradas dos años, dos años
absolutamente, en manos de bancos y de fondos buitre, con lo cual no tienen un
fin como el que decías para el desarrollo de la vivienda, ni siquiera
están al servicio de la sociedad, están cerradas a Cali Canto y hombre, yo creo que
sí que entran dentro de la categoría de especuladores ¿no? O qué? Podrían entrar
en la categoría de especuladores aunque uno tendría que plantearse porque llevan
dos años las viviendas vacías, es decir, ¿cuál es el motivo por el que esas
viviendas se reservan en vacío? Pensamos que cuando un inversor que
supuestamente lo que o un especulador, me da igual, lo que supuestamente hace es
buscar la rentabilidad y solo intentar ganar hasta el último euro, mantiene una
vivienda vacía, ese inversor especulador como lo llamemos, está
incurriendo en gastos y no está ingresando nada, es decir, ese piso le está
suponiendo una pérdida. Entonces ¿cuál es el motivo por el que lo mantiene vacío?
Un motivo puede ser que el piso no esté en condiciones de habitabilidad y que sea
necesaria una inversión muy fuerte, que no se atreve a hacer por el contexto
económico en el que nos encontramos, otra puede ser que esté ahí sí, si lo
queremos especulando con que el precio de la vivienda va a subir en los
próximos años y quiere vender la vivienda en dos, tres, cuatro años y como la
ley de rentamientos urbanos impone, obliga a todos los arrendadores a que si
alquilan un inmueble el contrato de ser como mínimo de cinco años, lo cual es un
poco absurdo, les impone la obligación de que o no alquilan si quieren vender en
tres años o si alquilan tienen que vender en tres años con inquilino, lo cual al
comprador desde luego no le haría mucha gracia. Y la tercera opción es que
consideren que hay una enorme inseguridad jurídica a la hora de poner las
viviendas en alquiler, en la medida que mejor no pueden calojar a los
inquilinos y esto sin pagar. Estos son los motivos posibles por los que alguien no
alquila y renuncia a la rentabilidad alquilar siendo tan rentable alquilar y
creo que es eso lo que habría que corregir para incentivar que estas
viviendas salgan al mercado y no expropiarlas temporalmente.
Tiene algo positivo desde tu punto de vista, por lo negativo ha quedado evidente, pero
tiene algún factor positivo, hay que decir también que en balear esta hay una
peculiaridad y es que hay un límite en la construcción de los, o sea no todo el
suelo es urbanizable, hay un límite mucho mayor que en otras comunidades
autónomas. Si eso último es totalmente cierto y evidentemente hay que valorarlo
a la hora de tener en cuenta las posibles soluciones por el lado
de incremento de la oferta que es como creo que hay que comentarlo en general en
España, pero con la peculiaridad como dices de balear es que el aumento de la
oferta puede ser más complicado, siempre es posible incrementar la
oferta aumentando en altura, no necesariamente horizontalmente, pero
sí existe esa limitación. A ver parte positiva, pues las familias que se
vean beneficiadas por esta medida desde luego pues para ella será muy positivo,
eso no lo duda nadie, la cuestión es que esto es absolutamente un parche que no
resuelve nada porque estamos hablando de sacar al mercado 56 viviendas, el problema
de la vivienda en balear seguir asistiendo exactamente el mismo que era con
anterioridad, con el agravante de que como hemos dicho se manda un mensaje muy
negativo para el desarrollo de nuevas inversiones inmobiliarias que puedan
incrementar la oferta, rehabilitando viviendas no habitables
por falta de viviendas vacías no habitables al mercado o incrementando en
altura las promociones futuras o potenciales en las islas, por tanto creo
que aparte de suponer un ataque a un derecho quizá no fundamental según la
Constitución, pero si un derecho clave dentro del ordenamiento jurídico de
cualquier país como es la propia privada, creo que además los beneficios no
compensan los costes sociales de esta medida. Pues veremos si esto es un
proyecto piloto por utilizar lenguaje inmobiliario y que tal sale para ver si es
extrapolable a otras comunidades. Rayo, gracias como siempre.
Muchas gracias, vámonos, nos vemos.