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Juan Ramón Rallo

Laissez faire, laissez passer. Laissez faire, laissez passer.

Transcribed podcasts: 2280
Time transcribed: 38d 6h 22m 10s

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El próximo 4 de septiembre, Chile someterá a votación en referéndum el borrador de
su nueva constitución.
Y algunos de los principales economistas del país ya apuestan abiertamente por el rechazo.
Porque razón, veámoslo.
El próximo 4 de septiembre, los chilenos votarán si aprueban o rechazan el borrador
de nueva constitución con el que se pretende reemplazar a la carta magna vigente.
Se trata de un texto constitucional que ya tuvimos ocasión de criticar en su concepción
general en este mismo canal.
Se trata de una constitución absolutamente sobredimensionada que no busca controlar al
poder político, sino más bien habilitar al poder político para que controlea la población.
Es una constitución que, por consiguiente, atenta contra el espíritu original del constitucionalismo.
No se trata de ponerle límites al poder estatal, sino más bien se trata de expandir el poder
estatal para que este le ponga límites a la sociedad y a los individuos.
Pues bien, algunos de los principales economistas del país, entre los que podemos citar de
manera no exhaustiva a Aldo González, Alejandro Mico, Andrés Hernando, Bernardo Lara, Daniela
Leig, Telisa Cabezón, Emilio Castillo, Eugenio Rojas, Francisco Carrillo, Francisco Parro,
Javier Núñez, Jorge Valverde, etc.
Algunos de los principales economistas del país acaban de firmar un manifiesto público
denominado Convergencia Transversal Responsabilidad con Chile, en el que critican el texto de
la nueva constitución y apuestan abiertamente por el rechazo.
¿Y por qué apuestan por el rechazo?
Bueno, pues vamos a ver algunos de los argumentos que emplean que ofrecen en este manifiesto.
En primer lugar, leo.
Si bien esta propuesta constitucional nace y busca dar respuesta a una crisis social
por demandas de mayor bienestar, democracia y justicia en la sociedad chilena, el diseño
institucional propuesto por este borrador de Constitución no representa una mejora
en términos de gobernabilidad, estabilidad e incentivos para que cada uno de los actores
políticos, sociales y económicos actúen de forma coordinada y cooperativa en favor
del bienestar general.
Tenemos que la Constitución no establece incentivos para generar riqueza sino más
bien para rapiñarla.
Y además, estos economistas añaden que el propio proceso constitucional ha perdido
legitimidad a los ojos de los chilenos, de manera que, más allá del contenido sustantivo
de la Constitución, el texto nace muerto, nace deslegitimado.
Dicen, asimismo sostenemos que la Constitución vigente ha sido sobrepasada por la realidad
y su aplicación en reiterar las instancias ha quedado en entredicho, lo cual hace indispensable
el establecimiento de una nueva Constitución, fijémonos en que estos economistas ni siquiera
apuestan por mantener la Constitución vigente, sino que creen que hace falta una nueva Constitución
pero que la nueva Constitución que hace falta no es este borrador, lo cual hace indispensable
el establecimiento de una nueva Constitución que rija en la práctica y posea legitimidad
sustantiva de la ciudadanía.
¿Y cuáles son a juicio de estos economistas los principales problemas económicos de la
nueva Constitución?
Pues probablemente, al menos desde mi punto de vista, el más relevante sea el siguiente,
el que ellos enumeran punto 3.
Derechos sociales no condicionados a la disponibilidad de recursos del país generando sobrespectativas.
Si bien establecer derechos constitucionalmente permite visibilizar los anhelos de la ciudadanía,
consagrarlos sin establecer que su prohibición dependerá de los recursos fiscales disponibles
es irresponsable y podría generar riesgos en materia fiscal.
Por un lado, la tutela, judicialización y potencial jurisprudencia podría conducir
a una situación de insostenibilidad fiscal.
Por otro lado, el no proveer automáticamente los derechos en una situación en que los recursos
fiscales no fuesen suficientes podría causar frustración y malestar en la ciudadanía,
aumentando crisis sociales y políticas.
Dicho de otra manera, que si prometes constitucionalmente aquello que no sabes si vas a poder cumplir,
se pueden derivar dos grandes problemas de ello.
El primero es que termines estando obligado a cumplir aquello que no tienes capacidad
para cumplir, de manera que aboques, que empujes, que dirijas al país hacia una crisis fiscal,
hacia una situación de insostenibilidad fiscal.
Si no es financieramente posible financiar, sufragar todos los derechos sociales contenidos
en la Constitución, pero judicialmente o popularmente se obliga al Gobierno a que los
termine financiando, pues eso puede conducir a la insostenibilidad fiscal, puede conducir
a que se intente hacer algo que no se puede hacer y al intentar hacerlo que se te caiga
el tenderete.
Pero, por otro lado, también puede llevar la situación opuesta.
Si lo que no puede ser no puede ser y, además, es imposible, el hecho de que se le haya dicho
a la población que sí era posible, tan posible que lo añadimos en el texto constitucional,
puede conducir a la frustración a nuevas crisis sociales que desestabilicen las instituciones
chilenas y que no sería nada bueno que se perpetuaran la vida social de Chile.
Además, la nueva Constitución también permite, también habilita, también fomenta la creación
de nuevas empresas regionales y municipales, multiplicando así la burocracia, el gasto
del conjunto del Estado y también pervirtiendo la competencia neutral con el sector privado,
porque, evidentemente, si una empresa pública compite con una empresa privada dopada por
privilegio regulatorio y por transferencias viscales, pues entonces la competencia no
es equitativa, no solo le están quitando el dinero a la gente, sino que se lo están
quitando para arruinarla.
Así, en el punto quinto del manifiesto de los principales economistas de Chile, en contra
del texto de la nueva Constitución, podemos leer, la Constitución permite la creación
de empresas públicas, regionales y municipales para proveer bienes y servicios.
La redacción de la norma no garantiza el principio de neutralidad competitiva, pudiendo
existir ciertos beneficios por parte del Estado que impidan la existencia de una competencia
en igualdad de condiciones con las empresas privadas.
Si bien se estipulan algunas normas para minimizar el riesgo moral de parte de los gobiernos
locales para con el gobierno central, este último actuaría de todas formas como aval
o garante de última instancia respecto a los pasivos de estas empresas.
Además de los problemas de incentivos mencionados, se suma el riesgo de captura política y menor
accountability que poseen los gobiernos locales.
Básicamente como los pasivos, las deudas de estas empresas públicas, regionales y
locales estarán en última instancia avaladas por el gobierno central, los directivos de
estas empresas públicas, regionales o locales, no tendrán que preocuparse por invertir
de manera racional o de manera económica, podrán sobredimensionar el tamaño de esas
empresas para no proporcionar bienes y servicios valiosos, suficientemente valiosos para los
ciudadanos tras pasándole toda la pérdida al conjunto de los contribuyentes a través
del gobierno central, es decir, socializando riesgos con el conjunto de los contribuyentes.
Esto es lo que el economista Ungaro, recientemente fallecido, Hanos Kornay, denominó restricción
presupuestaria suave y fue uno de los principales problemas que tuvieron las economías socialistas
como ya explicamos en un vídeo en el que resumimos las principales aportaciones intelectuales
de Hanos Kornay.
Pero no solo es un problema de que el tamaño del Estado pueda crecer excesivamente mucho
gasto público, muchos impuestos que socaven la capacidad de crecimiento económico del
país, también es que como decíamos el diseño institucional es mucho más débil, la protección
de los derechos económicos de los individuos, por ejemplo de su propia privada, es mucho
más débil.
Por ejemplo, crítica séptima a la Constitución que efectúa este manifiesto, expropiación
con un mecanismo de compensación ambigüo en tiempo y forma.
Se establece una indemnización por el precio justo sin dar claridad respecto a cómo ni
quién lo define y sin garantizar el pago en efectivo, dejando todo a merced de interpretaciones
parciales y poniendo en riesgo el derecho a la indemnización por el daño patrimonial
efectivamente causado en tiempo y forma tal como lo conocemos hoy.
La incertidumbre sobre esta norma se explica porque la actual Constitución establece,
junto con el justo precio, la reparación del daño patrimonial, mientras que la nueva
propuesta no lo hace.
Por tanto, se puede interpretar que esta omisión voluntaria apunta a un derecho de distintas
características y, con ello, la jurisprudencia actual podría no tener efecto.
Vamos que potencialmente la Constitución habilita al Estado a quitarte la propiedad
privada en interés público sin una adecuada compensación por ello.
No solo eso, en un momento tan delicado como el actual para la credibilidad de la divisa
chilena del peso chileno, recordemos que hace unos días el dólar llegó a superar los
mil pesos chilenos, una cifra jamás alcanzada en la historia, pues bien, en un momento tan
delicado para la credibilidad del peso chileno, el borrador de nueva Constitución directamente
plantea que el Gobierno pueda nombrar y quitar a los consejeros del Banco Central de Chile
a conveniencia política.
Este es el punto 17, la crítica decimoseptima que efectúa este manifiesto suscrito por
algunos de los principales economistas de Chile.
Posibilidad de remoción de consejeros del Banco Central por criterios políticos han
parados en objetivos más amplios y difusos que dificultan una interpretación técnica
y objetiva.
La redacción no da claridad en cómo el Banco Central debe contribuir al bienestar
de la población más allá de velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento
de los pagos internos y externos.
Además, se impone que, para el cumplimiento de sus objetivos, el Banco Central debe considerar
la protección del empleo, muchas veces contraria al control de precios, el cuidado del medio
ambiente fuera del alcance del Banco Central y el patrimonio natural, aún no existe consenso
técnico en cómo medirlo.
Luego, se impone un mandato muy amplio, difuso, poco verificable y medible, creando espacio
a interpretaciones subjetivas y acusaciones políticas.
Un Banco Central menos independiente del poder político es un Banco Central menos creíble
y, por tanto, es una moneda menos creíble y, por tanto, es una moneda más débil.
En definitiva, el texto de la nueva Constitución de Chile no constriñe, desde un punto de
vista económico, el intervencionismo estatal, sino que, más bien, lo multiplica, lo multiplica
a la hora de obligar, de mandatar al Estado a que gaste mucho más a la hora de suministrar
unos derechos sociales que están hipertrofiados dentro del texto constitucional y que, por
tanto, hipertrofiarán el gasto público y, por tanto, hipertrofiarán los impuestos
que recaen sobre los chilenos y también impulsa el intervencionismo estatal al debilitar
el derecho de propiedad de los chilenos y al debilitar la independencia de las instituciones
públicas chilenas frente al poder político.
Y dado que esta Constitución es lo opuesto que debería ser una Constitución, algunos
de los principales economistas de Chile no dudan en manifestarse públicamente a favor
del reechazo.