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Juan Ramón Rallo

Laissez faire, laissez passer. Laissez faire, laissez passer.

Transcribed podcasts: 2280
Time transcribed: 38d 6h 22m 10s

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El gobierno de PSOE podemos aprobar la ley Rider, por la cual los repartidores de plataformas
como Delivero, Globo o Uber Eats pasaran a convertirse en personal asalariado de estas
empresas en lugar de autónomos de profesionales adscritos a los servicios que proporcionaban
a través de estas plataformas. ¿Cuáles serán los efectos económicos, incluso los efectos
laborales de esta nueva ley Rider? Pues, esencialmente, las consecuencias serán 3.
En primer lugar, una reducción del número de trabajadores en estos sectores. ¿Por qué
razón? Pues porque se van a concentrar las tareas en aquellos empleados que estas plataformas
pasen a tener en plantilla. En lugar de distribuir, de redistribuir los pedidos que van llegando
entre potencialmente todos aquellos repartidores que estén ascritos a las distintas plataformas,
lo que será será concentrar esos pedidos en aquellos trabajadores que pasen a estar
en nómina de estas empresas. Por tanto, lo que tendremos es que algunos
de estos repartidores verán mejoradas sus condiciones laborales, al menos en términos
de estabilidad laboral, de previsibilidad de carga de trabajo y, sin embargo, otros
de estos trabajadores que hasta la fecha encontraban ocupación en régimen de autónomo
para estas plataformas simplemente dejarán de ser contratados por ellas porque su carga
de trabajo será ahora desempeñada por aquellos que hayan tenido la suerte de ser contratados
de manera indefinida en plantilla. La patronal que reúne a Glovo, a Delivero o a Uber Eats
estima que se podrían perder el 77% de los empleos de repartidores en España y fundamenta
su estimación en el caso de Ginebra. En Ginebra, el gobierno prohibió que los repartidores
actuaran en régimen de autónomos y, por tanto, obligó a las empresas a que incorporaran
a esos trabajadores en plantilla y la consecuencia fue que el 77% de aquellas personas que habitualmente
venían desempeñando la labor de repartidor dejaron de desempeñarla porque dejaron de
ser contratados en la medida en que su carga de trabajo fue concentrada por los nuevos
trabajadores que estas compañías tenían en plantilla. Si esto sucediera del mismo
modo en España, 23.000 personas perderían sus empleos porque su carga de trabajo sería
concentrada por los nuevos trabajadores que estarían en plantilla de las empresas de
reparto. Por supuesto, podemos sudar que este análisis que efectúa a digital es un análisis
sesgado por intereses de parte. Es la patronal de las empresas afectadas, perjudicadas por
la ley de Rider y puede tener un interés en inflar las cifras en exagerar la magnitud
de las pérdidas de empleo que se puede derivar de la ley Rider. Y no voy a negar que esto
pueda ser así, pero tengamos en cuenta que incluso los defensores de la ley Rider son
conscientes de que se van a perder empleos. Por ejemplo, UGT, sindicato que ha defendido
desde el principio la ley Rider. UGT ahora mismo está denunciando que el gobierno haya
otorgado un plazo de 3 meses a las empresas de reparto, de libero, a globo o a Uber Eats
para adaptarse a esta nueva legislación porque consideran que al otorgarles 3 meses
de plazo para adaptarse, estas empresas empezarán a despedir, es decir, a dejar de contratar
a muchos de los antiguos repartidores en régimen de autónomo para que su relación
laboral no se consolide en forma de una relación asalariada dentro de 3 meses. Por
consiguiente, UGT está reconociendo que estas compañías van a emplear a mucha menos gente
que ahora mismo, que van a tener plantillas más adelgazadas, más profesionalizadas,
con cargas de trabajo más regulares, más previsibles, más estables, a costa, eso sí,
de que muchos otros que podrían obtener un ingreso extra, desempeñando la función
de repartidor autónomo a través de estas plataformas, van a quedar permanentemente
excluidos de ese mercado laboral. La segunda consecuencia de la ley Rider
será una reducción de la cantidad ticalidad de servicios de reparto que serán suministrados
por estas empresas. O dicho de otra manera, se reducirá el número de territorios en
los que estas empresas estén presentes para proporcionar este servicio de reparto a domicilio
y también se reducirán las franjas temporales en las que estos servicios se ofrecen. En
la medida en que los repartidores van a tener una jornada laboral fija, únicamente se atenderán
los pedidos dentro de esa jornada laboral. Y, por tanto, si en determinadas franjas
horarias o en determinadas áreas geográficas no llegan suficientes pedidos como para rentabilizar
la contratación de uno o más repartidores, esas franjas horarias y esos territorios dejarán
de ser atendidos vía este servicio de reparto. De nuevo, la patronal interés de parte probablemente
previsiones exageradas, pero aún así a tomar en consideración la patronal a digital pronostica
que todas las ciudades con menos de 100.000 habitantes se van a quedar sin servicio. Ya
digo que me parece un pronóstico exagerado, pero en todo caso ese es el planteamiento
de base que se está haciendo, que en las ciudades entre 100.000 y 250.000 habitantes
va a seguir habiendo servicio, pero solo para las horas punta y que para las grandes ciudades
sí habrá servicio similar al que se tenía hasta el momento, pero solo en los grandes
núcleos urbanos, no en el extra radio o en las áreas residenciales apartadas de ese
núcleo urbano. Por tanto, parte de la ciudadanía española, si esto es así, va a soportar
una merma en la cantidad y en la calidad de los servicios que estas plataformas estaban
ofreciendo. Alternativamente, puede que estas plataformas sigan presentes en estos núcleos
urbanos más reducidos de menos de 100.000 habitantes o en franjas horarias distintas
de la hora punta, pero que para ofrecer el servicio cobren un suplemento más caro
a los consumidores de lo que se venía cobrando hasta el momento, en cuyo caso quizá se pueda
mantener el servicio si los consumidores están dispuestos a pagar el sobreprecio, pero en
tal caso vendría a costa del bienestar de los ciudadanos que contratan este servicio.
Y la última de las consecuencias, si hay una contracción de la cantidad y de la calidad
de los servicios ofrecidos, tanto geográficamente como temporalmente, la tercera consecuencia
será un menor volumen de negocio tanto de las empresas repartidoras como de los restaurantes
que sirven su comida a domicilio a través de estas plataformas. Si menos ciudadanos
utilizan estas plataformas o bien porque no están disponibles en sus localidades o bien
porque lo están, pero a un precio más elevado que hasta la fecha y ya no les compensa, lo
que sucederá es que los restaurantes venderán menos a domicilio de lo que venían vendiendo
hasta el momento y que, por tanto, su cifra de negocios caerá. De nuevo, la patronal de
empresas de reparto, cifras probablemente exageradas, pero aún así, a tener en cuenta
estima que los restaurantes podrían perder 300 millones de euros anuales en cifra de
negocios por la menor demanda ciudadana de estos servicios de reparto a domicilio.
Algo que, de ser cierto, resultaría dramático a vida cuenta de que venimos de un año en
el que el negocio de la restauración ya ha sufrido muchísimo, que ha sido en parte
capaz de sobrevivir gracias al reparto de comida a domicilio, que ha encontrado una
nueva vía con la que diversificar su modelo de negocio y sus ingresos y esa nueva vía
podría ser cercenada o podría ser mermada por esta carga regulatoria excesiva que convierte
la actividad del reparto a domicilio en una actividad excesivamente rigida y excesivamente
regulada. En todo caso, caiga el volumen de negocio más o menos lo que sí parece
altamente probable es que el grado de crecimiento, el grado de penetración, el grado de desarrollo
del reparto a domicilio y de restaurantes especializados en repartir a domicilio su
comida se verá perjudicado. Actualmente este sector estaba creciendo a tasas del 50%
anual y muy previsiblemente estas tasas se van a desacelerar, se van a frenar. Lo que
significa, por tanto, que se va a crear mucho menos empleo en este sector del que alternativamente
se habría creado y que los ingresos de las empresas distribuidoras y también de los
restaurantes van a crecer sustancialmente menos de lo que habrían crecido en ausencia
de este Corsair Regulatorio que establece relaciones laborales propias del siglo XIX
para modelos de negocio del siglo XXI. En definitiva, la ley Rider es un error porque
aplica categorías laborales desfasadas a las nuevas realidades tecnológicas. Desde
el punto de vista, los riders debían ser considerados autónomos, pero si no los queremos considerar
autónomos, entonces deberíamos haber creado una nueva categoría jurídica, un nuevo tipo
de contrato laboral que no convierte al Rider en un trabajador asalariado en plantilla de
las empresas distribuidoras, desconociendo la especificidad de la actividad que tiene
que proporcionar, una actividad de demanda fluctuante, de carga de trabajo fluctuante
y por tanto de jornada y de remuneración variable en función de esas fluctuaciones
de la demanda final de consumidores que en ocasiones demandan los servicios de reparto
a domicilio y en otras ocasiones no lo demandan. Si de lo que se trata es de trabajar con
bajos márgenes de negocio y con optimización de costes para poder ofrecer a los consumidores
ese servicio a muy bajo coste, es decir, de minimizar la carga de costes fijos, de costes
muertos que sufren las empresas sin que sean capaz de rentabilizar la actividad de sus trabajadores
en aquellos momentos en los que no existe demanda, por esos servicios, evidentemente
necesitábamos otro tipo de contrato de trabajo distinto del que se ha aplicado. El que se
ha aplicado encarece los costes salariales de la prestación de este servicio y por
tanto o lo vuelve no rentable en algunas zonas y en algunos tramos horarios o lo vuelve
más caro y por tanto reduce su demanda potencial en cuyo caso el desarrollo de este sector
se ve en cualquier caso mermado por esta carga regulatoria. En lugar de haber avanzado hacia
una regulación moderna y flexible hemos impuesto una regulación anquilosada y rígida
y en última instancia quienes van a pagar el pato serán aquellos trabajadores que
van a quedar desempleados por esta norma y aquellos consumidores que se van a quedar
sin servicio o que van a recibir un peor servicio como consecuencia de esta norma.