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Bueno, pues como siempre, bienvenidos, esta es la última conferencia, la que cierra el
ciclo del 2019 y como ya es tradición, pues la cierra el Gran Juan Ramón Rayo, que no
necesita presentación, además estamos entre amigos, después nos vamos a ir a la cena
navidad, solo decir y esto no lo digo por amistad ni por peloteo, que para mi Juan Ramón es
el que está a día de hoy dando a un mayor nivel la batalla de las ideas, ¿no? y que
de parte de todos los liberales, pues creo que hay que agradecérselo porque cuando
uno lo ve en los medios dice vaya valor que tiene y vaya cosas que dice y la verdad es
que es un orgullo que esté ahí y que además mantenga la coherencia y el compromiso con
la defensa de la estructura de derechos y libertades individuales. Juan Ramón, ¿sabes
que estás tu casa? Es el director mítico de esta institución y bienvenido como siempre,
no se va a poder quedar a la cena porque tiene que ir a la pelea de la sexta como cada sábado,
pero nosotros después de acabar nos vamos a cenar. La lógica va a ser una conferencia
muy dura, el título pues ya lo están viendo, problemas jurídicos y económicos del coeficiente
de caja del 100%, esperemos que haya debate y la dinámica es la de siempre, una conferencia
magistral, Paco dice de una hora va a ser un poquito más larga, pero seguida de un
debate posterior. Sólo les pido un fuerte aplauso para el profesor Rayo. Muchas gracias
por las palabras que desde luego son muy emotivas y te las agradezco mucho y también muchas
gracias a todos vosotros por asistir a la conferencia y también al finalizar hay debate
como ha dicho Eduardo, mejor que mejor porque al final para eso la trato de desarrollar,
para sustitar el debate ahora y más adelante. Muchas de las ideas que voy a transmitir,
sobre todo en la parte económica, esto como cuña publicitaria, las podéis encontrar
en el libro que sale a la venta el lunes, pero aquí hay algunos ejemplares ya por si
alguno lo quiere adquirir que es una crítica a la teoría monetaria de Ludwig von Mises
donde desarrolló la primera parte del libro, expongo el conjunto de ideas monetarias de
Mises, sobre todo basadas en el libro de la teoría del dinero y los medios fiduciarios,
pero también con el resto de su obra, pero especialmente centrada en este libro y en
la segunda parte pues desarrolló la crítica sistemática a los distintos aspectos de la
teoría monetaria de Mises y obviamente una parte de esa crítica no solo, pero una parte
de esa crítica es al supuesto implícito o a la defensa implícita, porque no es muy
claro en ocasiones o no es muy coherente más que claro en ocasiones del coeficiente
de caja del 100% por parte de Mises. Entonces, empecemos con la charla, ¿qué es la
reserva fraccionaria y qué es el coeficiente de caja del 100%? Esto es el punto de partida
a partir del cual les pondré la crítica. Entonces voy a intentar definir reserva fraccionaria
de la manera más genérica posible porque como luego veremos la reserva fraccionaria
podría emerger a través de diversas figuras jurídicas y por tanto no quiero circunscribirlo
a una única figura jurídica. Entonces definiremos genéricamente reserva fraccionaria como la
posición patrimonial de un agente económico en la que no mantiene dentro de su tesoría
una unidad monetaria por cada unidad monetaria que está inmediatamente obligado a entregar
a un tercero. Es decir, que si yo tengo la obligación de entregar ya o a muy corto plazo
una onza de oro y no tengo en mi saldo de tesoría una onza de oro, eso será reserva
fraccionaria. Y en sentido contrario, coeficiente de caja del 100% será cuando yo tengo en
mi saldo de tesoría, cuando yo tengo conmigo una onza de oro por cada onza de oro que
estoy obligado a entregar a muy corto plazo. En términos de balances, pues lo tenéis
ahí, la reserva fraccionaria sería pues si yo estoy obligado a dar a la vista 100 onzas
de oro y solo tengo 30 en tesoría, eso es reserva fraccionaria. Si en cambio estoy
obligado a dar 100 onzas de oro a la vista y tengo 100 onzas de oro en mi activo, pues
eso será reserva 100%. Definidos los términos reserva fraccionaria, no mantengo una tesoriería
plena, no mantengo un encaje pleno con respecto a mis pasivos a la vista, coeficiente de caja
del 100%, si lo mantengo. Los defensores del coeficiente de caja del 100% suelen dirigir
dos tipos de críticas, dos grupos de críticas contra la reserva fraccionaria, ¿por qué
se opone la reserva fraccionaria por dos grupos de argumentos? Los argumentos jurídicos,
que sostienen que la reserva fraccionaria se fundamenta en negocios jurídicos, en
contratos, que son intensicamente inválidos o incluso fraudulentos, y los argumentos,
las críticas económicas que vienen a decir que la reserva fraccionaria descordina a
los agentes económicos y da lugar a resultados ineficientes. La charla vamos a estudiar
primero los distintos argumentos de las distintas críticas jurídicas y posteriormente pasaremos
a las económicas.
La crítica jurídica número 1 es que el contrato de depósito es incompatible con la reserva
fraccionaria, es decir, que en el propio contrato de depósito no cabe la reserva fraccionaria.
Entonces, ¿qué es un contrato de depósito? Pues un contrato de depósito es un negocio
jurídico real, real implica que hay una transferencia de un objeto entre dos partes,
es un negocio jurídico real en el que el depositante, que es el que deposita la cosa,
le entrega esa cosa depositada al depositario para que se la custodia y se la restablezca
en aquel momento en el que le sea requerida. Por tanto, en el contrato de depósito, si
queremos complementarlo, depósito de guarda y custodia, no hay una transferencia del
título de propiedad, hay una transferencia de la cosa, pero no una transferencia del
título de propiedad. La cosa se tiene que custodiar, es un contrato en el que el depositario
se obliga a proteger, a cuidar, a amparar la cosa, pero no tiene ninguna disponibilidad
sobre la cosa. Si a mí el típico ejemplo de las custodias de abrigos en las discotecas,
si a mí me dan un abrigo, yo no puedo hacer con ese abrigo lo que yo quiera porque el
dueño del abrigo no le ha transferido la propiedad del mismo y por tanto solo tiene
que protegerlo, solo tiene que custodiarlo. Por tanto, en este caso, la reserva fraccionaria,
el utilizar la cosa que ha sido entregada en depósito y que no ha implicado una transferencia
de propiedad, disponer de la cosa, sí implicaría una violación del contrato. Si yo contrato
que me tienes que custodiar la cosa y tú haces uso de la misma y no hemos aceptado
que tú puedas hacer uso de la misma, ahí se habría una violación contractual y por
tanto no mantener en todo momento, dentro, insisto, de un contrato de depósito de guardia
y custodia, el coeficiente de caja del 100%, en realidad mantener la plenitud del tantundem
como se llama jurídicamente, es decir, la plenitud de la cosa transferida supondría
una violación del contrato de depósito. De hecho, en términos de balance, técnicamente
la cosa custodiada permanece dentro del activo del depositante, es decir, no ha habido una
transferencia de propiedad, si yo pongo en guardia y custodia 100 onzas de oro, esas
100 onzas de oro no pasan al activo del depositario, porque para que pasen al activo del depositario,
el depositario tendría que quedarse con la propiedad de las mismas, esas 100 onzas de
oro permanecen siguen en el activo del depositante, lo único que sucede es que esas onzas pasan
al inventario, eso sí, del depositante, es decir, son custodiadas por el depositante
pero no son de su propiedad. Por tanto, si la única forma de, digamos, establecer
la reserva fraccionaria fuera a través de depósitos de guardia y custodia, sí sería
cierto que la reserva fraccionaria implicaría una contradicción con el propio contrato
de depósito y, por tanto, podríamos calificarla como fraude contractual. El asunto es que
existen al menos dos otras formas de articular una situación que podríamos llamar de reserva
fraccionaria, entendiendo como tal, insisto, el no mantenimiento de la plenitud de saldos
de tesorería contra las obligaciones que tengo que desembolsar o que potencialmente
tengo que desembolsar a la vista, hay otras formas de articularse a la fraccionaria que
no pasan por contratos de depósito. Ya digo, como mínimo dos, la primera es el préstamo
de bienes consumibles, lo que en derecho romano era el mutum, el contato mutuo, el préstamo
de bienes consumibles, por bienes consumibles normalmente nos referimos a dinero, aunque
no tendría por qué ser así, es un negocio jurídico real, de nuevo hay una transferencia
de una cosa, el contrato se perfecciona transferiendo una cosa, si yo te presto una cantidad de
dinero, el contrato se perfecciona transferiendo ese dinero materialmente, por lo que es un
negocio jurídico real por el que una persona le traslada a otra el dominio de bienes consumibles
para que se sirva de ellos y más adelante le reintegre bienes de su misma cantidad y
calidad, es decir, yo prestamista, te presto a ti, prestatario, una cantidad de dinero,
te traslado el dominio, te traslado la propiedad de ese dinero, tú puedes hacer con ese dinero
lo que quieras y cuando venza el plazo por el que yo te lo he prestado me tienes que reintegrar
no esas mismas unidades monetarias concretas, sino la misma cantidad de dinero que tú me
has prestado, entonces a través de un contrato de préstamo y en concreto a través de un
contrato de préstamo a la vista, es decir, yo te presto a ti 100 onzas de oro y me las
tienes que devolver en el momento en el que yo te lo pida, otra forma de entender la idea
de a la vista es a la orden, cuando me tienes que devolver el dinero que te he prestado,
cuando yo te lo ordene, cuando yo te lo mande, cuando yo te lo indique, entonces a través
de un contrato de préstamo a la vista si es posible establecer o alcanzar una situación
de reserva fraccionaria, por ejemplo, prestamista, que tiene en el balance un préstamo a la vista
de 100 onzas de oro frente al prestatario, entonces el prestatario ha recibido 100 onzas
de oro a la vista y se las gasta en comprar mercancías, por ejemplo, que tiene el prestatario
en el activo, las mercancías que ha comprado con el dinero que se le ha prestado, que tiene
en el pasivo un préstamo a la vista, la deuda a la vista frente al prestamista, le tiene
que devolver en cualquier momento que el prestamista se lo pida 100 onzas de oro, en este caso
la situación del prestatario no es distinta a la que podría ser, por ejemplo, un hipotecal,
un hipotecado, que tendría en el activo a la casa que se compra, que tiene en el pasivo
la hipoteca, la única diferencia a cuál es que estamos hablando de un préstamo con
un plazo mucho más breve, en la hipoteca es un préstamo a muy largo plazo, una deuda
a muy largo plazo, en el préstamo a la vista es una deuda a muy corto plazo, esta es una
forma en la que puede emerger la reserva fraccionaria, préstamo a la vista, pero no es la forma
a mi juicio más habitual en la que emerge la reserva fraccionaria, la forma en la que
más habitualmente emerge la reserva fraccionaria es con un contrato de reconocimiento de deuda,
lo que en derechos romanos se llamaban estipulaciones, que es un contrato de reconocimiento de deuda,
pues es un acto jurídico unilateral por el que un agente económico acepta a deudarle
una cantidad de dinero a otra persona, yo te digo te debo 100 onzas de oro y cuando
te las tengo que pagar cuando tú me las pidas, ese contrato ese negocio jurídico es perfectamente
válido hay una obligación unilateral, yo me obligo frente a ti y tú me puedes reclamar
a mí 100 onzas de oro cuando me lo pidas y fijémonos de manera a mi juicio relevante
en que aquí no estamos hablando de un negocio jurídico real, no hay ninguna transferencia
de ningún bien, el contrato no se perfecciona transferiendo ningún bien, en el depósito
y en el mutuo para que haya negocio jurídico yo te tenía que transferir la cosa, la propiedad
o no la propiedad, pero sí la cosa, en el depósito para que la custodies en el préstamo
porque te transfería el dominio para que tú pudieras usarlo como quisieras, aquí no hay
ninguna transferencia de nada, si yo te digo ahora mismo te debo 100 onzas de oro y ni
tú me has dado a mí 100 onzas de oro ni yo te las voy a dar a ti, al contrario cuando
venza la deuda yo te las tendré que pagar, pero de momento ya ha surgido la obligación
y no ha habido ninguna transferencia real de absolutamente nada, por tanto en este caso
no puede existir la controversia que algunas veces plantean los ciencientistas de hay transferencia
de la propiedad, de la cosa, en el depósito, en el mutuo, no, es que este es un debate
que en las estipulaciones no aparece, yo te prometo que te voy a dar 100 onzas de oro
y se acabó, ese es todo el negocio, lo que en todo caso los defensores del 100% podrían
argumentar es que deberíamos limitar la capacidad de endeudamiento a la vista de las personas
a los aldos de tesorería que tengan en su activo, pero cuál es el argumento jurídico
en virtud del cual a mí me tienen que prohibir que prometa entregar a la vista o a muy corto
plazo 100 onzas de oro por el hecho de que yo en este momento no tenga 100 onzas de
oro, podría entender que lo limitaramos a la solvencia, ella me parecería un ataque
importante a la libertad contractual, pero al tener la liquidez en este momento encaja
cuál es el argumento para decir no, si usted no tiene ahora 100 onzas de oro no puede
prometer a nadie que le va a dar 100 onzas de oro, no tiene ningún sentido, bien, entonces
en la medida en que se pueden hacer estipulaciones la fraccionaria entendida como un encaje incompleto
frente a las deudas a la vista es perfectamente posible que nazca, entonces bueno ahí tendríamos
los balances, el acreedor tendría un derecho a cobrar la vista frente al deudor y el deudor
tendría una deuda a la vista y en el activo tendría lo que tuviera, a lo mejor no tiene
nada y es insolvente, bien, pero imagina que tiene mercancías y que piensa pagar esa deuda
a la vista como vendiendo las mercancías, cobrando en oro y pagando la deuda, bien,
por tanto primera crítica jurídica, si la resea fraccionaria es incompatible con el
contrato de depósito de guardia y custodia, pero no es incompatible ni con el préstamo
a la vista ni con las estipulaciones a la vista, con las deudas a la vista, pero obviamente
aquí no termina el debate jurídico, los defensores del 100% han desarrollado algunas
críticas a este argumento de que se puede articular la resea fraccionaria por negocios
jurídicos alternativos al contrato de depósito y lo que dicen es que por teoría general
de contratos y esto pues no voy a enterar ni siquiera a discutirlo, lo voy a aceptar
para que un contrato sea válido, para que un contrato tenga existencia, para que un contrato
oblige verdaderamente a las partes, tiene que concurrir objeto con sentimiento y causa,
si no hay objeto con sentimiento y causa no hay contrato, ¿qué es el objeto?
Pues la prestación a la que se obliga una o cada una de las partes, ¿qué es el consentimiento?
Pues que las dos partes hayan aceptado obligarse reciprocamente o al menos una frente a la otra
y que además ese consentimiento se haya otorgado en condiciones de validez, es decir, que no
esté viciado ni haya sido forzado, etcétera, ¿y qué es la causa?
Pues la causa es el propósito que supuestamente cumple el contrato, bien, a partir de aquí
como digo se desarrollan una serie de críticas frente a las figuras contractuales anteriores
que he mencionado, prestamos a la vista y estipulación o deuda a la vista.
La primera crítica es que el plazo es un elemento esencial del objeto ya sea del prestamos
a la vista o de deuda a la vista, si no hay plazo no hay objeto determinado y por tanto
no hay contrato, el contrato es inválido y si es inválido no hay obligaciones entre
las partes, por tanto el argumento sería el prestamos a la vista no tiene plazo y por
tanto no hay obligaciones entre partes, la deuda a la vista no tiene plazo y por tanto
tampoco surgen obligaciones entre partes.
Aquí una primera crítica muy evidente es que si hay un plazo, el plazo es a la vista,
es decir, cuando el acreedor diga paga me, en ese momento llega el plazo, por tanto si
hay un plazo en los prestamos a la vista y en las deudas a la vista, que es el plazo
determinado, marcado, arbitrariamente, discrecionalmente por el acreedor.
Un argumento, otro contra argumento a este que si tiene plazo que es a la vista y este
podría ser un poco más interesante y de hecho es el que se repite bastante más a
menudo es que el plazo a estar determinado, que el plazo, un plazo a la vista en verdad
no es un plazo determinado, porque cuando yo te presto a la vista, te presto 100 euros
o 100 anzas de oro a la vista, cuando me las tienes que devolver, no lo sabemos, cuando
lo diga el acreedor, pero de antemano no sabemos cuando va a ser ese plazo y por tanto
se dice que si el plazo no está determinado no hay plazo y por tanto tampoco hay objeto
y si no hay objeto no hay contrato.
Aquí hay una trampa y es que es verdad que en teoría general de contratos se exige
que el objeto tiene que estar determinado y se concluye que si existe una indeterminación
absoluta sobre el objeto no hay objeto y por tanto no hay contrato, pero en teoría general
de contratos también se admite que el objeto sea determinable, es decir que dentro del
propio contrato se incluyan las herramientas o los procedimientos para poder determinar
el plazo o cualquier otro elemento esencial del contrato después de haberlo suscrito
y obviamente el plazo a la vista es un plazo perfectamente determinable porque es el acreedor
el que determina cuando quiere cuál es el plazo.
Por tanto el préstamo a la vista, deuda a la vista tiene un plazo determinable y por
tanto dentro de teoría general de contratos es un elemento válido y el objeto al menos
por el lado del plazo es válido, además fijémonos que esta crítica se podría devolver perfectamente
contra los defensores del 100%.
Los defensores del 100% defienden que los certificados de depósito sean transferibles
entre partes, quieren que sean sus deductos monetarios perfectos y por tanto si yo tengo
depositadas 100 onzas de oro en una caja fuerte y tengo un resguardo o un certificado de depósito
contra esas 100 onzas de oro, pueda transferir esas 100 onzas de oro de mano en mano.
¿Cómo se articula esa transferibilidad de mano en mano de los certificados de depósito?
Pues que el certificado de depósito es al portador.
La figura del portador que es un elemento esencial del contrato está determinado, no
el portador es un sujeto genérico abstracto.
Esto se determina cuando se le endosa al portador y el portador dice, quiero cobrarlo.
Por tanto, si dijéramos que el plazo, como es a la vista, no está suficientemente determinado,
pues tampoco un certificado de depósito al portador sería válido porque la figura del
portador no estaría determinado, aparte que nos cargaríamos muchos otros contratos de
obligaciones genéricas donde no está específicamente determinado el objeto.
Pero incluso en teoría monetaria tendríamos problemas serios para articular un sistema
monetario basado en el coeficiente de caja del 100%.
Otra crítica referida al objeto del contrato es que el objeto contractual de la reserva
fraccionaria es imposible de cumplir.
¿Por qué es imposible de cumplir?
Porque claro, si yo adeudo 100 onzas de oro a la vista y no tengo las 100 onzas de oro
a la vista y viene el acreedor y me dice, paga me ya, yo no le puedo pagar por definición.
Entonces ahí estaríamos ante un contrato imposible de cumplir y para que el objeto
del contrato sea válido, el objeto tiene que ser posible.
Si es imposible, el contrato tampoco se considera válido y por tanto es anulable, es decir,
se considera que no existen obligaciones entre las partes.
Esto ya digo, es teoría general de contratos y no voy a entrar a discutir, a lo mejor éticamente
podríamos debatir si esto tiene sentido o no, pero lo acepto como tal.
Ahora, de nuevo, cuando se expone este argumento, los defensores del coeficiente de caja del 100%
están cometiendo algunas trampas, ya no digo trampas en el procedimiento de si es posible
o imposible cumplir este contrato, sino incluso en la exposición de la teoría general de
los contratos.
Primero, imposibilidad no es lo mismo que extrema dificultad o muy baja probabilidad
de cumplimiento.
Un contrato, a la margen de prestarme la vista, deuda la vista, es válido aunque sea de cumplimiento
muy, muy, muy complicado, aunque sea de cumplimiento con muy, muy, muy baja probabilidad.
La imposibilidad se refiere a que el objeto en sí mismo sea algo imposible y de hecho
esa es la segunda crítica que quiero hacer, para que la imposibilidad sea un argumento
que conduzca a la invalidez del objeto, la imposibilidad tiene que ser absoluta, no
relativa.
¿Cuál es la diferencia?
Absoluta significa que el objeto es imposible para todo el mundo, para cualquier persona.
Relativa significa que no es posible para mí, por ejemplo, contrato que me transportes
a otra dimensión.
Esto es un contrato imposible al menos con la tecnología que tenemos hoy y nadie lo
puede hacer, por lo tanto podríamos decir que es algo físicamente imposible.
Por ejemplo, que me transportes al sol y que me pueda ubicar encima del sol y que sobreviva.
Bueno, pues esto de nuevo es un objeto imposible y por tanto el contrato sería inválido.
Ahora, me obligo a entregarte 100 onzas de oro que no tengo, vale, a lo mejor puede
ser imposible que yo te pague, pero el contrato es válido.
¿Por qué?
Porque tú puedes tener 100 onzas de oro y sí que podrías cumplir ese contrato, por
tanto, la invalidez es relativa a mí a que he sido imprudente a la hora de obligarme
a entregarte 100 onzas de oro, pero no hay una imposibilidad intrínseca en el hecho
de cuando me pidas 100 onzas de oro te las voy a transmitir.
De hecho, para los defensores del cofidente de caja de 100%, esta obligación la pueden
cumplir todos aquellos que tengan el cofidente de caja de 100%, por tanto la obligación
si es posible, si es humanamente posible, que yo sea más o menos prudente en la gestión
de mi tesorería, no hace que el objeto sea imposible.
En todo caso, ¿es posible o es más que posible?
¿Es probable que las obligaciones a la vista 5 eficiente de caja del 100% se cumplan?
Sí.
Primero, el acreedor le puede exigir el cobro al deudor después de que el deudor atira
el dinero.
Te prometo que te daré 100 onzas de oro cuando tú me las pidas, yo ahora no las tengo,
pero tú no me lo pides ahora, porque una deuda a la vista no significa que necesariamente
tú me tengas que pedir ahora y al cobro, a lo mejor te interesa pedírmelo en un mes,
en medio año o cuando sea, bueno, pues si cuando tú me lo pides, yo ya he recibido
por otro lado 100 onzas de oro te podré pagar, es intrínsecamente imposible de cumplir
ese contrato.
No.
Luego, si yo le debo dinero a mucha gente y tengo parte de, a lo mejor un 20% o un 30%
de tesorería en relación a mis obligaciones a la vista y tú me pides que te pague mientras
no te deba más del 20% o del 30% de todas mis obligaciones, también te podré pagar.
Es decir, yo puedo gestionar la tesorería que tengo para ir pagando plenamente a aquellos
acreedores que me pidan cobrar.
Luego, imaginemos que yo te debo 100 onzas de oro a la vista y no tengo oro ni voy
a conseguir oro.
¿Es imposible que te pague? No, porque a lo mejor tú me debes también 100 onzas de oro
a la vista o me debes 100 onzas de oro en una semana y dentro de una semana tú no me
has pedido que te pague, vence tu deuda frente a mí y te digo, oye, ¿qué tal si compensamos
lo que yo te debo con lo que tú me debes?
Las dos obligaciones se extinguen y el contrato se cumple por ambos lados sin transferencia
de oro y sin que yo haya necesitado oro por ningún lado.
Y luego las obligaciones se pueden novar, es decir, se pueden modificar.
Yo te debo a ti 100 onzas de oro a la vista y me dices, págame ya, pues no las tengo.
Oye, ¿me podrías refinanciar?
Es decir, ¿me puedes sustituir el vencimiento de esta obligación a la vista por una obligación
a más largo plazo?
Sustituir una obligación por otra es una forma válida de extinguir las obligaciones
y por tanto también se cumpliría la obligación anterior.
Por tanto, no es en absoluto imposible cumplir con el objeto del contrato de la deuda a la
vista.
De hecho, diariamente se cumplen, quiere decir, vale que puede haber episodios de pánicos
bancarios y luego podemos hablar de ellos, pero en el día a día los bancos que practican
esa reserva fraccionaria, si tú vas al banco, te dan el dinero.
Por tanto, si fuera imposible, no te lo darías nunca, pues que te lo den, aunque sea una vez
cada mucho ya significaría que el objeto no es imposible, porque si es imposible es
que no puede ocurrir el objeto, pero además que te lo den regularmente, salvo momentos
excepcionales, lo que muestra es que no solo es posible, sino que es muy probable que
lo termines cobrando.
Por tanto, el argumento de la imposibilidad tampoco es válido.
Y el último argumento jurídico contra el objeto, luego veremos que hay un argumento
contra la causa, es que el objeto de la reserva fraccionaria es ilícito, porque el objeto
del contato de reserva fraccionaria es ilícito, porque genera daño sobre terceros.
Y yo no puedo contratar, eso es lo que diría la teoría general de contratos, luego podríamos
discutir si esto se puede hacer o no, pero de acuerdo con la teoría general de contratos
yo no puedo contratar a ti para que le mates a él. Ese contrato sería ilícito, y por
tanto el contrato no se consideraría válido, yo no podría ir a un tribunal y decir oye
que no has cumplido este contrato, cumplelo.
Entonces, si el objeto de la reserva fraccionaria, que es según los defensores del 100%, multiplicar
la cantidad de oferta monetaria, luego hablaremos de esto desde un punto de vista más económico,
fuera ilícito pues podría suceder que aquellas formas contractuales que den origen a la reserva
fraccionaria tampoco fueran válidas, y porque se considera que genera un daño sobre terceros,
porque se dice que la reserva fraccionaria genera inflación, y por tanto la reserva
fraccionaria a quién dañaría a los tenedores de oro, yo tengo dinero general, cuando hablo
de oro estoy pensando en dinero base. Imagina, dentro del patrón oro hay un sistema de
reserva fraccionaria, y por tanto los que tienen oro ven como los precios suben, después
de que se practica la reserva fraccionaria, y por tanto su propiedad se está depreciando,
y como se deprecia se están empobreciendo como consecuencia de la reserva fraccionaria,
es decir sería una especie de violación del derecho de propiedad de los tenedores de oro.
Más adelante veremos que la reserva fraccionaria no tiene porque generar inflación, pero de
momento estamos en la parte jurídica y no voy a entrar en esto, por tanto imaginemos
que sí genera inflación. Sería la reserva fraccionaria, o sea este daño que genera
la reserva fraccionaria sería un daño ilícito desde un punto de vista liberal, digo desde
un punto de vista liberal porque el objeto puede ser ilícito desde el punto de vista
legal, de la moral o del orden público, y ya podemos imaginar que puede haber órdenes
sociales donde haya objetos que atenten contra la moral o contra el orden público que a
los liberales diríamos que eso no tiene porque ser un objeto ilícito. Por ejemplo un objeto
ilícito puede ser criticar a una determinada religión, en determinadas sociedades, pero
eso desde un punto de vista liberal pues como que no lo defenderíamos mucho. Entonces desde
el punto de vista liberal, principios generales de liberalismo, el daño que se genera vía
supuesta inflación de la reserva fraccionaria contra los tenedores de oro es un daño ilícito
que invalide el contrato ya sea el préstamo a la vista o la estipulación que puede dar
origen a la reserva fraccionaria, pues no. No porque ¿cuál es el motivo por el cual
se podría generar inflación vía reserva fraccionaria? El motivo es que se generan
sustitutos del dinero que la gente puede utilizar en sustitución, insisto, y valga la redundancia
del dinero y como tienen más alternativas entre las que escoger para desarrollar las
funciones monetarias pues aquella opción que hasta el momento era la única dentro
del mercado el dinero vale menos frente a las alternativas. Esto sería como decir que
siempre que aparecen competidores como los incumventes pierden valor, pierden cuota de
mercado pues que eso es un ataque contra el derecho de propiedad de esos terceros salvo
que implicitamente supongamos que esos terceros tienen un derecho de monopolio que se está
viendo conculcando por la aparición de competidores pues esta argumenta desde luego no tiene ningún
sentido. O dicho de otra manera el tenedor de dinero, el tenedor de oro no tiene ningún
derecho a impedir que yo pueda efectuar intercambios o pueda atesorar valor en instrumentos
distintos o mediante instrumentos distintos al dinero. Obviamente si me lo impide y para
efectuar intercambios o para atesorar líquidamente valor tengo que pasar por el dinero, el dinero
se va a revaluar frente al caso en el que tengo muchas más opciones pero eso insisto
es como decir que un monopolio es más valioso porque tiene una franquicia monopolística
que un sistema de empresas competitivas y además desde este punto de vista lo que habría
que plantearles a los defensores de 100% es entonces la minería de oro también es un
negocio ilícito porque claro la minería de oro también reduce el poder adquisitivo
del oro yaminado y por tanto estaríamos ante exactamente el mismo ataque que es la depreciación
relativa o la pérdida de poder adquisitivo del oro existente a través de la generación
de nuevas unidades monetarias o de nuevos sustitutos monetarios en el caso de la reserva
fraccionaria.
Y vamos con la última crítica jurídica, esta la han planteado últimamente mi amigo
Philip August que viene a decir que existe una simulación contractual en la reserva
fraccionaria como se ha dicho la causa es un elemento esencial del contrato la causa
es el propósito del contrato decir algo así que cuál es la función social del contrato
socialmente ese contrato para qué sirve cuál es la finalidad de ese contrato en general
entonces si para perseguir si nosotros firmamos un contrato o utilizamos un contrato para perseguir
una finalidad distinta de la que contiene ese mismo contrato entonces hay una contradicción
entre nuestras intenciones y entre el instrumento que estamos utilizando y el contrato que estamos
utilizando es decir estamos utilizando un negocio jurídico que no es el apropiado para
el objeto o el propósito que estamos buscando.
Entonces cómo se aplica esto a un ejemplo imaginad que yo quiero hacerle una donación
de una propiedad a mi hijo pero si le hago la donación de la propiedad tengo que pagar
impuesto de sucesiones y donaciones en este caso de donaciones con lo cual podría hacer
una simulación contractual oye que te vendo mi casa por 10 euros entonces estamos ante
un contrato de compraventa pero obviamente ese contrato de compraventa no es de compraventa
es un contrato de donación encubierto a través de un contrato de compraventa pues bien lo
que se podría argumentar aquí es y es lo que en parte se argumenta los contratos de
deuda a la vista o de préstamo a la vista en realidad es una simulación contractual
de un contrato de depósito a la vista y por tanto cuando hay una simulación contractual
el contrato simulado no se aplica y el contrato disimulado aquel que se pretende ocultar es
el que se aplica entre las partes por tanto no regirían las reglas del préstamo a la
vista o de la estipulación que genera una deuda a la vista sino que se impondría a
las partes las obligaciones propias del contrato de depósito a la vista y por qué se argumenta
esto bueno pues porque se dice según los defensores del 100% que el auténtico propósito de quienes
utilizan pasivos a la vista ya sea originados por préstamos a la vista o por estipulaciones
a la vista es adquirir sustitutos perfectos del dinero y se dice que en la esencia del
dinero está la de reducir la incertidumbre o la de protegerte frente a la incertidumbre
y claro como una deuda a la vista implica un riesgo de contraparte que te pueden impagar
tú no puedes reducir tu incertidumbre a través de un instrumento que contiene riesgo y por
tanto en realidad tú lo que estás buscando es un instrumento sin riesgo como es el depósito
a la vista y por tanto la deuda a la vista oculta fraudulentamente un depósito a la
vista bueno cuál es el problema de esto varios primero tener un depósito también
acarrear riesgo o riesgos otros riesgos distintos cierto que el deuda a la vista pero también
supone riesgos riesgo de robo si yo deposito una cantidad de dinero en una caja fuerte y
entran a robar y roban la caja fuerte y el proveedor de ese servicio de depósitos insolvente
pues me quedo sin cobrar y lo pierdo o si el depositario extravía o se deteriora el objeto
depositado eso también es un riesgo y si ya digo si el depositario es insolvente me quedó sin cobrar
tener las cosas implica riesgos al final un depósito no es tan distinto de hecho sobre
el balance lo mismo que tener la cosa conmigo que tener el dinero físicamente conmigo o tener el
abrigo conmigo simplemente yo lo pongo en un lugar donde supuestamente está más protegido para que
me lo custoden pero creo que todos vemos que tener el dinero con nosotros implica el riesgo de que
nos lo roben implica el riesgo de que lo perdamos implica el riesgo sobre todo si es oro de que se
vaya deteriorando hecho no olvidemos que originalmente los bancos de depósito como tales por
ejemplo el banco de amsterdam y demás tenían como propósito guardar las monedas de oro para que al
circular no se fueran deteriorando y no se fueran desgastando por tanto eso era una función social
que se desarrollaba pero aún estando depositadas se podrían terminar desgastando con el paso del
tiempo por tanto si hay un cierto riesgo luego fijémonos en una cierta trampa lingüística
reducir la incertidumbre no es lo mismo que eliminar totalmente la incertidumbre cuando yo
intercambio activo algunos activos reales o financieros a cambio de pasivos a la vista
imaginad que yo tengo unas acciones y las vendo y en lugar de cobrar en oro cobro en pasivos a la
vista yo ahí estoy reduciendo el riesgo al que me expongo estoy mejorando mi posición en términos
de riesgo y en términos de liquidez que no se ha eliminado totalmente el riesgo evidentemente
tampoco como hemos visto con el depósito pero yo sí he mejorado mi riesgo por tanto si hay una
demanda monetaria si una demanda de liquidez obvia en la demanda de pasivos a la vista sustituir
activos y líquidos por activos financieros más líquidos en este caso pasivos a la vista implican
una reducción del riesgo una reducción del riesgo típica de cuando demandamos dinero y por último
la idea de que un sustituto monetario sólo puede ser perfecto es decir que es un sustituto
monetario perfecto porque esta es una expresión que utilizado y no la he definido un sustituto
monetario perfecto es aquel que cotiza sin descuento frente al dinero es decir que si yo te debo
100 onzas de oro pues ese pagaré de 100 onzas de oro se pase de mano en mano por 100 onzas de
oro no por 99,9 por 99,8 sino por 100 que sea equivalente en términos de valor al dinero al que
da derecho bueno pues no es verdad que un sustituto monetario perfecto sólo se pueda constituir
a través de un depósito de guarda y custodia a la vista y de hecho hoy en día tenemos en algunos
activos financieros tipos de interés negativos tipos de interés negativos significa que ese activo
financiero está cotizando por encima del valor del activo al que da derecho es decir se están
comprando bonos que te van a pagar 100 euros por 102 por tanto no es que cotice con descuento es
que cotiza con prima y son activos ya no a muy corto plazo son activos a lo mejor a 10 años
o a 30 años por tanto insisto que sólo un activo pagadero perdón un activo que represente un
certificado de depósito permita constituir sustitutos materiales perfectos no es verdad y
tenemos ejemplos abundantísimos de cómo hay activos financieros que cotizan a la par o sobre par
sin ser ni muchísimo menos depósitos de guarda y custodia en definitiva cuál es el negocio jurídico
de la banca pues bueno podemos tener dos tipos de banca los bancos de depósito depósito de guarda
y custodia que reciben depósitos de dinero y custodia en el tantunde y luego lo que a mi
juicio son los bancos de toda la vida que son bancos como intermediarios financieros que son
los bancos como intermediarios financieros empresas que compran activos reales o financieros
normalmente financieros de otras personas emitiendo su propia deuda a la vista imagínate que tú
tienes unas acciones y yo soy un banco te digo y te compro esas acciones dándote mi deuda a la vista
te prometo que te daré cuando tú me lo pidas tiene onzas de oro y me vendes acciones que
tiene un precio de mercado de cien onzas de oro bueno yo soy el banco me quedo con las acciones
y tú te quedas con una deuda a la vista contra mí por cien onzas de oro insisto aquí no ha habido
ningún tipo de transferencia de oro ni de nada por tanto no hay que juzgar no hay que analizar
de quién es la propiedad de lo no es que aquí no ha habido oro aquí ha habido un intercambio
de valores y de activos financieros punto y eso es lo que hace la banca emitir su propia deuda a
la vista normalmente para comprar otros activos financieros o reales o en una hipoteca tú te
obligas a yo soy el banco tú eres el hipotecado tú te obligas a pagarme a mí equis cantidad de
dinero todos los meses y yo me obligo a entregarte a ti pues un depósito de medio millón de euros
a la vista tú qué harás con ese depósito a la vista o sea quien haya pedido una hipoteca un
minuto antes de que se transfiera la hipoteca al promotor lo puede ver claramente cuando tú
firmas el contrato hipotecario tienes un par de minutos un saldo a creador contra el banco de 100
mil de 200 mil de 300 mil euros luego evidentemente para qué usas ese saldo a creador contra el
banco para comprar la casa con lo cual ese saldo ese depósito bueno depósito deuda a la vista para
no confundir terminó lógicamente esa deuda a la vista se transfiere al promotor y tú ya no lo
tienes tú te quedas con la deuda y con la casa pero antes de comprar propiamente la casa tienes
una deuda a 30 años a favor del banco y un crédito a la vista contra el banco por tanto es un
intercambio puro de deudas no hay ninguna transferencia de dinero ni nada parecido y obviamente esos
pasivos a la vista que crea el banco ya sea compré estamos a la vista o generalmente con
estipulaciones con reconocimientos de deuda son pasivos a la vista que se pueden utilizar como
sustentos del dinero sobre todo si se considera que el banco solvente líquido y demás vale hasta
aquí la crítica las críticas a la crítica jurídica vamos con la parte económica que creo que es
un poco más breve también hay que decirle la primera crítica económica viene a ser algo así
como que la reserva fraccionaria no no sirve para nada no hay nada que haga la reserva
fraccionaria que no pueda hacer el coeficiente de caja del 100% una economía eso es lo que dicen
los defensores del 100% una economía organizada con un coeficiente de caja del 100% puede hacer
exactamente lo mismo que una economía organizada o que cuente o que acoja la reserva fraccionaria
por tanto si hay alguna duda por puro principio de precaución convendría a prohibir la reserva
fraccionaria y permitir el coeficiente de caja del 100% es decir para que nos vamos a exponer a
complejidades y a riesgos admitiendo la reserva fraccionaria si esta no aporta nada frente a un
sistema monetario organizado en torno al coeficiente de caja del 100% bueno el coeficiente de caja
del 100% tiene dos grandes problemas económicos generaría dos grandes perjuicios económicos
por tanto no es verdad que el coeficiente de caja del 100% permita llegar al mismo lugar o permita
el mismo grado de coordinación y deficiencia económica que un sistema de reserva fraccionaria
el primer grave problema que tiene el coeficiente de caja del 100% que muchas veces se despacha con
presunciones muy poco realistas es que sobre todo si el coeficiente de caja del 100% es con un
sistema de patrón oro yo soy muy defensor del patrón oro pero no con un coeficiente de caja
del 100% el grave problema que tiene es que el sistema monetario es tremendamente rígido frente
a las fluctuaciones de la demanda del dinero es decir imaginemos que la oferta de euros está
totalmente dada o en todo caso aumenta muy poquito a poco cada año de hecho esa es una de las
ventajas del patrón oro la rigidez la inelasticidad de la oferta frente a variaciones en el precio
por tanto la oferta no puede aumentar mucho a corto plazo y eso insisto esa es la gran ventaja
uno de los grandes ventajas no es manipulable humanamente digamos lo así que pasa si aumenta
mucho la demanda de dinero es decir si los agentes quieren tener atesorado mucho más dinero a
corto plazo que sucede pues lo que sucede es que el valor de la unidad monetaria aumenta mucho y si
el valor de la unidad monetaria aumenta mucho para que se puedan seguir desarrollando los mismos
intercambios que antes que tiene que suceder que los precios caigan que los precios se ajusten a la
baja evidentemente si hubiese una flexibilidad total y absoluta de precios pues bueno no habría
mucho problema con esto que de la noche a la mañana aumenta un 10% la demanda monetaria bueno
pues los precios al día siguiente bajan todos un 10% y proporcionalmente por tanto el sistema se
mantiene pero creo que es obvio que no todos los precios son tan sumamente flexibles a la baja y
por tanto si no todos los precios son absolutamente flexibles se pueden dar dos problemas el primer
problema es que se queden mercancías sin vender esta sería un poco la crítica queinesiana que
sí que tiene algo de sentido con un coeficiente de caja del 100% y patrón oro es decir si los precios
se mantienen al nivel de ayer y la gente atesora más dinero el flujo de gasto contra la economía
se reduce por tanto hay menos bienes que se vende entonces eso puede perfectamente suceder pues
que luego hay otro segundo problema que incluso cuando se presupone que todos los precios son
flexibles insisto esto es por supuesto muy muy discutible porque los salarios no se renegocian
cada día los tipos de interés tampoco se renegocian cada día las tiendas no están cambiando
cada momento los precios pero bueno imaginemos que sí que estamos en un mundo donde todos los
precios son flexibles bueno no todos los precios son igualmente flexibles habrá precios que se
ajusten antes que otros y si hay precios que se ajustan más rápido que otros un aumento de la
demanda de dinero lo que provocará son cambios en los precios relativos que cambian los precios
relativos no es ningún problema siempre que los precios relativos cambian porque las preferencias
de los agentes económicos por los bienes han cambiado si los precios relativos cambian no
porque han cambiado yo prefiero relativamente más los ordenadores a los televisores sino no yo sigo
prefiriendo más los televisores a los ordenadores pero como el precio de los ordenadores se ajusta
más rápido que el de los televisores pues hay un cambio de los precios relativos ahí hay
descoordinación económica debido a un sistema de transmisión de información vía sistema
monetario que es ineficiente es decir que no permite el ajuste de precios al mismo ritmo y de todos
ellos cómo se soluciona este problema con la reserva fraccionaria es decir con la posibilidad
de emitir sus futuros monetarios no cubiertos plenamente por por oro por dinero lo que me
se llamaba medios fiduciarios pues porque se aumenta la demanda de dinero y tu incrementas la
oferta de medios fiduciarios nutres la mayor demanda con mayor oferta y por tanto los precios no
tienen que variar por qué tenían que variar los precios porque la demanda había aumentado con
respecto a la oferta y la oferta no podía aumentar si la oferta tiene una parte flexible
es decir tiene una parte rígida el oro y tiene una parte flexible los sustitutos del dinero
creados vía reserva fraccionaria medios fiduciarios tú puedes aumentar la oferta para que nutra el
aumento de la demanda ajustas cantidades en lugar de ajustar precios y fijémonos que incluso desde
un punto de vista de economía de los recursos tiene muchísimo más sentido que tiene sentido que
cada vez que cambia un poco en términos netos la demanda de dinero todos los precios de la economía
tengan que variar o que ajustemos un poquito la oferta monetaria obviamente es un sistema digamos
mucho más económico el ajustar la cantidad que el ajustar los precios de toda la economía
y luego un segundo problema que tiene el coeficiente de caja del 100% especialmente si se da en un
sistema metálico en un sistema con oferta monetaria muy muy inelástica con un activo real con oferta
monetaria muy inelástica es que el coste de oportunidad es muy alto es decir cuando caen
bueno en un sistema de patrón oro con coeficiente de caja del 100% creo que todos coincidimos
también los defensores del coeficiente de caja del 100% que habría una deflación secular
conforme crezca la economía no aumenta la cantidad de dinero y por tanto los precios tienden a caer
la deflación secular es menos problemática que la deflación de la que ha hablado antes que es
ajustes de precios a la baja por cambios en la demanda monetaria muy corto plazo la demanda la
deflación secular pues bueno si la puedes prever si más o menos estimas que cada año los precios
van a caer un 2 un 1 y medio pues el sistema se puede reajustar con mucha más facilidad que si cada
día tienen que cambiar los precios porque la demanda de dinero está cambiando pero fijámonos que
cuando los precios caen en un sistema de patrón oro caen todos los precios menos uno el precio del
oro el precio del oro con respecto a sí mismo siempre es el mismo una onza de oro siempre
tiene un precio de una onza de oro con lo cual cuando caen los precios lo que estamos diciendo es que
la rentabilidad relativa de producir oro frente al resto de bienes se va incrementando y eso que
significa que cada vez se trasladan más factores productivos a producir oro a extraer oro de las
minas porque producir oro es cada vez más rentable ya los sabréis algunos pero Milton Friedman en
los años 60 estimó que los recursos que había que destinar para estabilizar los precios en una
economía con patrón oro los trabajadores el capital que en términos medios había que destinar
por año para producir oro y con ese oro estabilizar los precios dentro del patrón oro que esto no
digo que es que haya que hacerlo es que la economía de mercado tendería a hacerlo como sucede por
ejemplo con bitcoin que también concentra una gran cantidad de recursos para minar bitcoins sería del
2,5% del PIB anual un 2,5% del PIB es un auténtico despropósito es decir es más de la mitad por
ejemplo que todo lo que gasta España en educación cada año tenés un sistema monetario que cueste
el 2,5% del PIB es un sistema monetario de ultra lujo que desde luego o sea en el sentido de
el cadísimo que si gastamos en torno al 4% 4,1 4,2 no no que no no que es a la mitad de lo que
gastamos cada año en educación entonces es un sistema monetario de ultra lujo que normalmente
no nos querremos permitir aunque esto hablaré luego de las preferencias como soluciona la
resea fraccionaria esto como soluciona la emisión de medios fiduciarios esto bueno esencialmente
economizando mucho el uso que se hace del efectivo si no tenemos que utilizar el oro para todas las
transacciones si para la mayoría de transacciones usamos sus sus minutos monetarios la cantidad de
oro que tenemos que producir al año es una fracción del anterior de hecho la rigua y es
fácilmente calculable cogiendo las mismas cifras de fridman estima que apenas con el 0,05% del PIB
tendríamos suficiente es decir destinando recursos equivalentes a producirlo del 0,05% del PIB
habría suficiente y en ese caso ya es un sistema monetario más competitivo incluso en términos
de costes que la moneda fiat. Bien segunda crítica económica la resea fraccionaria es
inflacionista genera inflación bueno vamos a explicar esto utilizando la famosa ecuación
cuantidad activa del dinero m por v igual a p por q. Por tanto la resea fraccionaria básicamente
lo que haría sería incrementar m incrementar la oferta monetaria incrementar los medios
fiduciarios si m aumenta y v p y q se mantienen constantes pues los precio bueno v y q se mantienen
constantes pues p subirá. De entrada creo que hay que distinguir aunque esto ya es un tema de
definiciones pero creo que es útil distinguir entre inflación como aumentos de p y estabilización
del valor del dinero como evitar caídas de p. Obviamente podemos decir si los precios hubiesen
caído y no caen eso es inflación vale pero creo que conceptualmente son dos cosas distintas de hecho
el propio mises decía que el dinero ideal es aquel que tenía valor estable por tanto que se
estabilizar a p el índice de precios como proxy del valor del dinero en obviamente ya sé que el
índice de precios puede estabilizarse con distorsiones en los precios relativos esto si acaso lo
comentamos luego con el ciclo económico pero estabilizar el valor del dinero sin distorsiones
que generen ciclo económico en los precios relativos no es algo que per se sea criticable de hecho es
algo loable en todo caso puede la reserva fraccionaria no generar inflación entendida como
aumentos de p sino estabilización del poder adquisitivo del dinero claramente sí en dos
situaciones cuando aumenta q si m aumenta la misma medida en que aumentado q pues p no
cambiará es decir si mantenemos m constante y q aumenta fijaos que p tiene que caer si la
cantidad de medios de pago y la velocidad de esos medios de pago es la misma y se producen más
cosas para que se vendan con la misma cantidad nominal de pagos una mayor cantidad de cosas
cada cosa tiene que valer menos podemos estabilizar el precio por cosa si aumentando m aumentando m
como con medios fiduciarios es decir con reserva fraccionaria en esencia aquí lo que
estaríamos diciendo es que si hay más demanda de dinero con motivo de transacción es decir si
necesitamos más dinero para efectuar transacciones lo que sucede es que la oferta monetaria se
incrementa para nutrir esa mayor demanda de dinero con motivo de transacción segundo caso en el que
no tiene por qué generar inflación sino en todo caso estabilización de precios si v se reduce y
aumentamos m en la misma medida en que v se reduce fijaos que tampoco hay deflación sino que se
estabiliza p si mantuviramos m constante dv cayera o bien p se reduce o bien q se reduce bien esto como
se interpretaría pues una caída una reducción de v es lo mismo que una de una aumento de la
demanda de dinero con motivo de precaución queremos atesorar más dinero no para ponerlo
en circulación sino para mantenerlo con nosotros por lo que pueda venir y cómo nutrimos esa mayor
demanda precaucionaria con sustitutos monetarios que se engendran v a reserva fraccionaria por
tanto sólo habría inflación cuando m crezca más que q o cuando no decrezca cuando v vuelve a
aumentar es decir imagina que v cae y aumentamos m vale ahí estabilizamos pero qué pasa si luego
v que ha caído vuelve a aumentar ahí tiene que bajar m porque si no ahí se habría inflación
bien cómo podemos conseguir dentro de una banca o de un sistema monetario que practica
la reserva fraccionaria es decir que utiliza prestamos a la vista no plenamente cubiertos
por dinero o estipulaciones no cubiertas plenamente por reservas de tesorería cómo podemos evitar
que estos dos fenómenos se den bueno siguiendo lo que se conoce como la doctrina de las letras
reales que es la doctrina de las letras reales esencialmente que sólo se han de crear sustitutos
monetarios contra mercancías vendibles o mercancías presentes y fácilmente vendibles es decir si
yo produzco más mercancías contra ese valor monetario de las mercancías que he producido
contra la mayor q contra el incremento de q que además se ha demandado por los agentes
económicos si puedo generar más m el propósito no es generar una demanda que no existe por
q el propósito es que si existe demanda por q se pueda vender q a un precio estable que es
distinto fijaos que esto para los que os guste la historia del pensamiento económico es pura
ley de 6 la ley de 6 lo que dice es la demanda procede de la oferta más oferta de mercancías me
concede el poder adquisitivo para demandar más mercancías pero no practicamos el truque por
tanto lo que hacemos es monetizar el poder adquisitivo de las nuevas mercancías que he
producido para poder llevar ese poder adquisitivo al mercado y comprar mercancías y que otros que
han monetizado el suyo puedan demandar mis mercancías y lo mismo con la demanda precaucionaria si
lo que hacemos es cuando aumenta la demanda precaucionaria de dinero a tesorar mercancías en
los almacenes a la espera de que cuando se reduzca la demanda precaucionaria esas mercancías salgan
a la venta y se vendan contra el dinero que se ha creado los sustitutos monetarios que se han
creado previamente de nuevo cuando aumenta v aumentará q y refluirá esa cantidad de dinero o
dicho de otra manera lo que genera inflación no es crear sustitutos monetarios contra mercancías
presentes y fácilmente bendibles no es la reserva fraccionaria conductiva de las letras reales es
crear medios fiduciarios lo queréis sustitutos monetarios contra mercancías futuras si yo genero
poder adquisitivo presente contra mercancías futuras entonces ahí sí hay inflación y
cuidado no toda esa inflación tiene porque ser criticable simplemente digo que habrá inflación
si yo imaginar que mañana media españa va al corte inglés y dice yo quiero comprar las mercancías
que tenéis a crédito y el corte inglés dice vale yo te las vendo a crédito yo te vendo las
mercancías y me las pagas en un año los precios subirían en el corte inglés o no evidentemente
que subirían porque sería un aumento muy fuerte de la demanda yo estaría utilizando mi
poder adquisitivo futuro para demandar hoy yo estaría demandando hoy sin aportar mercancías hoy
por tanto eso incrementaría relativamente los precios presentes frente a los futuros por
tanto habría inflación ahora esa inflación es criticable no simplemente es pues eso más quiero
traer más renta del futuro al presente y gastarla es el corte inglés el que ahorra en el sentido
de bueno pues yo me espero a cobrar hasta dentro de un año pero hoy los precios subiría ya vamos
terminando solo quedan dos críticas económicas más la tercera crítica es que la reserva
fraccionaria genera ciclos económicos la idea aquí es hemos dicho que la reserva fraccionaria
genera inflación bueno si genera inflación de activos financieros si los precios de algunos
activos financieros suben el tipo de interés de esos activos financieros bajará y si el tipo
de interés de esos activos financieros baja estaremos incentivando un incremento de la inversión
que supuestamente no irá de la mano de un incremento de la ahorro habrá más inversión y no más
ahorro por tanto habrá descordinación entre inversores que invertirán más de la cuenta y
sobre todo más a largo plazo y ahorradores porque no habrá habido un incremento de la
ahorro entendido como disposición a retrasar el momento de mi consumo futuro por tanto la
tercera fraccionaria en la medida en que genera más m si esa m se canaliza a los mercados
financieros en los mercados financieros reduce los tipos de interés y esa reducción de
tipos de interés fomenta un aumento de la inversión por encima del ahorro daría lugar
a los ciclos económicos yo decir que a mí la explicación austríaca del ciclo económico
la idea general me convence mucho es decir sí creo que el ciclo económico es debido
a una descordinación entre entre el perfil intertemporal de la inversión y el perfil
intertemporal de la ahorro lo que no me convence es esta extrema simplificación de la explicación
del ciclo económico austríaco sin tener en cuenta los distintos perfiles de la ahorro
los distintos perfiles de la inversión los distintos perfiles de los tipos de interés
los distintos perfiles de riesgo y creo que ahí hay que profundizar mucho para hacerlo
y volverlo un modelo realista pero al respecto fijaos que si los empresarios invierten a
corto plazo inicio un proyecto de inversión a corto plazo financiándolo con emisión
de deuda a corto plazo emiten más deuda a corto plazo que se la compra alguien y se
la puede comprar cuidado contra oro o contra la entrega de mercancías que esto también
es algo que a veces los teóricos del 100% no no parecen entender imagina que yo soy
un empresario y necesito cemento pues le puedo dar pagares al dueño de la cementerá
cambio el cemento no necesito colocar el pagaré para que me den dinero y con el dinero
ir a comprar el cemento le puedo colocar directamente el pagaré a cambio de la mercancía entonces
si yo me financio con deuda a corto plazo soy un empresario me financio con deuda a
corto plazo para invertir a corto plazo aquí coincidimos en que no hay ninguna descoordinación
entre ahorro e inversión bueno que pasa si luego los que han comprado esa deuda a corto
plazo la descuentan en un banco es decir el banco que hemos dicho antes lo que hace es
comprar activos financieros el banco compra esa deuda y como la compra emitiendo sus propios
pasivos a la vista que ha hecho el banco comprar un activo financiero a corto plazo emitiendo
su propio pasivo financiero a la vista o a muy corto plazo ahí hay una descoordinación
entre ahorro e inversión pues bueno quien tenga los pasivos a corto plazo de la banca
está absteniéndose de exigirle el cobro a la banca si ese señor imaginemos que la
inversión empresarial es a dos semanas si ese señor está dos semanas sin exigirle
a la banca el cobro se ha abstenido de disponer del dinero al que tiene derecho durante dos
semanas y por tanto ahorrado y por tanto ha financiado el proyecto empresarial el hecho
de que la banca descuente la deuda a corto plazo que ha emitido la empresa para financiar
su inversión a corto plazo solo es una forma de facilitar que esa deuda a corto plazo tenga
mayor circulabilidad por la economía pues claro un empresario que emite una deuda a
corto plazo si Paco no sabe quién es ese empresario pues a lo mejor no aceptará sus pagares como
medio de intercambio pero si Paco se fía de la deuda a la vista del banco porque el banco
tiene buen nombre una reputación analiza bien los riesgos pues entonces puede estar
dispuesto a el dueño de la cementera que tenía deuda a corto plazo se la andosa a Paco y
Paco le vende sus bienes ahí no hay ninguna multiplicación de los medios de intercambio
por encima de la oferta de bienes presentes ni ninguna descordinación entre ahorro e inversión
inversión a corto plazo se financia con ahorro a corto plazo y en lugar de ser el ahorro a
corto plazo del dueño de la cementera es el ahorro a corto plazo de la creador del banco
punto por tanto si los bancos siguen la doctrina de las letras reales si sólo compran deuda a
corto plazo contra inversiones que produzcan bienes de consumo muy corto plazo no va a haber
descordinación entre ahorro e inversión será el tenedor de pasivos a la vista del banco que
financian las inversiones empresariales a corto plazo ahora bien si los bancos no siguen la
doctrina de las letras reales y lo que hacen es comprar deuda a largo plazo deuda empresarial
por ejemplo a largo plazo o deuda empresarial a corto plazo que se ha utilizado para financiar
inversiones a largo plazo imaginate una empresa que dice yo quiero invertir a 20 años y me voy a
financiar con pagares a un mes ahí obviamente sí puede haber descordinación entre ahorro e
inversión porque porque el que compra esos pagares dice esto es pagaré a la vista vale yo
estoy dispuesto a esperar un mes por eso he comprado un pagaré a la vista y luego resulta que el
colateral o la garantía o el activo que está detrás de ese activo no va a generar bienes de
consumo demandables por ese señor hasta dentro de 20 años pues ahí sí que hay una descordinación
yo estoy dispuesto a esperar un mes y me están invirtiendo a 20 años mi plan de ahorro no coincide
con el plan de inversión pero fijémonos nuevamente que aquí el problema no es la reserva
fraccionaria sino que es el descalce de plazos y el descalce de plazos se puede dar con reserva
fraccionaria y sin reserva fraccionaria si un empresario emite pagares como os decía antes a un
mes e invierte a 20 años se da descalce de plazos y puede haber el mismo ciclo económico austríaco
si la gente masivamente por algún error o por algún subsidio o red de protección gubernamental se
pone a aceptar esos pagares a corto plazo aún cuando no esté dispuesta a esperar 20 años a
que se complete la inversión y ya última crítica económica esta es un poco como la cláusula de
salvaguarda no cuando ya todo lo demás falla los defensores del 100% dicen bueno pero si ambas
compitían en el mercado ganaría el coeficiente de caja del 100% por tanto sigue siendo mejor a lo mejor
a lo mejor no es a lo mejor no es ilícita a lo mejor no está indeterminada a lo mejor no genera
inflación a lo mejor no genera ciclo pero yo me fío más del 100% bien entonces simplemente aquí
lo que tenemos son dos tipos de negocios jurídicos distintos y perfectamente podrían coexistir en un
mercado libre aquellos que sean tremendamente adversos al riesgo pues podrían demandar depósitos de
guardia y custodia los que sean algo más tolerantes mínimamente tolerantes con el riesgo
pues podrían demandar deudas a la vista pero dicho esto por repetir algún argumento que
haya dado los depósitos de guardia y custodia no son necesariamente más seguros que las deudas
los depósitos también implican riesgos o dicho de otra manera el dinero que tengo en mi cartera
es más seguro que tener un pagare contra el gobierno alemán o un pagare a un mes contra
mancio ortega yo creo que hay más probabilidad de que me roben mi cartera y que pierda el dinero
a que a mancio ortega deje de pagar en un mes el pagare por tanto en este caso sería más arriesgado
tener el dinero en cartera o tener el dinero en una caja fuerte que que a mancio ortega o barren
bafet o cualquier ultra rico te deba mil dos mil euros y luego cuando se dice que la harcea
fracción el coficiente de caja del cien por cien es mejor que la harcea fraccionaria porque es más
segura dejando de lado que no tiene por qué ser así pero bueno imaginemos que sí que es más segura
se están olvidando del coste de esa seguridad hay que comparar cuando decimos el coficiente de caja
del cien por cien es mejor que la harcea fraccionaria hay que comparar cuánta seguridad extra nos está
dando el coficiente de caja del cien por cien frente a la harcea fraccionaria con el coste extra
que supone ese coeficiente de caja del cien por cien por ejemplo los depositantes los que dicen que
prefieren un depósito de guarda y custodia frente a la harcea fraccionaria tampoco buscan una
seguridad infinita porque seguro que cuando digan este esta caja fuerte me convence podrían decir
voy a buscar una caja fuerte mejor o voy a contratar al ejército estadounidense para que
me vigile el dinero porque obviamente un negocio de seguridad que invierta menos en seguridad que
otro negocio de seguridad que invierta mucho más es más seguro pero también mucho más costoso y
en algún momento dirá no no ya no hace falta tanta seguridad yo con que haya un poquito de riesgo
a que me lo roben o a que se pierda ya me contento no hace falta que el coste del depósito sea el 10
o el 15 o el 20 por cien anual de mi depósito y luego en nuestra vida diaria lo que escogemos no
siempre es lo que tiene máxima seguridad cuando conducimos un coche nos estamos disponiendo a
riesgos podríamos quedarnos en casa de decir estamos más seguros quedándonos en casa o cuando
comparamos un coche no buscamos el coche más caro aunque esté ultra blindado decimos bueno
como es muy raro que pueda tener un accidente y además los coches aunque sean baratos ya tienen
bastantes medidas de seguridad pues prefiero un coche de 10.000 o 15.000 euros que no uno de 200.000
aunque vale si con el de 200.000 habría una reducción mínima del riesgo de sufrir un accidente por
tanto no está ni mucho menos claro que por el mero hecho de ser más seguro la reserva fraccionaria
perdón el coeficiente de caja del 100% fuera preferida la reserva fraccionaria simplemente
y con esto ya termino esta crítica tenete en cuenta que muchas veces habría que verlo pero la
comisión que algunos defensores del coeficiente de caja del 100% especulan que podría costar un
depósito de guarda y custodia es cerca del 2% 1 y medio por 100 2% del importe depositado eso
significa que en 20 años has perdido el 40% de lo depositado se te han te han sustraído te han
cobrado el 40% de lo depositado cuál es el riesgo de que en un sistema de banca libre haya un default
bancario generalizado donde pierdas el 40% de lo depositado pues a lo mejor es a lo mejor es muy
bueno si es interés compuesto pero bueno para hacerlo con interés simple pero bueno cuál es el
riesgo de que eso de que eso suceda pues probablemente bastante menor que la certeza de que te van a
cobrar el 40% si lo si lo depositas es decir el depósito es una forma dineraria de lujo y como
bien de lujo como dinero de lujo sería muy probablemente demandado por una minoría no por una
mayoría los bienes de lujo en el mercado se demandan insisto por minorías selectas ya sea porque tienen
mucho dinero y se proponen despilfarrar en ese en ese bien o porque están muy obsesionados con
alguna característica son muy frikis de una característica y están dispuestos a pagar
mucho por esa característica pero el común de los mortales es bastante dudoso que demandara
masivamente coeficientes de caja del 100% certificados de depósito de guardia y custodia y en
definitiva y aquí termino cuál es el negocio económico que realiza la banca que no es de
depósito bueno los bancos que no son de depósito actúan como intermediarios financieros compran
sobre todo activos financieros ajenos cuyo riesgo es difícil de evaluar para el común de los
mortales pero los bancos si pueden evaluarlos en teoría a cambio de sus propios de los pasivos
a la vista del propio banco es decir intercambian activos financieros que yo no sé analizar por
activos financieros los pasivos financieros del banco que para mí son confiables y por
tanto reducen las asimetrías de información a su vez al reducir estas asimetrías de
información los bancos son los que normalmente suministran no tienen porque ser los únicos no
tienen una especie de estatuto legal que los privilegio en ese sentido pero suelen ser los que
principalmente proporcionan sustitutos monetarios en la economía entonces si son los principales
que proporcionan sustitutos monetarios tenderán a concentrar la emisión de esos sustitutos
monetarios y por tanto también desempeñarán funciones de cámara de compensación si tú y yo
usamos el mismo banco podemos compensar nuestros créditos recíprocos a través del banco no hace
falta que haya ningún pago neto fuera de la entidad y por tanto se economiza las necesidades
de efectivo es decir la banca a través de la reserva fraccionaria proporciona sustitutos
monetarios que por un lado dotan de esta elasticidad al sistema monetario y de a través de eso por
eso había reducen las descoordinaciones derivadas de rigidez de precios ante cambios en la demanda
de dinero y dos economiza en el uso de dinero dentro de la sociedad y por tanto reducen el coste de
oportunidad el coste en términos de recursos y de bienes no producidos de utilizar un dinero con
oferta inelástica muchas gracias muchas gracias profesor rayo por su conferencia muy institutiva
como siempre con respecto a la crítica de que la reserva fraccionaria sin ánimo de ser defensor
por supuestísimo de la de cien por cien del coeficiente de caja no no no pretendo serlo usted
dijo que la reserva fraccionaria no tiene por qué generar inflación per se eso no quiere decir
que la pueda generar pero yo me pregunta es en una en una en una sociedad en la que no
asumiendo que no existe un un banco central que que termine la la oferta monetaria que
como podemos impedir que haya un exceso de masa monetaria con respecto a la producción ya que
no la sabemos porque la cuestión es quién con los bancos son intermediados financieros
los bancos no son mineros de oro ese es un pero puede crear si no hay si no hay los bancos se
relacionan con dos lados se relacionan con los deudores y con los acreedores los bancos crean
sus dudos monetarios cuando prestan a los deudores pero no olvidemos que los bancos están tutelados
por los acreedores los acreedores del banco los depositantes no en el sentido de guarda y custodia
sino el depósito bancario que es un reconocimiento de deuda justamente esa la vista para que el
acreedor si ve que el banco se está excediendo en sus préstamos y por tanto está deteriorando
su liquidez no está siguiendo la doctrina de las letras reales diga oye paga me ya que no me fío de
ti entonces el banco está siempre expuesto al riesgo de un pánico bancario de una corrida
bancaria como evita el banco ese riesgo teniendo una cartera de activos que sea liquida y que
sea realizable a corto plazo sino ese banco tendrá a desaparecer eso no significa que hasta que los
banqueros aprendan la lección no puedan cometer errores no pueden generar descordinaciones no
puedan generar inflación pero a fuerza de equivocarse termina aprendiendo la lección el problema del
sistema monetario actual es que se le rescata y por tanto nunca aprenden la lección al contrario
la lección que aprenden es hacer lo mal porque es algo que se le recompensa
yo quería pedirte que explicaras un poco más algo que no me encaja nada en la explicación
de el negocio del depósito bancario y es el asimilarlo con un contrato unilateral que es de
la estipulación este ejemplo que pones de yo me obligo a darte tanta cantidad de dinero a la
vista no me cuadra nada en el negocio bancario es una estipulación recíproca cerca de uno sobre
unilateralmente a favor del otro cada deuda si surge unilateralmente pero tú condicionas que
reconozcas la deuda a cambio de que el otro la reconozca si yo te digo yo me voy a comprometer a
reconocer que te debo 100 euros si tú te comprometes a reconocerme que me debes 100 euros es un
contrato o sea es un negocio jurídico unilateral que se celebra simultáneamente me cuesta mucho
entender que pueda haber dos contratos unilaterales simultáneos y que uno se perfecciona solo si el
otro se perfecciona eso me suena mucho al negocio bilateral o sea es una forma de perfeccionar un
negocio a ver estoy intentando buscar un encaje con los contratos típicos pero tampoco olvidemos
que es perfectamente factible y la teoría general de los contratos lo admite los contratos atípicos
o sea contratos que no estén pautados y que no estén regulados entonces tú podrías decir el negocio
bancario es un contrato bilateral de reconocimiento mutuedeuda si podrías decirlo pero incluso con
contratos típicos que existen y que se han desarrollado desde el derecho romano se puede hacer
la estipulación la ventaja que tenía es que era un contrato tremendamente flexible para negociar
lo que quisieras te debo esto vale te debo esto me debes esto me debes esto hay un intercambio ahí
de deudas una pregunta sin ser económica hablas de la reserva fraccionaria sin establecer en
toda tu exposición porcentaje o sea es indiferente el porcentaje si es indiferente porque de lo que
se trata es de gestionar la liquidez del banco para que pueda hacer frente en cada momento al
reembolso de sus pasivos a la vista cuál es qué tesorería tiene que tener es que depende de tantas
cosas primero depende del contexto económico en tiempos de mucha desconfianza pues tendrás que
tener más liquidez que en tiempos de mucha confianza luego también depende y esto es algo de lo que
por desgracia no hablan los defensores del 100% del resto de la composición de tu balance no es no
tienes que tener la misma liquidez si todos tus otros activos son no son tesorería pero son muy muy muy
líquidos que si tienes un montón de activos a largo plazo y muy líquidos pues tendrás que
reforzar la parte líquida de tu de tu activo lo mismo con tu pasivo no es lo mismo que todo tu pasivo
sean depósitos a la vista a que tengas deudas a más largo plazo a que tengas fondos propios
no es dar un porcentaje cuando depende de tantísimas cosas es que no eso no es ciencia es más arte
del banquero como arte sería como decir cuál es el precio de los tomates justamente ahí tenemos muy
claro de no es que es un problema de cálculo económico que no se puede determinar desde arriba y
demás cuando le estamos diciendo a un empresario que porcentaje de tesorería a detener ya no
frente a todos sus pasivos a corto plazo sino frente a un pasivo a corto plazo muy concreto que
es la deuda a la vista pues ahí parece que sí que podemos decir que ha de ser el 100% en el 90
el 80 o el 50 la gestión de cada banco es la gestión de tesorería pero de cualquier empresa así es
que al final el problema de la teoría del 100% es que también deberíamos aplicarla a cualquier
otra empresa no bancaria y eso sería algo tremendamente rígido y no digamos ya se lo aplicamos a los
seguros como como digo por ahí no que si los seguros tuvieran que tener frente a todos los
desembolsos contingentes que pueden tener que efectuar reservas de tesorería pues el negocio
del seguro no sería no sería rentable ahí sí que entendemos que si tiene activos realizables a
corto plazo para poder desembolsar cuando surgen las contingencias que surgen ahí no pasa nada
por bueno lo mismo con la banca es decir porque es más aleatorio que te pidan el cobro de una
deuda a la vista a que se muera una persona y tengas que soltar la indemnización pues
yo como no soy de letras ni hecho derecho a mí lo de que me digas que un contrato se
perfecciona me deja un poco vamos a perfeccionar este contrato yo miro el contrato y digo a ver
que está mal en el contrato vamos a ver cómo lo escribimos un poco mejor supongo que es lenguaje
jurídico habitual y que significa yo que sé que se ejecuta o que se lleva a cabo se cumple se
realiza el negocio jurídico de reconocimiento de deuda de estipulación que no digo que no
exista pero por si sólo parece un poco raro es como hacer un regalo a alguien a cambio de
nada salvo que sea un contrato acompañado de otro contrato distinto y entonces Alberto pero
o sea tú puedes condición tú puedes decir reconoceme la deuda a cambio de que yo te la
reconozca reconoceme la deuda cada deuda es independiente de la otra no es en el contrato
de compraventa el objeto es digamos lo así sin alagmático reciproco para ambas partes es
el mismo objeto el que lleva a asociar las dos tú te queda tú adquieres la propiedad del bien y
has de pagar el precio a cambio de adquirir esa propiedad es decir que es un único contrato ahí
tenemos dos deudas distintas es el intercambio de dos deudas distintas es como como si yo pero
que están ligadas en el acto de que uno reconoce una para que el otro reconozca la otra igual que
es que el otro es te intercambio este derecho de propiedad sobre esta cosa que no es simplemente
entregar el bien a cambio de que tú me reconoces que tienes una deuda pero que es una transferencia
onerosa de propiedad en el otro caso lo que tienes es venta de transferencia onerosa de deuda
si claro pero con que pagas con deuda deuda pagada con deuda y antes deuda pagada con bienes
no si sólo es sonar eso me ha gustado mucho lo de que el plazo a la vista indeterminado es
equivalente a deuda al portador indeterminado si han contestado algo a esto están este lo
están pesando están investigando que también hay fraude en los que cuando son las cosas son al
portador pues porque tratará de pasar desapercibido pacienda o algo así lo de que la fraccionaria
es imposible de cumplir a mí me da la sensación de lo que quieren decir si lo expresarán bien es
que claro es imposible garantizar que siempre se va a cumplir no que sea imposible en cada caso ni
muy difícil sino que pero esto es aplicable a cualquier contrato cualquier contrato es imposible
garantizar que se va a cumplir que se la imposibilidad que imposible no es lo mismo que baja probabilidad
si en ese sentido pero luego cuando cuando dicen a mí me fascina gente que se supone que ha hecho
cursos de lógica y que la escuela austriaca es muy lógica y luego dan unos saltos lógicos en el
aire que ellos se creen que son muy claros pero claro es que los contratos imposibles sobrechos
imposibles son ilegítimos perdón perdón como habéis deducido esto que una ejecución de un acto
o sea imposible no quiere decir que el contrato en sí sea ilegítimos sólo significa que el contrato
siempre fracasará no se perfeccionará o como se diga pero para eso están los tribunales o
pero están cláusulas adicionales del contrato que digan que es lo que se debe hacer en caso de
que el contrato no se cumpla es decir nosotros podríamos jugar constantemente hacer constatos
imposibles para poner a prueba las otras capas del contrato las cláusulas de incumplimiento o el
sistema judicial si pero como digo eso ya es un debate más metajurídico yo ni siquiera ha entrado
ahí sino que me he quedado en aplicar los principios anales del derecho que vienen del derecho
romano que son los que también los defensores del cruce de la caja del 100% suscriben y dentro
de esos principios la imposibilidad ha de ser absoluta es decir nadie el hecho en sí ha de
ser imposible de cumplir y entregar cien onzas de oro cuando te lo pida tu acreedor no es
perse imposible de cumplir luego lo de la simulación causal si es que es gracioso la simulación
causal no se dan cuenta de que están acusando a todo el mundo que usa sustitutos monetarios de fraude
de estafa o de ser tontos de no darse cuenta de lo que están haciendo entonces dan ganas de mirarles
y nos vemos en los tribunales o que cuando me vas a llevar los tribunales o te llevo te llevo yo a
ti por acusación falsa pero luego es que dicen claro su mente es de teorías muy sencillas solo
se tiene dinero y dinero dinero dinero porque es lo que más reduce la incertidumbre y dice ya pero
eso no es todo en la vida chicos los costes de transacción importan y tienes otros riesgos si tienes
dinero si tienes dinero encima te lo pueden robar entonces tienes ahí una incertidumbre un riesgo
mientras que si no tiene nada más que una tarjeta de crédito pues te tendrían que torturar y
obligarte a que digas el el código el pino llevarte con ella y a que pagues entonces hay otros medios
de pago que reducen la incertidumbre o que reducen los costes de transición de otra manera no puedes
ir solo a la teoría de el dinero es lo más porque lo reduce la incertidumbre y lo tiene todo y las
otras cosas no tienen no tienen nada has dicho una cosa que me parece que no está del todo bien
dice que los sustitutos perfectos cotizan a la par las cosas cotizan a la par en el presente pero
el problema de la deuda es que puede cambiar su cotización mientras que una onza de dólar es una
onza de dólar es una onza de dólar un billete que hoy cotiza la par mañana podría no hacerlo pero
importante no es que cotice ahora si no ahí estoy utilizando la terminología de mises que es
tautológica en ese sentido porque el define sustituto monetario perfecto si cotiza la par pero
que es absurdo el mismo activo financiero cuando deja de cotizar a la par deja de ser perfecto lo cual
es una cuestión de definición pero además es absurdo porque no dejaría de ser perfecto simplemente
habría que ser suficiente inteligente para decir esto aunque diga 100 en realidad son 80 y en 80
ya es perfecto o sea que mises diga que los sustitutos monetarios perfectos son aquellos que cotizan
a la par pues es una definición que puede ser nos puede gustar más o menos pero bueno puede estar
bien lo que pasa que luego añade y sólo cotizarán a la par aquellos que sean a la vista y que se
perciban como absolutamente seguros y eso es lo que digo que es falso porque pueda haber activos que
no sean a la vista o que no sean percibidos como absolutamente seguros que cotizan a la par o
incluso con prima hay un riesgo cero de que el gobierno alemán quiebre en un mes pues hombre
yo diría que es un riesgo bajísimo pero cero no existe nada a cero en la vida ahora es un riesgo
al que yo le de una importancia relevante como para hacer o comparar con descuento su deuda no
entonces yo puedo pensar que un activo no es totalmente libre de riesgo o no ser un activo
a la vista y aún así cotizar a la par o con prima una última cosa que has dicho no sé si lo has
dicho afirmándola tú o porque es lo que dicen ellos porque esto es lo típico que dice robert murphy
dice que hay dos tipos de bancos los bancos de depósito como para guarda y custodia y los
intermediarios financieros el banco de amistad también su origen era un banco de depósito
si llamarlo almacén de dinero si quieres vale pero los bancos no almacenan dinero por almacenar
dinero que podría ser una función sino que almacenan dinero y luego usan ese almacenamiento de
dinero para transferir su propiedad entre sus distintos clientes que lo importante es al final
que gestionan pagos es decir almacenan el dinero según ellos mismos para gestionar pagos si pero
si cabid no es que la gente almacena el dinero y hoy ahora tengo que hacer un pago sacó el dinero se
lo doy al otro y el otro vuelve a meterlo en el banco o el otro si cabido bancos cuyo propósito era
evitar que circularan las monedas de oro ya no por por tener que también por tener disponibilidad de
sugerir en distintas plazas que eso era lo lo importante en muchos casos sino para evitar el
desgaste de las monedas al círculo y ahí sería un depósito almacén almacén de vale vale pero que
yo más que el es que no estás mencionando hay dos tipos de banco depuesto de intermediarios
financieros falla uno de los bancos o una de las funciones más que tipos de banco es gestión de
pagos sí pero eso es la de intermedio financiero cuando emite sus institutos monetarios centralizados
creo que si llamas a gestión de pagos intermediación financiera la gente se va a quedar no es que la
gestión de pagos y cobros es la consecuencia de ser intermediados financieros no puedes gestionar
pagos y cobros sin ser intermedios o no con sus institutos monetarios vamos si yo te entiendo
pero suena raro bueno yo es que prefiero decir que los bancos son sólo intermediados financieros y
que en el desarrollo de su función de intermediados financieros también gestionan pagos y cobros pero
que no es una función separada y distinta de la intermedia financiera muchas gracias profesor
por la exposición y algunas cosas que que de hecho estoy de acuerdo que la crítica del cien por cien
a la resa fraccionaria no no está o algunas críticas no son correctas por ejemplo que es ilícito la
resa fraccionaria porque crea inflación pues efectivamente la inflación entendida como subida
de precios se podría generar o también como incremento la oferta monetaria en cualquier
tipo de economía sin reserva fraccionaria también y también estoy de acuerdo con francisco que la
diferencia que hace usted del banco de posito y banco como cría intermediario financiero es muy
parecida a la que a la que hace murphy pero también rodbard en el misterio de la actividad bancaria
creo que la diferencia ahí está que roba diría que la deuda emitir deuda a la vista es una
contradicción lógica donde todavía me quedan algunas que no me convence sus argumentos en
temas jurídicos primero es que dice que el plazo es esencial o sea determinar el plazo es esencial
para la determinación de un contrato la idea es que el plazo determinar el plazo es esencial no para
todos los contratos sino sólo exclusivamente para el contrato de préstamo el contrato de posito no
hay plazos y además no tiene que ser explícito puede ser implícito de la huerta de sota en dinero
que bancaria dice que puede ser implícito pero que concierne la la contrat cualidad que es imposible
de cumplir estoy de acuerdo que hay distinción entre imposibilidad de cumplimiento absoluta y el
otra relativa pero si uno por ejemplo lee el libro de de pascuale copa azucar y que es el depósito
irregular la la esencia del depósito de cuando te positas el dinero es que tú tienes la disponibilidad
no simplemente cuando tú vas a pedir solo al banquero sino tienes en continuamente a tu plena
disposición entonces la pregunta es cómo puedes tenerlo siempre en en que tienes cómo puede ser
que el depositante tenga la disponibilidad plena y continua del dinero si al mismo tiempo el banquero
puede emplearlo en sus negocios particulares por lo que conciera es que eso es un contrato de
depósito de guardia y custodia yo he coincido en que si el banquero que proporciona servicios de
banca de almacén con depósitos de guardia y custodia utiliza el dinero que ha sido depositado
así que hay una propiación ilícita evidentemente una propiación de vida pero yo no estoy hablando
de eso estoy hablando de una deuda a la vista con la deuda a la vista en qué momento se garantiza
la disponibilidad plena y permanente del dinero si no ha habido una traslación de dinero una traslación
de dinero es decir si yo le digo a él te voy a pagar cien onzas de oro cuando tú me las pidas
eso es una deuda a la vista yo le estoy garantizando a él que tengo las cien onzas de oro de las
cien onzas de oro ahora no estoy diciendo que cuando él me lo pida ahora en un mes en un año
en diez años yo le tendré que dar cien onzas de oro a la vista se entiende que que en cualquier
momento es a que él no pierde la no no no esto es una crítica etimológica que sí le voy a hacer
a huerta de soto porque huerta de soto dice que a la vista significa que está ahí a la vista no
ese no es el origen ese ese ese no es el origen del término a la vista a la vista viene de a la
presentación del título que acredita que tú puedes cobrar a la vista del documento es decir
cuando lo pida el acreedor de hecho en inglés es mucho más claro es de mandlo un es decir un
préstamo a la demanda lo cobro cuando me lo demandes ahí no hay nada implícito de que yo
tenga que tener en todo momento el dinero que me he comprometido a darle a la vista a la orden
simplemente me he comprometido que cuando me lo pidas te lo daré ya lo entiendo pero entonces
antes que que venga él a pedir por él por el dinero entonces es un préstamo hasta ese punto
no es una deuda cuidado préstamos que yo no un préstamo por parte del depositante al depositar
o sea que el dinero es del banquero hasta que él viene a retirarlo a ver no toda deuda surge de un
préstamo que esto cuarta de soto en el libro dice depósito y préstamo hay más contratos que eso
el préstamo es yo te doy dinero y tú me lo tienes que devolver eso es un préstamo aquí yo he
dicho te prometo que te daré cien onzas de oro él no me ha dado cien onzas de oro ni nada yo me
he comprometido a darle el cien onzas de oro no ha habido ninguna traslación real de ningún objeto
por tanto no hay transferencia de propiedad ni falta de transferencia de propiedad y no hay ni
disponibilidad ni disponibilidad hay compromiso de dar cuando él me lo pida cien onzas de oro y
evidentemente si yo quiero cumplir con mi contrato cuando él me las pida tengo que tener las cien
onzas de oro pero cuando él me las pida no en todo momento hasta que él me las pida pues entonces
antes que las pida podemos decir que el dinero al final es propiedad del banquero hasta que él no
la pida pero qué dinero si aquí no hay si yo si yo te digo no vale pero si yo te digo te debo cien
onzas de oro que dinero es propiedad de quien hay si no hay dinero o sea no estamos hablando del
caso de depositante que deposita el dinero sí pero es que insisto yo no estoy discutiendo el
contrato de depósito y guarda y custodia eso lo acepto yo digo que hay otras formas de articular
la defraccionaria que no pasan por el depósito de guarda y custodia pero estamos a la vista que
ahí se hay una transferencia de una cosa y deuda a la vista que ahí ni siquiera hay transferencia
de nada yo podría prometerle te voy a dar 10 millones de euros a la vista yo no he tenido nunca
10 millones de euros y probablemente nunca los vaya a tener entonces eso no es una disponibilidad
de dinero de ningún tipo de quién es de quién son esos 10 millones de euros si es que no los he
tenido no que sí podría hacer un último es sobre la parte económica que la la la problema el
problema del 100 porciones que con un aumento de la demanda de dinero pues la oferta sería rígida y
que entonces los como los precios no son flexibles pues hay hay un problema de desempleo y todo eso
primero o sea lo que los precios son flexibles no se puede saber de de de antemano o sea depende
de cómo los agentes determinan en cada contexto particular y no se puede saber atrás de la de
la teoría por segundo y usted dijo que distors puede distorsionar los precios relativos pero
también el incremento de la oferta de dinero a través de emisión de sustitutos monetarios puede
y de hecho hace que los precios relativos cambian igual en detrimento y muy probablemente en
detrimento de las preferencias de los consumidores en su libro los errores de la vieja economía
dice que puede ser que la persona es demanda más dinero por incertidumbre porque no le gusta la
estructura de producción como está y entonces el hecho que baje los precios es algo que hace
liquidar que hay un montón de empresas se liquidan pero esto va en favor de las preferencias de los
consumidores si el banco entonces puede emitir sus turmonetarios haciendo bajar el tipo de interés
eso quiere decir que esas empresas que antes para los consumidores deberían desaparecer siguen
continuando o sea que cómo se soluciona es una muy buena pregunta pero no primero que podría
haber rectificado desde los errores de la vieja economía pero no no lo he hecho y me mantengo el
atesoramiento es una la demanda de dinero es importante para liquidar empresas que no generan
valor el problema es si un banco refinancia a empresas que no generan valor ese banco va a
sufrir una corrida bancaria porque los acreditores van a decir estás dando financiación a empresas
insolventes e líquidas y por tanto el banco va a caer ahora imagínate que el banco lo que hace
es dar financiación a empresas que producen bienes que en cualquier contexto van a tener una demanda
muy amplia es decir en lugar de que digamos el precio relativo si quieres que se modifica es el tipo
de interés o el tipo de descuento para financiar operaciones muy seguras ya muy corto plazo ahí
si ahí estás favoreciendo la producción de bienes con mucha demanda porque los consumidores
quieren esos bienes quieren tener reserva de liquidez y cómo se reserva la liquidez con reservas
de bienes muy líquidos con demanda muy amplia por tanto ahí sí que habría un cambio de la
estructura productiva que la reserva fraccionaria no impediría la reserva fraccionaria lo potenciaría
dando financiación a esos negocios líquidos y no se la daría a los negocios que han perdido el
favor de los consumidores y que no tienen demanda en el mercado insisto porque si yo finanzé un
negocio sin demanda en el mercado se cae el negocio y se cae el banco
pero entonces sería un problema de descalce de plazos
ya no reserva fraccionaria ella sería un problema de descalce de plazos si es que lo hacen y lo harán
normalmente si hay un sistema institucional que proteja a los agentes contra la liquidez sino yo no
veo a otros empresas que no sean bancos deteriorando exageradamente su liquidez lo hacen porque hay un
banco central detrás hay un gobierno detrás que lo rescata bueno pues muchísimas gracias
juan y muchísimas gracias al resto por venir tres cosas antes de irnos la primera es si nos hacemos
una foto como el año pasado de grupo así navideña y la segunda es que tenemos el libro de juan para
quien lo quiera y la tercera es que la cena empieza ya mismo cuando nos hablamos de aquí en el restaurante
de enfrente del bombín y si no recordáis lo que pedisteis de plato principal decídmelo porque lo
hemos apuntado para que luego no pase de que yo pedí carne y el lado no tiene pescado y ese rollo