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Arxiu/ARXIU 2003/PROGRAMES 2003/


Transcribed podcasts: 200
Time transcribed: 10d 11h 32m 48s

Unknown channel type

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Tarragona Radio, Tarragona Radio
Entre amics, las voces del sur aquí, Tarragona Radio
Hola, buenas tardes, bienvenidos sean todos a su programa Entre amics
De todos los miércoles de 8.30 a 9 de la noche, ahora mismo son las 20.33
Hoy tenemos un programa muy interesante
Atención para todos los inmigrantes nacionalizados o no nacionalizados
De estos países, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Cuba, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Chile
Ha salido un artículo muy interesante en el periódico
El domingo, día 4 de mayo
En donde un juez de Barcelona
Encargado del registro civil de Barcelona
Llamado Fernando Alberti
Ha dado ya más de mil nacionalidades
A hijos de padres inmigrantes
Estén estos nacionalizados, regularizados o estén en estos momentos indocumentados
Esta es una medida que a mí particularmente
Y con todos los inmigrantes que lo he comentado
Pues les ha sorprendido
Y nunca habían escuchado que se den nacionalizaciones a niños
Tenemos hijos de padres irregulares
Pues para hablar de este tema
¿Ya le tenemos en línea?
Vale, tenemos a César en línea
Pues vamos a esperar un momentito
Porque tenemos un abogado
Y ahora mismo les localizamos
Te diré
Soy tan feliz cuando estoy cerca de ti
Que no me acostumbro
Si no escucho el verde
De tu voz ya lo ves
Nada es igual
Todo es frío
Si no estás
Palomita blanca
Llévale en tus alas
Mi canción
Dile que las noches no han callado
Pues ya tenemos en el aire
A nuestro abogado Carlos Prieto
Hola, buenas tardes
Hola, buenas tardes
Carlos es
Trabaja también
Colabora también con la oficina
Diosesana de inmigración
En efecto
Con la comisión Diosesana de inmigración
De Cáritas
De Cáritas
César Augusto
Hola, también estás ahí
Hola Consuelo
¿Cómo estás?
Carlos, buenas noches
Hola, buenas noches
Carlos, él es un
Un colega tuyo
Porque también es
Es abogado
Entonces verás
Este artículo que ha salido
En el periódico
Bastante interesante
¿No?
Y abren muchas puertas
Para que otras personas
También se animen
Y es que este juez
Encargado del registro civil
De Barcelona
Ha dado ya
Más de mil nacionalidades
Es decir
Ha convertido en españoles
Durante el año 2002
Entonces
Este es un fenómeno
Que se ha disparado
Y que en la última instancia
Supone ese importante beneficio
Para los progenitores
Porque impide su expulsión
A la vez que le facilita
La obtención
De permisos de trabajo
Y residencia
Sí, en efecto
Más bien
Lo
Lo primero
Que lo segundo
Que facilite
El permiso de trabajo
Y residencia
Siempre que
Uno de los progenitores
Se pueda acreditar
Que el menor
Vive a sus expensas
En el caso
De que los dos
Estén aquí
No habría problemas
En el caso
De que los dos padres
No sean españoles
Y el niño
No sea español
En este caso
Sí que podrían
Obtener una exención
De visado
Por ser ascendientes
Directos
De un menor español
Que vive a sus expensas
Y algo muy importante
Es que estas nacionalizaciones
No se rigen
Por la ley de extranjería
Sino por el código civil español
Y la constitución
En efecto

Es que el derecho
A nacionalidad
Es derecho civil
Y no afecta
A derechos administrativos
Como sería
El derecho de extranjería
Son regímenes
Completamente distintos
Independientes
Uno de otro
Siempre vemos
Que una persona
Sea o no legal
Puede casarse en España
Sea o no legal
Puede
Lógicamente
Heredar
O comprar
O vender
Porque son derechos civiles
Que no quedan afectados
Por la legalidad
Y en este caso
Vamos hablando
De un derecho de nacionalidad
Que depende
No solo del derecho español
Sino también
De derechos extranjeros
Que vienen a aplicarse
En España
Porque el derecho español
Ya lo prevé así
Carlos
Consuelo
Me gustaría de pronto
Hacer una aclaración
En lo que tú
Habías dicho inicialmente
Que era que
Se han nacionalizado
Cerca de mil niños
No es que se hayan nacionalizado
Es que estos niños
Por el hecho de nacer
En territorio español
Son españoles
De acuerdo con la constitución española
Ellos se acreditan
Como españoles
Lo único que se ha hecho
Es registrarlos
Como españoles
Teniendo en cuenta
Que los países
De origen
De sus padres
Permiten
Porque las constituciones
Y el derecho civil
De estos países
No les otorga
La nacionalidad
Por el solo hecho
De ser hijos
De nacionales
De esos países
Sino que además
Tendrían que nacer
En estos países
De origen
Al no hacerlo
El país
Donde ellos nacen
Es el que les va
A otorgar
La nacionalidad
Entonces por consiguiente
Simplemente
Se registran
Y son nacionales españoles
Pero esto es
En la teoría
Porque según dice
También aquí
En la entrevista
Los padres
Si que pueden
Inscribir a esos niños
En los consulados
De sus respectivos países
¿No?
Claro
Y solicitar
Y solicitar
La nacionalidad
Del país
De los padres
Exacto
Del país de origen
De sus padres
También lo pueden hacer
Pero es obvio
Que en las situaciones
En que se encuentran
O nos encontramos
Muchos inmigrantes
En España
Pues lo más ventajoso
Es que ese hijo
Que nace aquí
Y que puede
Acceder a la nacionalidad
Española
Pues lo haga así
Entonces simplemente
Se registra
El día de mañana
Con algunos países
Que hay pacto
De doble nacionalidad
Pues se puede solicitar
La nacionalidad
De ese país
De origen
De los padres
Sin perjuicio
De que vayan
A perder
La nacionalidad
Española
Y esa es la gran ventaja
De la mayoría
De estos países
Que regulan
La nacionalidad
Como un derecho
Que se adquiere
Por el suelo
En el que se nace
¿No?
Que la mayoría
Son países latinoamericanos
Con los cuales España
Tiene convenios
De nobre nacionalidad
Es decir
Que la persona
El recién nacido
En España
Que acabe siendo español
En aplicación
De estas normas
Luego
No será difícil
Que pueda recuperarse
No recuperarse
Sino adquirir
La nacionalidad
De sus padres
Si luego volviese
Al país de origen
En el futuro
¿No?
Eso ya dependería
De todos modos
De las normas
De cada país
Porque sí que está claro
Es que no es
Que sea nada especial
Ni una ley nueva
Ni es sencillamente
Pero más bien desconocida
Sí, es desconocida
Y quizá poco aplicada
Claro, este es un problema
Carlos
La poca aplicabilidad
Que se le da
Y la falta de información
Tanto por parte
De los funcionarios
Del Estado español
En el momento
En que los inmigrantes
Piden información
Porque no la dan
O muchos
Llegado el caso
Llegan a hacer la solicitud
Y entre vuelta y vuelta
Los despistan
Como decimos nosotros
Y la persona
Da por hecho
Que no lo puede hacer
Entonces es simple
Y ya no es conocimiento
Y falta información
Por parte de
De las entidades
Y de las autoridades estatales
Es cierto
Que es un expediente
De presunción
No es muy
No es una norma
Muy conocida
Entre los funcionarios
Porque hay que reconocer
Que no deja de ser
Un fenómeno
Más o menos nuevo
Es decir
Los inmigrantes
Sí que hace años
Que ya van viniendo
Pero que ya se estabilicen aquí
Que nazcan los niños aquí
Pues no deja de ser
Un fenómeno
Pues no suficientemente
Consolidado
Como para que ya
Todos los funcionarios
Lo conozcan
Y puedan sin más
Dar una información fiable
La verdad es que
La norma es antigua
Ya se ha estado aplicando
Desde hace muchos años
Pero bueno
Vemos que es noticia
Algo que es natural
Que es correcto
Y que es una norma
Que no tendría por qué ser noticia
Simplemente es la aplicación
Del código civil
Que tiene vigencia en España
Y que ha tenido vigencia
Desde hace muchos años
Hay que tener muy en cuenta
También
En alguna ocasión
Yo hice esta pregunta
Y se lo comentaba
A algunos funcionarios
De extranjería
En la subdelegación
De Tarragona
Y simplemente me decían
Que no se podía hacer
Así
No más
Entonces
Si uno
Que está pendiente
Informándose
Buscando información
Leyendo
Y que está más o menos
Metido en el medio
Tratan de despistarlo
Y muchas veces
No intencionalmente
Sino también
Por el desconocimiento
De estos funcionarios
De la norma
Imagínense lo que puede pasar
Con el inmigrante
Que no tiene
Esta información
Que no tiene
La forma de acceder
Irregular
Indocumentado
Entonces
Definitivamente
La gente pierde
Todo contacto
Que se tenga en cuenta
Que no es una norma
Además
Que deba ser
Tampoco
Conocida
Por los funcionarios
De la subdelegación
De gobierno
Porque es algo
Que afecta
Al registro civil
Es decir
Que es otro tipo
De funcionarios
No estamos hablando
De temas de extranjería
Estamos hablando
De la nacionalidad
Del niño
O sea
El niño
No es que sea legal
O ilegal
Será español
Y por tanto
Ya no cabe hablar
De un permiso
De residencia
Claro
Yo reconozco
Que como todo
Está muy ligado
Es una cosa
Una cuestión
Que se puede plantear
En la subdelegación
De gobierno
Pero que
Los funcionarios
No la saben resolver
Porque tampoco
Es su competencia
Claro
Los problemas
De nacionalidad
Son problemas
Del registro civil
Y quizá
Lo que tendrían
Que hacer
Los funcionarios
De la subdelegación
De gobierno
Es derivar
A esos inmigrantes
Que hacen esas preguntas
Al registro civil
Claro
Por lo menos
Dar la información
De quién les puede dar
El dato correcto
Además
Estas
Como dicen
Que no es tan fácil
Porque incluso
El fiscal
Recurrió varias veces
Con estas nacionalizaciones
Y en donde
El juez dice
Que no son turistas
En tránsito
Sino que son inmigrantes
Que ya vienen
Con un propósito
De estancia permanente
Que no es algo
Que no es algo
Que se otorga
Así
Tan fácil
Porque el concepto
De residencia
Es un concepto
Muy amplio
Que admite
Muchas variantes
Claro
Yo me imagino
Que el fiscal
Lo que venía a decir
Es que como no tenían
La residencia regularizada
No se podía decir
Que realmente
Este menor
Pues
Iba a quedarse
En España
De una manera prolongada
Porque
Teóricamente
Los padres
Solo podrían quedarse
En España
Lo que admitiría
El visado de estancia
Si lo tenían
O en el caso
De que no les hubiera
Hecho falta
El concedérselo
Pues los tres meses
Que se puede estar
En estancia
Pero claro
El juez imagino
Que con
Las pruebas
Que se practicase
En el expediente
Ya vio
Que la intención
De los padres
Era permanente
En España
Claro
Que no venían
Como turistas
Independientemente
De la calificación
Administrativa
Que tenga
Esa relación efectiva
Que tienen con el país
Es igual que haya un papel
Que diga
Que uno
Es residente
Si uno quiere vivir
En España
Para un juez
Eso es lo que vale
Porque la residencia
Es un concepto administrativo
Y
La relación efectiva
De permanencia
En un país
Es un concepto
Es una situación
De hecho
Que va a valorar
El juez
Con total independencia
De las normas administrativas
Entonces
Es libre
En esto
Lo importante
De todo esto
Carlos y Consuelo
En este momento
Es promulgar
Y dar a conocer
Este trámite
Que se está efectuando
Y que los inmigrantes
Y quien se encuentre
En esta situación
Pues hombre
Sepa donde recurrir
Y que sepa
Que realmente
Puede adelantar
Algún tipo
De trámite
Con respecto
A la nacionalización
Le recordamos
Le recordamos
Los países
Que está permitido
Hacerlo
Solo son
Argentina
Bolivia
Brasil
Colombia
Cuba
Ecuador
Paraguay
Perú
Uruguay
Y Chile
Es porque
Estos países
Se rigen
Por el
Iruxoli
Derecho del suelo
Porque otorgan
La nacionalidad
Cuando el nacimiento
Se produce
Dentro de sus límites
Territoriales
En efecto
Al contrario
De países
Más bien
Del entorno europeo
En los que
El sistema
De adquisición
De la nacionalidad
Es justamente
El sistema contrario
Que sería
El de derecho
De sangre
En España
La mentalidad
Jurídica
Es que
Uno es español
Solo si lleva
Sangre española
Pero
Justamente
Porque sabemos
Que hay
Países
En los que
Eso no
Es así
Se permite
Mediante
Este expediente
De nacionalidad
Que aquellos
Países
Que no dan
La nacionalidad
A los descendientes
De sus nacionales
Por el hecho
De que no han nacido
En su suelo
Pues puedan adquirir
La nacionalidad española
Por una aplicación
Indirecta
De ese derecho
Y también
Se reconoce
En parte
Una adquisición
Por derecho
De suelo
En este caso
Especial
Algunos
De los países
Que no
Conceden
O que no se puede
Conceder la nacionalidad
Porque están
Regidos
Por el
Iruxanguis
Que es el derecho
De sangre
Son
Honduras
Venezuela
República Dominicana
El Salvador
Y Nicaragua
Esto hablando
De países
Más o menos
Del contorno
Latinoamericano
Que no pueden
Acceder
Los extranjeros
Que estén
En el país
Y tengan hijos
Nacidos acá
No van a poder
Por ahora
Acceder
A que le sea
Reconocida
Su nacionalidad
Española
Porque realmente
Su país de origen
No
Su código civil
No se los permite
Entonces
Hay dos
Dos casos
En los que
Si se puede
Hacer
La nacionalidad
Por ejemplo
Son
Si ambos
Padres
Carecen
De nacionalidad
O si la
Legislación
De sus países
De origen
No le atribuye
Al hijo
Una nacionalidad
Entonces
Carlos
Yo te pregunto
En cuáles
Dos casos
Ambos padres
Pueden
Carecer
De nacionalidad
Estos son casos
Más
De laboratorio
Podríamos decir
No son casos
Que nos vayamos
A encontrar
Muy a menudo
Por ejemplo
Las personas
Que pueden
Carecer
De nacionalidad
Son aquellas
Personas
Provenientes
De países
En los que
Ha habido
O bien
Conflictos
Bélicos
O bien
Problemas
Por secesiones
Escisiones
Hay algunos
Ejemplos
Típicos
En antiguas
Repúblicas
Exsoviéticas
Que pasaron
A ser
Independientes
Pero que
Promulgaron
Unos derechos
De nacionalidad
Bastante complejos
Para evitar
Traslados
Masivos
De población
De una
De las
Repúblicas
A la otra
Y
Nos encontramos
Con que hay
Algunas lagunas
En estas
Legislaciones
Que impiden
A determinadas
Personas
Adquirir
Ninguna
Nacionalidad
Pasa
Por ejemplo
Me he encontrado
Con casos
De armenios
Y de georgianos
Que vivían
En Rusia
Me estuviste
Comentando
De una
Chica
Marroquí
También
Bueno
Ese sería
Un caso
Del segundo
Supuesto
O sea
El caso
De que no
Carezcan
De nacionalidad
De los padres
Sería ya
En casos
De conflictos
Más bien
Bélicos
O problemas
De independencias
De países
Pero
Podríamos
Anotar
Ahí también
Que muchas
Veces
Cuando no
Existe
El pacto
De doble
Nacionalidad
Cuando se
Quiere una
Segunda
Nacionalidad
Que se
Pierde la
Primera
Nacionalidad
Y por alguna
Causa
Posterior
Esa
Nacionalidad
Adquirida
También se
Pierde
En este
Momento
La persona
Queda
Pátrida
También
Entonces
Es el
Caso
Por ejemplo
De las
Personas
Que adquieren
La
Nacionalidad
Española
Y tienen
Que renunciar
A su
Otra
Nacionalidad
Originalia
Y
Por alguna
Tramitología
O
Por
Como podemos
Saber
Que los
Inmigrantes
Caemos
Nuevamente
En la
Ilegalidad
Asimismo
Por alguna
Causa
Podemos
Perder
La
Nacionalidad
Española
En ese
Momento
Nos
Convertimos
En
Apatria
Y
Es
Una
De las
Circunstancias
Que nos
Va a
Permitir
También
Solicitar
La
Nacionalidad
O
Perdón
Que nos
Registe
Como hijos
Españoles
Los
Nacidos
Acá
En cualquier
Caso
Son
Son
Situaciones
Bastante
Ahora
Luego
También
Uno
De los
Casos
De
Apatria
Que
Acabó
Resolviéndose
Con un
Expediente
De
Presunción
De
Nacionalidad
Como los
Que habíamos
Hablado
Era
El
Caso
Por
Ejemplo
De
Una
Madre
Marroquí
Soltera
Sin
Padre
Y
Reconocido
Que
El
Consulado
Marroquí
Barcelona
No
Facilitaba
La
Nacionalidad
Marroquí
Al
Niño
Por
Toda
Una
serie
de
razones
Finalmente
Este
Caso
Bueno
El
Niño
Se
Legalizó
En
España
Como
Apátrida
Ante
Esa
Situación
Pero
Al
Final
Si
Se
Consiguió
Si
Se
Consigue
Que
El
Consulado
Realmente
Certificase
Que
Era
Imposible
Conceder
La
Nacionalidad
Al
Niño
Por
La
razón
Que
Fuese
En
Aplicación
De
Los
Derechos
Nacionales
Pues
Al
Niño
Se
Le
Puede
Hacer
Español
Por
La
misma
Vía
Que
Más
Raros
Pero
La
Verdad
Es
Que
El
Caso
Más
General
Sería
El
De
Los
Países
Latinoamericanos
Que
Han
Sido
Muy
Generosos
En
La
Recepción
De
Inmigrantes
En
El
Pasado
Y
Que
Por
Tienen
Unos
Derechos
De
Nacionalidad
Muy
Abiertos
Por
Medio
De
Los
Cualquiera
Nacido
En
Ese
País
Es
De
Ese
País
La
Consecuencia
De
Esta
Afirmación
Es
Ni
Argentinos
Ni
Uruguayos
Ni
Peruanos
Y
Entonces
Conseguimos
Que
Sean
Españoles
Para
Que
No
Se
Les
Prive
De
Una
Nacionalidad
Es
Que
Es
Uno
De
Los
Derechos
Del
Niño
Tener
Una
Nacionalidad
Evidentemente
Claro
Porque
Esto
Lógicamente
Supone
Una
Relación
Íntima
Con
Algún
Estado
Del
Mundo
Que
Le
Permite
A
Uno
Completar
Sus
Derechos
De
Ciudadanía
La
Patria
No
Deja
Ser
Una
Situación
Muy
Negativa
Solo
Crea
Problemas
Claro
César
Alguna
Cosa
Bueno
No
Definitivamente
Vuelvo
Y
Te
Repito
Consuelo
Lo
Más
Importante
Y
Desde
Este
Medio
Aprovecharlo
Al
Máximo
Para
Difundir
Y
Tratar
De
Asesorar
Y
Por
Lo
Menos
Enviar
A
Las
Personas
Que
Se
En
Estas
Situaciones
Hacia
Las
Personas
Que
Les
Pueden
Prestar
Asesoría
Y
Les
Termino
Todas
Sus
Gestiones
Es
El
Caso
De
Carlos
Y
El
Caso
De
Muchas
Instituciones
Que
Realmente
Prestan
Asesoría
A
Los
Inmigrantes
Se
Te
Escucha
Un
Poco
Mal
César
Carlos
Preguntarte
Esto
Si
Las
Personas
Que
Se
En
Esta
Situación
Las
Madres
Los
Padres
Que
Están
En
Esta
Situación
Aquí
En
La
Zona
De
Tarragona
A
Donde
Se
Deben
Dirigir
Bueno
Para
Estos
Casos
En
Particulares
Que
Son
Bastante
Complejos
Pues
Lógicamente
Les
Puedo
Recomendar
Que
Se
Dirijan
A
La
Oficina
De
La
Comisión
De
Migración
En
Cáritas
Donde
Yo
Mismo
Les
Puedo
Atender
Los
Jueves
Por
La
Tarde

Que
Es
Un
Poco
Difícil
Llegar
Allí
Porque
Hay
Mucha
Gente
Y
Hay
Que
Pid
Hora
Y
Hay
Veces
Que
Uno
Tiene
Que
Esperar
Un
Par
De
Semanas
Pero
Realmente
Yo
Creo
Que
Vale
La
Pena
Siempre
Tener
Una
Información
Fiable
Bien
Por
Nuestra
Parte
O
Bien
Por
Otras
Instituciones
Que
La
Puedan
Ofrecer
Y
Desde
Luego
No
No
Desesperar
No
Desengañarse
Y
Tampoco
Dejarse
Engañar
Porque
Hay
Que
Reconocer
Que
Lo
Que
He
He
Visto
Es
Que
Hay
Poca
Ética
Muchas
Veces
A la
Hora
De
Informar
A
Inmigrantes
Sobre
Estos
Temas
Que
No
Se
Suelen
Conocer
Demasiado
Bien
Y
Se
Dan
Bueno
Recomendaciones
Equivocadas
Y
Además
Pues
Bueno
Se
Abusa
Quizá
De
Una
Situación
Un
Poco
Marginal
Para
Cometer
Algunos
Abusos
Que
No
Serían
Correctos
Por
Eso
Es
Mejor
Siempre
Antes
De
Nada
Informarse
Porque
Informarse
No
Cuesta
Nada
Uno
Ya
Toma
Pueden dar la dirección
Uno puede
Decidir
Si
Quiere ir
A un abogado
Particular
O hacerlo
Por su cuenta
O hacerlo
A través de una institución
La dirección
De la Comisión
Diosesana
De Migración
Está en la sede
De Cáritas
En Prat de la Riva
Prat de la Riva
Esquina
Con
La calle
Padre Palau
Y el teléfono
Es el
977
24
23
37
Allí se les puede atender
La consulta
Siempre es gratuita
Y se da
Información básica
Sobre estos temas
Yo creo
Consuelo
Que es lo más importante
Y lo que tenemos que puntualizar
Muchísimo
Es esa búsqueda de información
Y no solo recurrir
A una sola persona
La gente tiene que recurrir
A varias fuentes
Para formarse una idea
Y real
De lo que está sucediendo
Porque
Así no sea
Con mala intención
Hay personas
Que no pueden
Prestar la información
Y así
La prestan
Pero es una información
Que no es real
Una información falsa
Entonces la persona
Se va mal informada
Y es mucho peor
Que si no
Buscar información
Entonces por favor
Soliciten varias fuentes
Visiten varias personas
Que los informen
Y saquen una conclusión
Y miren
Cómo realmente
Pueden solucionar
Su problema
Basándose en estas
Informaciones
Que han recibido
Muy bien
Pues ya casi
Para finalizar
Nos quedan
Unos momentitos
Decirle también
A las personas
Que aunque se encuentren
En una situación irregular
Aunque no tengan
Sus papeles en regla
Pueden obtener
Las nacionalizaciones
De sus hijos
Se pueden acercar
¿Verdad que sí?
A pedir información
Carlos
Sin el temor
De que les sean
Devueltos
A sus países
De origen
Bueno
A menos
Se pueden acercar
A todo tipo
De instituciones
Privadas
Siempre se les atendrá
Sin ningún problema
Y el lugar
Adecuado
Para pedir información
Sobre nacionalidad
Es el registro civil
Son los juzgados
Dependientes
De los registros civiles
Y allá
Desde luego
No se tiene
Por qué aplicar
El derecho de extranjería
Que es un derecho
Que aplican
Los funcionarios
Que dependen
Del Ministerio de Interior
No del Ministerio de Justicia
O sea que también
Son lugares
En los que aunque haya
Un control
De la Guardia Civil
A la puerta
Pueden entrar
Con toda tranquilidad
Que no tienen ningún temor
No digo ya
La subtelegación de gobierno
Quizá no sea un sitio
Tan
Según
Es conveniente
Es que no
No hay problemas
Tampoco
Pero
Pero hay que tener
Muy en cuenta
Carlos
Que mientras se busca
La información
Y no se ha gestionado
El registro
De ese menor
De ese nacido
En España
Y los padres
Están
Sin documentos
Pueden tener
O correr el riesgo
De que
Sean aprehendidos
Y repatriados
Entonces
Lo importante
Es que traten
De buscar primero
La información
En unas fuentes
Diferentes
Ya decía Carlos
En los mismos juzgados
En los mismos organismos
Privados
Antes de
Comenzar cualquier gestión
Y luego de haber
Comenzado las gestiones
Hombre
Comenzar a ver
Cómo van a tratar
De solucionar
Sus problemas
De falta de documentación

Está claro que hay
Una primera cosa
Que es la nacionalidad
Del niño
Y luego
A posteriori
Ya la regularización
Administrativa
De los padres
Exacto
Ese es más o menos
El orden que tienen que seguir
Y que
Hombre
Si lo invierten
Pueden tener
Algún tipo de problema
Es más peligrosa

Pero no
No los asustemos
No
Yo prefiero dar
Siempre un mensaje
De tranquilidad

Los mismos funcionarios
De la subdelegación
De gobierno
Están atendiendo
Y dando información
Constantemente
A personas que
Bueno se presentan
Allí en situación
Ilegular
Pero es lógico
Es decir
España no expulsa
Por sistema
Yo pienso que
Hay que provocar
Un poco la situación
Para que uno se vea
En esa situación
De una expulsión
Y por esa parte
Nosotros hemos estado
Hasta muy bien servidos
Porque Cataluña
Se ha comportado muy bien
Con los extranjeros
Y con los inmigrantes
Y no se han venido
Dando esas expulsiones
Masivas
Como vienen dando
En otras comunidades
Donde realmente
Si es un peligro
Quien no tenga papeles
Salir a la calle
O hacer cualquier consulta
En un organismo oficial
Y sobre todo
A las madres
Que demuestren
Que su niño
Ha nacido aquí
Pues este tipo
De situación
De que se le vaya
A devolver
A su país de origen
Pues no
Claro
Por el derecho
Constitucional
A la familia
Del niño español
Y de la madre
Que aunque no sea española
Tiene el mismo derecho
Claro
Es lo que
Hay que diferenciar
El derecho al trabajo
Es un derecho
Que según la constitución
Es de los españoles
Y de los extranjeros
Con arreglo a las leyes
Entonces ahí hay
Unas limitaciones
Pero el derecho a la familia
Es un derecho básico
De la persona
Sea de donde sea
Y eso pues es un derecho
Del cual no se nos puede privar
Si el niño es español
Y está aquí
No se le puede separar
Al niño de sus padres
Aunque los padres
Estén en situaciones legulares
Eso está claro
Y además
Recordar que si el niño
Logra su nacionalización
Esto hace
Impide que
Que a los padres
Se les expulse
Y además facilita
Sus permisos de trabajo
Y de residencia
A posteriori
Los padres podrán pedir
Una exención de visado
Por ser
Se acredita en esto
Ser ascendientes
Del menor español
Que vive a sus expensas
Para mantener
A ese menor español
El estado español
Pues les permite
A los padres
Ya residir
Y trabajar legalmente
En España
Más que nada
Porque así también
Se ahorra
El tener que cargar
Con el mantenimiento
Del menor español
A lo cual el estado español
Estaría siempre obligado
Claro
Nunca es generosa
La actitud del estado
Esa es la verdad
Claro
Hace más o menos
Un mes
Salió un artículo
En el diario
De una joven
Hoy
Ya me dicen
Que tengo poquito tiempo
De una joven cubana
Que su niña
Con cuatro años
Que tenía
Todavía era la niña
No tenía ninguna
Nacionalidad
Así que hay
Hay que informarse
Hay que ir
A los medios adecuados
A los lugares adecuados
Y buscar una buena información
Exacto
Y luego
Una vez tenido
Esa información
Hay que contar
Con que son los consulados
De los países de origen
Los que nos tienen que certificar
Que realmente no pueden
Dar la nacionalidad al niño
Claro
Hay veces que nos encontramos
Con consulados
Reacios a esto
Y ahí sí que nos encontramos
Con un problema
De hecho
Que por mucho que tengamos
El derecho de nuestra parte
Hay que convencer
No solo a los funcionarios
Españoles
Sino también a los funcionarios
De los consulados extranjeros
Que nos tienen que certificar
Esa carencia de nacionalidad
Del niño
Bueno
Eso hay veces que crea problemas

Pues hemos llegado
Al final del programa
Ojalá que le haya sido
De mucha
De mucha información
Gracias
Gracias
Carlos
Por estar ahí
Y contamos contigo
Para otros programas
Gracias César también
Bueno Consuelo
Que estés muy bien
Y buenas
Por esta buena noticia
Para todo el mundo
Vale
Adiós
Adiós
Para todos ustedes también
Gracias
Estás cansado
De andar
Y de andar
Y camina
Girando siempre
En un lugar

Que las ventanas
Se pueden abrir
Cambiar el aire
Depende de ti
Te ayudará
Vale la pena
Entre amig
Las voces del sur
Aquí
Tarragona Radio
Que se pueda
Quitarse los miedos
Sacarlos afuera
Pintarse la cara
Color esperanza
Tentar al futuro
Con el corazón
Es mejor perderse
Que nunca embarcar
Mejor tentarse
A dejar de intentar
Aunque ya ves
Que no es tan fácil
Empezar

Que lo imposible
Que se puede lograr
Que la tristeza
Algún día se irá
Y así será
La vida cambia
Y cambiará
Sentirás
Que el alma huela
Por cantar
Una vez más
Saber que se puede
Querer que se pueda
Quitarse los miedos
Sacarlos afuera
Pintarse la cara
Color esperanza
Tentar al futuro
Con el corazón
Saber que se puede
Querer que se pueda
Quitarse los miedos
Sacarlos afuera
Pintarse la cara
Color esperanza
Tentar al futuro
Con el corazón
Con el corazón
Con el corazón
Vale más poder brillar
Solo buscar
Ver el sol
Pintarse la cara
Pintarse la cara
Color esperanza
Tentar al futuro
Tentar al futuro
Con el corazón
Con el corazón
Saber que se puede
Querer que se pueda
Querer que se pueda
Pintarse la cara
La color esperanza
Color esperanza
Tentar al futuro
Con el corazón
Con el corazón
Saber que se puede
Querer que se pueda
Querer que se pueda
Quitarse los miedos
Sacarlos afuera
Pintarse la cara
Color esperanza
Tentar al futuro
Con el corazón
Con el corazón
Tarragona Radio
Tarragona Radio
Gràcies.