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Arxiu/ARXIU 2004/ENTREVISTES 2004/


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Senyor Antonio Carril, bon dia.
Bon dia.
Bon dia i benvingut al matí de Tarragona Ràdio.
Ara parlarem d'aquesta reforma del Codi Penal,
però abans, gairebé de manera obligada, com sempre,
amb el president de l'Audiència de Tarragona,
li hem de preguntar per l'etern problema
de les infraestructures judicials a la nostra demarcació,
però concretament a la ciutat de Tarragona,
amb el projecte pendent del Palau de Justícia,
amb el canvi de govern que va haver-hi a la Generalitat,
aviat farà un any, canvi de govern, canvi de conselleria,
i amb el projecte de la futura Ciutat de la Justícia,
encara pendent, perquè com a mínim els mitjans de comunicació
no tenim encara la informació o la notícia
que s'hagi pres una decisió.
Vostè, com a president de l'Audiència de Tarragona,
té noves notícies sobre el tema del futur
de la ciutat de la justícia de Tarragona?
Doncs no, no tinc noves notícies.
Estic exactament igual que com fa un mes o com abans del verano.
Sin embargo, tinc el convenciment,
i més que el convenciment, la esperança fundada
de que el any que viene se comiencen las obras,
en un sitio o en otro, pero que se afronte.
En un lloc o en un altre,
perquè recordem que hi ha les dues possibilitats,
la de la Casa dels Mestres, perquè els oients ens entenguin,
o la de la zona del riu Francolí,
a l'altra banda del riu,
per connectar el centre de la ciutat amb la zona de Ponem.
Per les converses que vostè ha tingut amb la conselleria,
amb el Departament de Justícia,
quina seria possiblement l'opció preferida,
si és que n'hi ha alguna?
Pues lo desconozco,
porque eso era una de las cuestiones
que tenía que ser resuelta por la conselleria,
y que yo no tengo conocimiento de que se haya efectuado.
Pero, bueno, sea en un o en otro lugar,
pues yo creo que lo positivo será que se haga.
¿Vostè té alguna preferencia?
Yo no, yo no tengo ninguna preferencia.
Yo tengo una opinión,
simplemente la opinión de que tendría más futuro
en la zona del otro lado del riu
que en el solar de la Casa de los Maestros.
A mí el solar de la Casa de los Maestros
tiene la ventaja de la proximidad al Palacio de Justicia,
pero lo encuentro muy reducido
en cuanto a su desarrollo futuro,
a su posible crecimiento, expansión,
y después tiene una vista, digamos, muy poco lucida.
Pero, bueno, esos son males menores.
El otro lado creo que era una apuesta para futuro,
con muchas posibilidades de expansión,
posibilidades de concentración de nuevos órganos
y sobre todo de traslado posterior de la audiencia
en su día si se considera oportuno.
Por tanto, creo que cualquiera de las decisiones
será buena cuando se decida afrontar.
Deia que tenía el convenciment
de que l'any que ve començaran les obres.
Això vol dir que té el convenciment
de que la Generalitat prendrà la decisió molt aviat.
Yo creo que sí.
Yo creo que sí porque existía un convencimiento
ya con el anterior equipo de gobierno
y en el actual me consta también
que está en la misma onda,
de que se considera necesario.
Y como se considera necesario,
pues que se afrontará lo antes posible.
La falta d'infraestructura, d'espai
dels edificis judicials de Tarragona és evident.
La situació és encara més greu ara que potser fa un any.
Estem igual?
Bueno, cada vez agrava más
porque cada vez los órganos crecen
y nosotros no tenemos espacios.
Y los espacios alternativos que se encuentran
son espacios alejados,
espacios que hay que acondicionar
y eso origina dificultades en el funcionamiento de los órganos.
Si el año que viene se afronta
la creación de tantos juzgados
como promete el ministro
y yo espero que lo cumpla,
pues alguno nos tocará.
Y si nos toca en Tarragona algún juzgado
que yo espero sean fundamentalmente juzgados en instrucción,
pues ¿dónde los ubicamos?
Tendremos que romper la proximidad,
tendremos que establecer ya otro juzgado más alejado
con todos los problemas de coordinación,
falta de posibilidad de utilizar las estructuras que existen, etc.
Entonces es preocupante.
Por eso estoy convencido
de que con este conocimiento que tiene la Generalitat
afrontará cuanto antes la creación de ese edificio nuevo.
Sí, perquè aquests nous jutjats
anunciats pel ministro,
pel nou ministre de Justícia,
si es duen a terme
i s'implanten l'any que ve,
en el cas de Tarragona
no es podrien situar físicament
al costat d'altres jutjats existents,
necessàriament haurien de buscar nous espais?
Evidentemente.
Y además a base de expulsar,
por así decirlo,
en términos coloquiales,
unos juzgados del edificio del Palacio de Justicia
para ubicar otros,
buscar nuevos locales, etc.
Eso origina muchos problemas
y sobre todo origina muchísimos problemas
al ciudadano
con la gran desorientación que le produce
y al profesional
teniendo que ir de un lado a otro
continuamente para cumplir con sus funciones.
En fi, a veure si ben aviat
es pren aquesta decisió definitiva
sobre les noves instal·lacions
al futur Palau de Justícia de Tarragona.
Parlem de la reforma del Codi Penal.
Com dèiem, senyor Carril,
entrava en vigor el passat 1 d'octubre.
En línies generals,
ara segurament podrem entrar en alguns detalls.
En línies generals,
vostè, com a president de l'Audiència,
com valora aquestes reformes
que s'han fet en 186 articles?
Sí, bueno,
és una reforma que jo crec que viene impuesta
más desde el punto de vista
meramente técnico
de suprimir determinadas instituciones
o fundamentalment penas,
adaptar el código en toda la parte general
a esas supresiones
e incorporar exigencias
que la práctica había demostrado
que era necesario
en orden a determinadas figuras
como pudieran ser
la suspensión de la pena,
la rehabilitación, etcétera,
o los antecedentes penales, etcétera, etcétera.
Pero fundamentalmente creo que es
una reforma más de carácter técnico
que de profundidad, digamos,
en el ámbito del tratamiento penal.
Una reforma, doncs,
de tobaix, podríem dir,
pero que la considera vostè positiva?
¿Es bo?
Bueno, como todas las reformas
del código penal
tiene siempre aspectos positivos
y aspectos que evidentemente
son más o menos discutibles.
Pero yo creo que en tanto en cuanto
incorpora una serie de aspectos
que venían impuestos
por el funcionamiento de las instituciones
y que muchos de ellos
nacían de la práctica
ordinaria de los tribunales
y de los órganos judiciales,
pues que en cierto modo es positiva.
De totes las reformas
o de tots els articles reformats
en aquest Codi Penal,
el que segurament més ha cridat l'atenció
als mitjans de comunicació
és la incorporació de la pena de presó
per a aquells conductors
que vagin beguts,
que portin una quantitat d'alcohol
en fi, considerable.
Expliqui'ns exactament
en què consisteix
aquesta reforma d'aquest article.
Bueno, en cierta medida
eso es una consecuencia
de un cambio de orientación
que no se produjo
solo en ese ámbito
sino en otros muchos artículos
y fue la de sustituir
las penas de multa
por penas de prisión
que viene a suponer
en cierto modo
la rehabilitación
de las penas cortas
de privación de libertad.
Cuestión está muy discutida
dentro de la doctrina
porque se consideraban
que no eran eficaces,
se consideraban
que no cumplían su finalidad,
etcétera, etcétera.
Pero no cabe duda
de que el hablar de prisión
tiene un efecto
de corrección general
bastante importante
en ciertos casos
aun cuando después
esa prisión
no se llega a cumplir
por la sustitución
por otras penas alternativas,
etcétera, etcétera.
Pero en el caso concreto
de los delitos
relacionados con la circulación
a mí me parece
que sí estaban necesitados
de un tratamiento
más contundente.
Y el hecho
de que se pueda hablar
de que se va a aplicar
una prisión
yo creo que tendrá
un efecto positivo
en cuanto a esa influencia
de carácter
lo que llaman los penalistas
prevención general.
Es decir,
la advertencia.
Y yo creo que en ese ámbito
será importante la reforma.
Yo quisiera
que esa reforma
se extendiera
no solo a eso
sino a todos los delitos
de imprudencia
cometidos
en el ámbito
del tráfico.
El tráfico,
la imprudencia temeraria
siempre fue considerada
un delito.
Sin embargo,
es una realidad
generalizada
que las imprudencias
temerarias
de enorme gravedad
se estaban tratando
simplemente como faltas.
Eso era
porque se había
desvirtuado
la concepción
penalística
o penal
del hecho.
Y entonces
se consideraba
que lo más importante
era la indemnización
y se había prescindido
del efecto
digamos
de sancionador.
y entonces
acciones como
saltarse un stop
eran condenados
por una falta.
No tenían eficacia alguna.
Yo creo
que sería
muy conveniente
que en este ámbito
donde
verdaderamente
se están produciendo
grandes barbaridades
como las conducciones
a velocidades
exageradas
o también
imprudencias
pues
el efecto
digamos
preventivo
del código penal
actuara
con eficacia.
Y más que
del código penal
de los órganos
judiciales
y de la fiscalía.
Y se llevaran
por el trámite
propio
de las imprudencias
temerarias
pues
hechos
que en la actualidad
son meras faltas.
Aleshores
aquests casos
que ahora son faltas
no lo contempla
aquesta reforma
al código penal.
Només parla
del tema
del cuol.
Sí,
evidentemente
porque creo
que el problema
del alcohol
es uno
de los
más candentes
en este momento
y evidentemente
también
porque
está pasando
exactamente igual
que con
la violencia
doméstica.
Está en el candelero
y hay que tratarlo
con
trascendencia.
Yo a lo que
me refería
no es tanto
a una reforma
del código penal
como un cambio
de hábitos
de los órganos
y de los operadores
jurídicos.
Es decir,
el código penal
permite
en la actualidad
que muchas
conductas
verdaderamente
graves
sean llevadas
por delito
y no por falta.
En aquest
supósit
vostè posaria
per exemple
els dos exemples
que hem tingut
en els últims
mesos
a Tarragona
amb aquestes
curses
de cotxes
competicions
que poden
circular
300 km
per hora
per l'autopista
posaran en risc
evidentment
la vida
de molts
ciutadans.
O
desencadenaran
un accidente
real.
Un accidente
con
consecuências.
No cabe duda
que la imprudencia
tiene que tener
siempre
para ser
sancionada
un resultado
dañoso.
Ahora,
para mí,
la invasión
del lado izquierdo
de la carretera
por velocidad
inadecuada
o,
por ejemplo,
el saltarse
un stop,
saltarse un stop,
no infringir,
ceder al paso,
pues son conductas
que claman
al cielo
y que causan
unas consecuencias
muy graves
y que debieran
ser castigadas
como imprudencia
temeraria
nunca como
simples faltas.
En la reforma
del Codi Penal
que es va posar
en marxa
el passat divendres,
al marge
d'aquest àmbit
de la circulació,
del trànsit,
hi ha altres àmbits
on també
s'incorpora
la pena de presó
per substituir
faltes
que eren
considerades
lleus?
Sí,
pràcticament
todos aquellos
delitos
que estaban
sancionados
con arrestos
de fin de semana
o mejor dicho
faltas
o infracciones
que contemplaban
la figura
al desaparecer
la pena
del arresto
de fin de semana
pasaron
a ser castigados
con pena
de prisión.
Tambén
muchos delitos
que estaban
castigados
con multas
pasaron
a aplicarse
la pena
de prisión
por ejemplo
en el caso
del delito
de pornografía
relacionado
con menores
etcétera
etcétera
pasó
de la multa
a la prisión
y precisamente
ahí
es donde
se encuadra
yo creo
que la parte
fundamental
de la reforma
del código
en la
supresión
de determinadas
penas
la aplicación
de otras
que se crearon
y la sustitución
de las penas
de multa
o de arresto
fin de semana
por las penas
de prisión
para lo cual
precisamente
la duración
mínima
de la pena
de prisión
pasó
de seis
meses
a tres
meses
es decir
que
esta sería
para usted
la modificación
más importante
yo creo
que sí
en el ámbito
sobre todo
de la parte
especial
es una
consecuencia
de esas
modificaciones

esas medidas
al funcionamiento
del órgano

hablar
sin
sin
sin
verdadero
conocimiento
yo
hace cinco
años
que me encuentro
en una sección
civil
no me encuentro
en una sección
penal
y entonces
si bien
conozco la reforma
no conozco
en profundidad
la situación
penal
de nuestro
principal texto
que es el código penal
y un último
aspecte relacionado
con el que díamos
de la reforma
de divendres
passada
esta última
reforma
más penas
de presó
fins y todo
en aquella
presó mínima
de tres meses
que usted comentaba
l'ocibio
el ciudadano
de carrer
que no está relacionado
ni vinculado
al mundo
de la justicia
puede pensar
de seguida
que esto
puede llevar
a un increment
de la población
reclusa
en este país
yo creo
que en ese ámbito
puede suponer
eso
pero con una incidencia
muy limitada
porque hay que tener
en cuenta
que las penas
las penas cortas
de privación
de libertad
únicamente
se cumplen
en el caso
de tener
antecedentes penales
entonces
todo ciudadano
que sea condenado
a una pena
inferior a dos años
de privación
de libertad
no la va a cumplir
salvo
que reincida
que reitere
su conducta penal
no la va a cumplir
porque
precisamente
desde hace tiempo
y por esa
digamos
desconfianza
en cierto modo
que había
contra
esas penas cortas
se han buscado
sustituciones
a las mismas
y esas sustituciones
pues pueden estar
en el orden
del trabajo
en beneficio
de la comunidad
o de penas
de localización
o incluso
una nueva
pena
que se rehabilita
no es nueva
que se rehabilita
que es precisamente
esta
de localización
permanente
que le han cambiado
el nombre
porque antes
era el arresto
de fin de semana
esta pena
había desaparecido
del ámbito
del código penal
y con otro nombre
en cierto modo
se restablece
pues con
una estructura
nueva
y más adaptada
a la operatividad
que se requiere
antes el arresto
de fin de semana
tenía problemas
en cuanto a su cumplimiento
y en la actualidad
se trata de corregir
eso
con una nueva
regulación
entonces
esta es
la reforma
del código penal
un de los aspectes
que volíamos comentar
avui
con el presidente
de la audiencia
de Tarragona
Antonio Carril
veremos ahora
a partir de ahora
pues con las repercusiones
en la realitat
judicial
del nuestro país
senyor Antonio Carril
moltes gràcies
per venir aquest matí
en directe
a la sintonia
de Tarragona Ràdio
gràcies
i fins la propera
a ustedes
muchas gracias
bon dia
bon dia