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¿Merecen los grandes directivos los extraordinarios salarios que cobran? Veámoslo.
En el vídeo de ayer reflexioné sobre la última ocurrencia que ha tenido el
político de izquierdas español Iñigo Rejón, consistente en establecer un salario máximo en
España. Un salario máximo, no un salario mínimo. ¿Y por qué quiere establecer Iñigo Rejón un
salario máximo? Pues porque considera que hay mucha gente que cobra, que gana más de lo que
debería cobrar o ganar. Pero en función de qué parámetro considera Rejón, que hay determinada
gente que ingresa más de lo que debería ingresar, el único parámetro objetivo más allá de la envidia,
es decir, más allá de decir no me gusta, me genera desazón que hay gente que gane tanto dinero,
el único parámetro objetivo puede ser que esas personas estén ingresando más que el valor añadido
que están generando para la sociedad. Una persona puede convertirse en un parásito ingresando más
que su productividad. Este es, de hecho, el argumento que suele articularse para los directivos de
grandes empresas. Los directivos de grandes empresas se colocan unos sueldazos que no merecen,
que no están en relación alguna con el valor añadido que aportan a la organización empresarial,
simplemente porque controlan los resortes internos de la empresa y, por tanto, pueden cobrar lo que
ellos decidan cobrar, insisto, al margen del valor añadido que ellos produzcan. Pero claro,
en esta tesis hay un problema, hay un agujero. Si los directivos no son los dueños de la empresa,
porque si los directivos son los dueños de la empresa, no tienen ni siquiera por qué
colocarse un salario. ¿Ingresarán cantidades ingentes de dinero si la empresa tiene muchos
beneficios a través del cobro de dividendos, pero no tienen por qué fijarse un salario muy alto?
Amancio Ortega, por ejemplo, no recibe un salario de Inditex, pero sí recibe todos los años un
muy importante dividendo con cargo a los beneficios empresariales. Por tanto, el problema puede estar
en aquellos directivos que, no siendo dueños de la empresa, se fijen salarios muy altos que no
estén en relación con el valor añadido que generan. Pero ¿por qué, si un directivo no es
dueño de una empresa, tiene capacidad para fijarse un salario mucho más alto que el valor añadido
que contribuye a crear dentro de la empresa? Desde la perspectiva del dueño de la compañía,
desde la perspectiva del accionista, esto no tiene ningún sentido. Si un directivo genera
un valor añadido de 1.000, ¿para qué le va a pagar el accionista 5.000? Al final, el accionista,
el dueño de la empresa, le está regalando 4.000 a ese directivo si es cierto lo que se argumenta
respecto a la productividad de los directivos. Es decir, que cobran mucho más que el valor
añadido que contribuyen a generar. Una posible explicación para este hecho, es decir, que los
accionistas, los dueños de las empresas, consientan, toleren que los directivos cobren mucho más que el
valor que contribuyen a generar internamente, es que en las empresas cotizadas la propiedad
accionarial de las empresas está muy dispersa, muy fraccionada, y por tanto no hay ninguna coalición
de accionistas con poder suficiente como para imponerse al consejo de administración y forzar
bajadas de salarios. En ese caso, es el consejo de administración el que de facto gobierna
internamente la empresa sin que los accionistas se puedan oponer a sus maniobras para incrementarse
los salarios muy por encima del valor que generan, muy por encima de su productividad. Sería en ese
caso en el que la propuesta de Rejón podría tener cierta lógica. Si en las grandes empresas
hay parásitos capaces de instrumentalizar la organización empresarial en su propio beneficio
sin aportar absolutamente nada de valor, o al menos no tanto valor como aquel que están
parasitando de la organización empresarial, establecer un límite máximo al parasitismo
contribuiría a reducir la exacción que están perpetrando. Pero como ya recordamos en el vídeo
de ayer, los principales beneficiarios de esa norma, si se aprobaran esas condiciones,
serían los propios accionistas. Si son los accionistas los que están siendo parasitados
por los directivos porque cobran salarios mucho más altos de los que merecen, si tú bajas el
salario de los directivos lo que hará será incrementar los beneficios empresariales.
Pero en cualquier caso lo que quiero analizar ahora es si este argumento, el argumento de que
los directivos cobran más de lo que merecen, más de lo que producen, más de lo que generan,
porque tienen la capacidad de controlar internamente los resortes de la empresa y,
por tanto, de fijarse aquellos salarios que se quieran fijar, si ese argumento tiene alguna base
o no la tiene. Pues bien, hace unas pocas semanas se acaba de publicar en Estados Unidos un paper
muy interesante que puede arrojar bastante luz a este respecto. En este paper titulado
El mercado de CEOs, evidencia del Private Equity, lo que se analiza es de dónde proceden los CEOs
de las empresas no cotizadas y cuál es la remuneración de esos consejeros delegados
en relación con la remuneración de los consejeros delegados de empresas cotizadas.
¿Por qué es relevante estudiar el caso de las empresas no cotizadas? Porque si el argumento es
en las empresas cotizadas la propiedad está tan fraccionada, tan dividida que los accionistas
no pueden controlar, no pueden tutelar a los directivos, entonces en las empresas no cotizadas,
donde toda la propiedad está en manos de un único accionista o de unos pocos accionistas,
en esas empresas lo que deberíamos ver es que los directivos cobran mucho menos que en
las empresas cotizadas, porque en las empresas no cotizadas los accionistas sin duda sí se pueden
imponer, sí pueden imponer su voluntad a la del consejo de administración. Ahí sí que hay una
relación clara de subordinación del consejero delegado al accionista mayoritario, al accionista
de control de esa empresa no cotizada. Pues bien, los autores de este estudio analizan a los consejeros
delegados de aquellas empresas que han sido adquiridas por un fondo de private equity,
es decir, un fondo que va a controlar la empresa no cotizada a partir de ese momento, y lo que
descubren son dos cosas muy relevantes. Primero, dos tercios de los consejeros delegados de las
empresas no cotizadas adquiridas por un fondo de private equity en Estados Unidos contratan,
una vez son adquiridas, a un consejero delegado externo a la empresa. Es decir, el consejero
delegado no procede de una promoción interna de la empresa, sino que buscan a alguien externo con
experiencia en gestión de empresas para dirigir esa compañía. Y en segundo lugar, los consejeros
delegados de las empresas no cotizadas perciben remuneraciones en promedio más elevadas que las
de las empresas cotizadas. Comparando empresas no cotizadas con empresas cotizadas de un tamaño
similar, ganan más dinero los consejeros delegados de las empresas no cotizadas que en las empresas
cotizadas. Y, de hecho, sólo ganan ligeramente por debajo que el promedio de los consejeros
delegados del Standard & Poor's 500 en Estados Unidos, que son las 500 mayores empresas cotizadas
del país. A la luz de esta evidencia, por tanto, no se desprende en absoluto que las remuneraciones
de los consejeros delegados de las empresas cotizadas se deban a su capacidad para capturar la
organización en su beneficio, porque tenemos evidencia de empresas donde, sin duda, el consejero
delegado no captura la organización, porque de hecho viene de fuera de la organización, y en las
que en promedio cobran bastante más que en las empresas cotizadas donde supuestamente había captura
de la organización por parte del consejero delegado. ¿Qué nos indica todo esto? Que los
accionistas sí consideran que los consejeros delegados generan más valor que aquel que les
están pagando. Sí consideran que la aportación de los consejeros delegados a la vida de la empresa
es decisiva para su supervivencia y para su crecimiento futuro, y que en consecuencia los
accionistas sí creen que les sale a cuenta pagarles sueldos muy altos a cambio de tener a esos
directivos con extraordinarias habilidades de gestión dentro de su equipo. Que quizá les paguen
un sueldo de 10 o de 20 millones al año, pero ese directivo el accionista cree que genera para la
empresa beneficios superiores a 10 o 15 millones al año. Le sale a cuenta tenerlo en su organización.
Y si todo esto es así, la propuesta que plantea Íñigo y Rejón de establecer salarios máximos,
lo único que impedirá es fichar, es contratar a aquellos directivos más competentes para el
tejido empresarial español. Y si no tenemos a directivos competentes al frente del tejido
empresarial español, lo que tendremos serán a los directivos más incompetentes, que es esencialmente
lo mismo que sucede con nuestros políticos, que los más incompetentes están al frente del Estado. Y así nos va.